Solo se puede dejar toda la herencia al cónyuge en caso de no tener descendientes ni ascendientes. De lo contrario:
- Si se tienen descendientes, se le podrá dejar el tercio de libre disposición de la herencia. Además, al cónyuge viudo le corresponde heredar el usufructo del tercio de mejora.
- En el supuesto de no tener descendientes, pero sí ascendientes, se le podrá dejar hasta dos tercios de la herencia. Legalmente, le corresponde al menos el usufructo de la mitad de la herencia.
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