Acción negatoria de servidumbres

La acción negatoria de servidumbre es un recurso legal, dirigido a proteger al titular de un dominio. Procede contra aquel que, sin título de propiedad, se adjudica un derecho real de servidumbre sobre la misma. Mediante este mecanismo, el propietario logrará que se establezca legalmente que su bien no tiene gravámenes. Logrando así la reivindicación de sus derechos como único dueño.

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¿Qué es la acción negatoria de servidumbre?

Para entender en qué consiste esta acción, lo primero será entrar a definir servidumbre. En términos generales, una servidumbre es un derecho real de dominio que recae sobre una propiedad. Se fundamenta en función del servicio o utilidad que presta. De este modo, permite a su titular usar una parte de dicho bien, limitando el derecho de dominio del dueño de la propiedad gravada.

Esto significa que el titular del dominio puede enfrentarse a ciertas limitaciones en el uso de su propiedad, debido a los derechos que tienen los propietarios de los bienes adyacentes. Este derecho puede ser otorgado por ley, por convenio entre las partes o por prescripción, entre otras razones.

No obstante, en algunos casos, una servidumbre puede suponer una limitación excesiva al derecho de propiedad del titular del bien afectado. Es en estos casos cuando surge la necesidad, para el propietario perjudicado, de iniciar una acción negatoria de servidumbre.

Características del derecho de servidumbre

Identificar los atributos distintivos de la servidumbre facilitará saber en qué casos procede la acción negatoria de la misma. Estos son:

  • Es un derecho real: recae sobre un predio ajeno y otorga a su titular un derecho de uso o aprovechamiento sobre el mismo.
  • Es un derecho accesorio: siempre está vinculado a otra propiedad llamada "predio dominante". Este se beneficia de ella y tiene un interés en su existencia.
  • Es un derecho limitado: implica una limitación del derecho de dominio del dueño del predio sirviente. Dado que debe permitir que el titular de la servidumbre use o aproveche su propiedad de manera específica.

Fundamentos de la acción negatoria de servidumbre

Esta acción negatoria parte de la idea de que una servidumbre puede restringir el uso y disfrute del terreno de un propietario. Lo que se considera como una limitación excesiva o desproporcionada a su derecho de dominio. En consecuencia, el dueño afectado podrá presentar una demanda ante el juzgado competente. Siendo esta el medio a través del cual se solicitaría la eliminación de la servidumbre.

El encargado de instaurar esta acción es el propietario del bien o demandante, quien deberá demostrar que es el titular del dominio. Por su parte, la persona que pretende conservar o exigir la servidumbre será el demandado. A quien corresponderá probar la existencia real de la misma.

Regulación de la acción negatoria de servidumbre en el marco jurídico español

Si bien esta acción no está tipificada de manera explícita en el Código Civil, algunos de sus artículos son los que la fundamentan. Tal es el caso del artículo 348 que define el concepto de propiedad. El cual a su vez establece las acciones para su reivindicación, en el evento en que un tercero manifieste derechos sobre la misma.

Sin embargo, hay un cúmulo importante de sentencias relacionadas con esta acción. Entre estas se destacan dos principalmente:

Con respecto a la servidumbre, esta cuenta con su propio apartado en el Código Civil, artículos 530 a 604.

Requisitos para que la acción negatoria de servidumbre prospere

La acción negatoria de servidumbre es un procedimiento judicial que se lleva a cabo ante un juez. Este tendrá la tarea de determinar si la servidumbre es legítima o no.

Para solicitar que cese el efecto de una servidumbre, el titular del dominio es quien debe iniciar la acción. Los siguientes, son los requisitos que deberá cumplir:

  1. Demostrar que la servidumbre limita de manera excesiva el uso y disfrute de su propiedad.
  2. Comprobar que no hay una justificación legal para que la servidumbre exista.
  3. Probar que no se han cumplido las condiciones legales para su constitución y/u otorgamiento.

Proceso de una acción negatoria de servidumbre

El proceso de una acción negatoria de servidumbre se compone de tres momentos. El primero le corresponde al demandante, el segundo al demandado y el tercero al juez.

  • Para dar inicio al proceso, el propietario afectado debe presentar una demanda ante el juzgado competente. La cual debe ir acompañada de los siguientes elementos:
    • Prueba de titularidad del predio
    • Pruebas que demuestren intromisiones y acciones tendientes a perturbar la propiedad, con miras a ejercer un derecho real de servidumbre.
  • Por su parte, el demandado expondrá su reclamación, pues considera que tiene derecho a usar o a limitar el uso del bien en cuestión. Por lo que tendrá que comprobar la existencia de la servidumbre.
  • Una vez las partes presenten sus argumentos y pruebas, el juez examinará, en conjunto, el acervo probatorio para dar sentencia. Si la servidumbre resulta ilegítima o no cumple con las condiciones legales para su constitución, dictará sentencia a favor del demandante. En esta sentencia ordenará la eliminación de la servidumbre. Asimismo, que se restablezca el pleno uso y disfrute de la propiedad del demandante.

Conclusión

Indudablemente, la acción negatoria de servidumbre supone el restablecimiento de un derecho de dominio. De su adecuada presentación y defensa dependerá que la sentencia judicial declare la inexistencia de la servidumbre. O en su defecto, la falta de fundamento legal para su imposición.

Sin embargo, la situación puede acarrear consecuencias económicas y prácticas para todas las partes involucradas. Por lo tanto, antes de interponer esta acción, es recomendable buscar asesoramiento legal especializado. De esta manera, se podrá evaluar la viabilidad de la acción y el impacto que pudiera derivarse de ella.

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