Sí, se puede vender una parte indivisa de una finca. Así se desprende del artículo 400 del Código Civil, que establece que los copropietarios no están obligados a permanecer en la comunidad, y la posibilidad de estos de solicitar la división de la cosa común en cualquier momento, salvo que exista un pacto de conservar la finca indivisa por tiempo determinado, que no puede exceder de diez años, plazo que puede prorrogarse por nuevo pacto.
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