El Derecho Civil es la rama del Derecho que se dedica a estudiar y regular los distintos aspectos en la vida civil de las personas en lo referido a sus derechos reales de posesión y propiedad, sus obligaciones contractuales, sus relaciones familiares, las sucesiones y el estado civil.
Se trata de un conjunto de normas jurídicas que se encargan de regular la vida patrimonial de las personas, teniendo presente su individualidad y singularidad, no en general. Estas cuestiones patrimoniales pueden ser tanto públicas como privadas, físicas o jurídicas y están bajo el ordenamiento jurídico del Estado.
El Derecho Civil como se entiende en la actualidad viene del Derecho Romano, que regulaba todo lo referido al ciudadano romano. Contenía las normas de Derecho Privado y las normas de Derecho Público.
Este Derecho Romano seguía los principios de personalidad, lo que implicaba que cada pueblo vivía según sus reglas propias y exclusivas. Cuando Roma toma contacto con otros pueblos, nace la necesidad de diferenciar las normas de los romanos de la del resto de los pueblos.
Surgen así las diferencias entre el Derecho Público y el Derecho Privado.
Antecedentes históricos
La práctica el Derecho Civil tiene sus antecedentes en el imperio romano. Allí se usaba un término en latín, el ius civile, que designa a los derechos privados, reservados para los ciudadanos romanos. Desde esa época se distingue del derecho público.
La forma moderna en el Derecho Civil viene de interpretar derechos humanos naturales, que fueron teorizados por Rousseau durante el siglo XVIII.
Entre los derechos humanos naturales que son interpretados y regulados en el Derecho Civil se encuentran:
- El derecho a la vida privada.
- El derecho a la libertad.
- El derecho a la libre expresión, pensamiento, conciencia y religión.
- El derecho a la imagen.
- El derecho al matrimonio y a la familia.
- El derecho a la asociación y a la reunión.
- El derecho al libre tránsito.
Características del Derecho Civil
De esta manera se pueden ver en el Derecho Civil las siguientes características:
- Se encarga de regular las relaciones patrimoniales y personales entre las personas, al margen de lo estatal y de lo público.
- Sus normas se recogen en el Código Civil.
- Integra el derecho privado por ser una de las ramas generales del Derecho.
- Es supletorio de otras ramas, como del Derecho Mercantil, del Laboral del Hipotecario, entre otros.
- Está en constante remodelación y desarrollo.
Principios del Derecho Civil
En la definición del concepto y en la determinación de sus principios básicos lo esencial siempre es la persona, y se entiende como el conjunto de normas jurídicas que la regulan de forma individual y en sus relaciones sociales. Se entiende a la persona como el eje central del Derecho Civil. Sus principios básicos son los siguientes:
- La persona es considerada siempre sujeto de derecho y titular de derechos subjetivos.
- La persona también es titular de deberes jurídicos y obligaciones.
- Su principio esencial es la autonomía de la voluntad de la persona, en lo referido a las relaciones jurídicas.
- Pese a la autonomía de la voluntad las normas civiles regulan casi la totalidad de las relaciones en la familia, dando poco lugar a la autonomía de la voluntad en este sentido.
Ramas del Derecho Civil
Después del Imperio Romano el Derecho Civil se mantiene, pero sólo circunscrito al Derecho Privado. No se mantiene el Derecho Público.
El Derecho Civil sufre disgregaciones con el tiempo y se va separando en distintas ramas.
Derecho Mercantil
Es un Derecho independiente y se aplica a los ciudadanos que se dedican al comercio, con el fin de regular y resolver las necesidades del tráfico mercantil.
Derecho Laboral
Posteriormente a la revolución industrial surge la necesidad de regular las relaciones referidas a lo laboral con normas concretas y específicas, generando muchas leyes especiales de la rama social y específicas en lo doctrinal.
Derecho Agrario
Ante el desarrollo agrícola también sobrevino la creación de numerosas leyes civiles, fiscales y administrativas, que regulan esta actividad, de manera independiente a las normas civiles generales.
Derecho de Familia e Hipotecario
Las normas que se relacionan con la familia y con el derecho hipotecario merecen una mención aparte. Si bien es cierto que esta normativa está incluida en el Derecho Civil, la especialidad en estas materias del Derecho las considera una rama independiente por la especificidad de sus normas.
¿Cómo se divide el Derecho Civil?
De esta manera el Derecho Civil tiene subdivisiones que van a encargarse de los siguientes aspectos:
- El derecho de las personas, o llamado Derecho Civil en general, que se encarga de la nacionalidad, el domicilio, los derechos personalísimos y los ligados al ser humano en general desde que nace.
- El derecho de obligaciones y contratos, que regula los hechos, actos y negocios, sus consecuencias, sus efectos vinculantes y el régimen jurídico de obligaciones ante las que las personas se someten voluntariamente como parte de transacciones civiles de algún tipo o que adquieren por acciones de su vida cotidiana, en forma de responsabilidad civil.
- Los derechos reales, como derechos de propiedad o posesión y goce de los bienes, derecho hipotecario y otras formas que existan entre las personas y los objetos, las formas de tenencia y su adquisición.
- Lo referido a derecho de familia y las sucesiones. Se encarga de regular las relaciones matrimoniales, entre los progenitores y su descendencia, la herencia, la conformación de la herencia, las familias y las normas de parentesco y la patria potestad.
Ejemplos de la aplicación del Derecho Civil
El Derecho Civil se aplica en distintos aspectos de la vida privada. Algunos de los ejemplos de situaciones regidas por esta normativa son:
- La regulación del matrimonio, del concubinato y los acuerdos prenupciales.
- La regulación del divorcio y separación de bienes.
- La regulación de la custodia o guardia de los hijos menores de edad y los procesos de la adopción.
- La regulación de herencias y sucesiones.
- El reconocimiento y vigilancia de los contratos que se celebran entre los particulares, como aquellos contratos de compra-venta o los alquileres de viviendas.
- El reconocimiento de la nacionalidad, los permisos de residencia, entre otros.
- Los procesos de cambio de identidad, como cambios de nombre, estado civil, empadronamiento o domicilio.
- La mediación en el cumplimiento de la responsabilidad frente a los daños y perjuicios ante terceros.
El Derecho Civil siempre será fundamental en el desarrollo de las sociedades de todos los tiempos, no importa a qué época se aplique.
Temas
Conceptos
- Abintestato
- Abuso de derecho
- Acción redhibitoria
- Acción reivindicatoria
- Aceptación de herencia
- Aceptación de herencia a beneficio de inventario
- Acreedor
- Acreedor pignoraticio
- Acta de notoriedad
- Acumulación de acciones
- Ad cautelam
- Ad solemnitatem
- Adopción
- Albacea
- Apoderado
- Apoderamiento apud acta
- Apostilla de La Haya
- Arrendador
- Arrendamiento
- Arrendatario
- ASNEF
- Audiencia previa
- Autocuratela
- Auxilio por defunción
- Aval
- Beneficio de separación
- Bien común
- Bien inmueble
- Bienes demaniales
- Bienes fungibles
- Bienes semovientes
- Capacidad de obrar
- Capacidad jurídica
- Cártel de coches
- Caución
- Caudal hereditario
- Causahabiente
- Causante
- Cautela socini
- Cedente
- Certificado de últimas voluntades
- Cesión de créditos
- Cesión de derechos
- Cesionario
- Cláusula
- Cláusula abusiva
- Código Civil
- Colación
- Comodato
- Comunidad hereditaria
- Condonación de deuda
- Contador partidor
- Contrato
- Contrato de alquiler de renta antigua
- Contrato de arrendamiento
- Contrato de compraventa
- Contrato de permuta
- Convenio de Montreal
- Convenio de Varsovia
- Cuaderno particional
- Cuasicontrato
- Culpa in vigilando
- Curador
- Curatela
- Dación en pago
- Daño emergente
- Daños corporales
- Daños y perjuicios
- Deber jurídico
- Declaración amistosa de accidente
- Declaración de herederos
- Declaración especial de valor de Equipaje
- Defectos constructivos
- Defensor judicial
- Derecho de acrecer
- Derecho de adquisición preferente
- Derecho de repetición
- Derecho de retracto
- Derecho de tanteo
- Derecho real
- Derechos Especiales de Giro
- Desheredación
- Desistimiento de contrato
- Deslinde
- Deudor
- Donación en vida
- Donatario
- Ejecución forzosa
- Emancipación
- Embargo
- Enajenación
- Enriquecimiento injusto
- Error excusable
- Escritura pública
- Estado civil
- Evicción
- Exacción
- Expediente de dominio
- Extinción de condominio
- Fideicomiso
- Fuerza mayor
- Grados de consanguinidad
- Heredero
- Heredero forzoso
- Heredero universal
- Herencia
- Herencia yacente
- Homologación de acuerdo extrajudicial
- Impuesto de sucesiones
- Impuesto de transmisiones patrimoniales
- Impuesto sobre Bienes Inmuebles
- Impugnación de testamento
- Incapacitación judicial
- Indemnización por accidente de tráfico
- Indemnización por cancelación de vuelo
- Indemnización por retraso de vuelo
- Inmatriculación de fincas
- Interés legal del dinero
- Intereses legales
- IPREM
- Irrogar
- Jerarquía normativa
- Jurisprudencia
- Legado
- Legatario
- Legítima
- Legítima estricta
- Legítima larga
- Letrado de la Administración de Justicia
- Ley de Enjuiciamiento Civil
- Ley de los Estados de Alarma, Excepción y Sitio
- Ley Orgánica de Protección de Datos
- Ley sobre Condiciones Generales de la Contratación
- Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor
- Lista de morosos
- Lucro cesante
- Modelo 621
- Monitorio
- Moroso
- Multipropiedad
- Negligencia médica
- Nexo causal
- Norma jurídica
- Notario
- Novación
- Oferta motivada por accidente de tráfico
- Overbooking
- Pacta sunt servanda
- Parte de Irregularidad de Equipaje
- Partición de herencia
- Pensión contributiva
- Pensión de orfandad
- Pensión de viudedad
- Pensión no contributiva
- Perjuicio
- Perjuicio personal básico
- Perjuicio personal particular
- Persona física
- Persona jurídica
- Pleno dominio
- Poder de ruina
- Poder notarial
- Prelación de créditos
- Prescripción de deudas
- Preterición
- Proindiviso
- Quita de deuda
- Rebus sic stantibus
- Reclamación de cantidad
- Reconocimiento de deuda
- Recurso de apelación civil
- Registro Civil
- Reglamento 261/2004
- Reipersecutoriedad
- Requerimiento notarial
- Reserva de dominio
- Responsabilidad civil
- Responsabilidad contractual
- Responsabilidad extracontractual
- Responsabilidad patrimonial
- Responsabilidad solidaria
- Reunificación de deudas
- Servidumbre de luces y vistas
- Servidumbre de paso
- Siniestro total
- Sociedad Agraria de Transformación
- Sociedad Civil
- Subasta judicial
- Subrogación
- Sujeto activo
- Sujeto pasivo
- Tácita reconducción
- Tercería
- Tercero hipotecario
- Tercio de libre disposición
- Tercio de mejora
- Testador
- Testamento
- Testamento abierto
- Testamento cerrado
- Testamento ológrafo
- Tracto sucesivo
- Tutela
- Tutela judicial efectiva
- Tutor legal
- Usucapión
- Usufructo
- Usufructo vitalicio
- Usufructo viudal
- Usufructuario
- Valor venal
- Vecindad administrativa
- Vecindad civil
- Vicios del consentimiento
- Vicios ocultos
- Vivienda de Protección Oficial