El acta de matrimonio es un documento oficial y público que certifica la celebración del matrimonio civil entre dos personas, el cual tiene validez legal.
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Consultar abogadoCaracterísticas del acta de matrimonio
Se trata de un documento público porque es garantizado por el Estado a través de su Registro Civil y puede ser reconocido en su caso por un juez competente en diferentes tipos de procesos.
Según el Diccionario panhispánico del español jurídico, el acta de matrimonio es un "documento público que extiende el juez de paz, alcalde, concejal o secretario judicial por el que se deja constancia del matrimonio celebrado ante el mismo."
Es un documento formal, ya que debe cumplir con todas las solemnidades y formalidades que establece la ley para que tenga validez legal. En él constan todos los datos relativos a la celebración como fecha, hora, lugar, así como también todos los datos personales que permiten individualizar a los interesados, como nombres y apellidos de los contrayentes, edades, nacionalidad y su estado civil anterior.
Los contrayentes deberán acreditar su identidad mediante la presentación de sus actas de nacimiento y su documento de identificación.
De esta ceremonia participan también los testigos, que son personas mayores de edad elegidas por los contrayentes y cuya función es certificar que el matrimonio se celebra por la libre voluntad de ambas partes. También deberán acreditar su identidad mediante la presentación de los documentos correspondientes, y firmar el Acta de Matrimonio ante el juez.
La celebración del matrimonio se hará constar mediante acta o escritura pública que será firmada por aquél ante quien se celebre, los contrayentes y dos testigos.
Extendida el acta o autorizada la escritura pública, se remitirá por el autorizante copia acreditativa de la celebración del matrimonio al Registro Civil competente, para su inscripción, previa calificación por el Encargado del mismo.
Deberes y derechos de los cónyuges
Este documento no solo será oponible a terceros, sino que también generará obligaciones y otorgará derechos entre las partes.
Al momento de suscribir el acta y llevar adelante la ceremonia, el juez leerá en voz alta los derechos y deberes que asumen y aceptan los cónyuges al contraer matrimonio.
En el Código Civil se enuncian los derechos y deberes de los cónyuges. El artículo 66 del Código Civil consagra la igualdad de derechos y deberes entre los contrayentes. En los artículos siguientes se enumeran cuáles serán sus responsabilidades, tales como el deber de respeto y ayuda mutua, debiendo actuar en favor del interés de la familia (artículo 67 del Código Civil). La obligación de vivir juntos, deberse fidelidad y socorro mutuo, compartir tareas de cuidado y atención a los miembros del grupo familiar (artículo 68 del Código Civil).
Frente a terceros tendrán la obligación de presentar el acta de matrimonio, si por ejemplo, quieren adquirir una propiedad, solicitar un crédito o para cualquier otro tipo de trámite legal que pueda tener consecuencias patrimoniales, económicas sobre el acervo marital.
El ordenamiento jurídico prevé que los cónyuges puedan optar por diversos regímenes económicos matrimoniales en el momento de contraer matrimonio. Estos pueden ser régimen de gananciales, de participación en las ganancias o régimen de separación de bienes.
Pero independientemente del régimen que escojan, sigue siendo obligatorio exhibir el acta de matrimonio para acreditar su vínculo legal al momento de tramitar o suscribir documentos que puedan tener efectos sobre sus miembros.
Entre otras utilidades, el acta de matrimonio es utilizada frecuentemente para acreditar la nacionalidad de los esposos al realizar viajes al extranjero, o para obtener la residencia en un nuevo país.
¿Cómo se solicita un certificado o acta de matrimonio?
Particularmente en España, para poder solicitar un certificado de matrimonio en primer lugar se debe conocer la localidad en la cual se celebró el matrimonio para dirigirse al Registro Civil de esa jurisdicción.
La persona que se presente a realizar esta solicitud deberá contar con Documento de Identidad español, en caso de no tenerlo, la identidad deberá ser acreditada mediante pasaporte o certificado de residencia.
En el Registro se completa un formulario de solicitud. Aquí se debe completar la finalidad por la cual se lo solicita, los datos de los contrayentes (nombre y apellido de cada uno), la fecha del hecho, el lugar donde ocurrió el matrimonio, el Registro Civil donde se inscribió, número de tomo y folio del acta, datos del solicitante, nombre, apellido, número de documento, teléfono de contacto, domicilio, correo electrónico, y ciudad de residencia.
Al terminar esta solicitud, el oficial del Registro le informará a partir de qué fecha puede retirar el certificado.
También puede realizar el trámite mediante la solicitud de certificado de Matrimonio con certificado electrónico, en este caso contará con sello electrónico de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública. En este supuesto debe tenerse en cuenta que los datos digitalizados son a partir del 01 de enero de 1950, por lo que no podrán expedirse certificaciones por este procedimiento cuando los asientos se realizaran antes de esa fecha.
Otros documentos relativos al matrimonio
Además del acta, existen otros tipos de documentos vinculados a este tipo de unión. Ellos son:
- Por un lado, el libro de familia es un documento que se obtiene del Registro Civil cuando se celebra un matrimonio entre dos personas, o bien si una pareja de hecho tiene un hijo. También en caso de familias monoparentales. Los siguientes hijos también se anotarán en el Libro de familia, así como posibles defunciones de miembros de la familia.
- Por otro lado, el certificado literal de matrimonio Es una copia del acta original debidamente sellada y firmada por las autoridades del Registro Civil, que puede ser solicitada con posterioridad a la celebración de matrimonio. Por lo general se utiliza para adjuntarla a trámites legales como renovación de pasaportes, inscripción en programas de seguro de salud familiar, gestión de herencias.
Si bien son conceptos similares y muchas veces se los equipara, lo cierto es que cada uno de ellos tiene una función distinta.
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