¿Cómo echar a un inquilino con contrato vencido?

Contra un inquilino que se niega a abandonar un inmueble cuando ha expirado el tiempo pactado para el arrendamiento, el propietario o arrendador puede ejercitar la acción de desahucio y forzarlo a desalojar el inmueble (artículo 250.1.1.º de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

No obstante, para poder ejercitar la acción, será necesario que el contrato no haya sido objeto de prórroga obligatoria ni de tácita reconducción.

Para evitar la prórroga legal tácita tras 5 años de contrato, el arrendador deberá notificar al arrendatario, 4 meses antes del final del plazo pactado, su voluntad de no prorrogar el contrato (artículo 10.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos). Y para evitar la tácita reconducción una vez cumplidas las prórrogas, el arrendador deberá notificar su oposición al arrendatario antes de que transcurran 15 días desde que expire el arrendamiento (artículo 1566 del Código Civil).

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