Arras confirmatorias

Jurídicamente revisado por: Guillermo Pérez Gómez
Las arras confirmatorias son aquellas por las que comprador y vendedor confirman su compromiso de perfeccionar la compraventa en un plazo determinado, y se celebran por tanto para reforzar la existencia del contrato, constituyendo una señal o prueba de su celebración o un inicio de ejecución.
Ideas clave
  • Las arras confirmatorias refuerzan la existencia del contrato de compraventa y funcionan como una señal que acredita el acuerdo alcanzado.
  • La cantidad entregada por el comprador tiene la consideración de anticipo del precio, y se imputa íntegramente al importe final cuando la compraventa se perfecciona.
  • A diferencia de las arras penitenciales, este tipo de arras no permiten a las partes desistir libremente del contrato una vez firmado el acuerdo.
  • En ausencia de pacto expreso sobre el tipo de arras pactadas, la jurisprudencia establece que tendrán carácter confirmatorio.
  • En caso de incumplimiento, la otra parte puede optar entre exigir el cumplimiento del contrato o resolverlo, reclamando en ambos casos los intereses y, si procede, los daños y perjuicios.
  • Las arras confirmatorias no constituyen por sí mismas una cláusula penal, salvo que se pacte expresamente que cumplen una función indemnizatoria.
  • Desde el punto de vista fiscal, las arras tributan como parte del precio total de la compraventa y solo generan obligaciones tributarias si la operación llega a realizarse.
  • Su correcta redacción contractual es fundamental para evitar confusiones con otras modalidades de arras y prevenir conflictos interpretativos posteriores.

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¿Qué son las arras confirmatorias?

Las arras confirmatorias constituyen un anticipo del precio total que las partes acuerdan en el contrato de compraventa, y se perfecciona mediante la entrega por parte del comprador de una cantidad de dinero al vendedor, por la cual ambas partes confirman su compromiso de celebrar el contrato de compraventa en un plazo pactado.

De ese modo, la cantidad entregada se entiende como una primera entrega o el primer plazo del precio, y, una vez celebrado el contrato de compraventa, se imputa al precio final.

Al contrario de lo que ocurre con las arras penitenciales, en las arras confirmatorias no se admite el desistimiento de las partes.

¿Dónde se regulan las arras confirmatorias?

No existe una regulación expresa de las arras confirmatorias, ya que el Código Civil no las contempla, aunque están plenamente aceptadas en la práctica y son frecuentes.

El criterio jurisprudencial es que, a falta de una manifestación expresa sobre el tipo de arras pactadas en el contrato, se entenderá que son confirmatorias.

Consecuencias del incumplimiento en el contrato de arras confirmatorias

En este tipo de arras no existe la posibilidad de desistimiento de las partes, por lo que se entenderá que existe un incumplimiento si, llegado el término del plazo pactado, el contrato de compraventa no se celebra por causa atribuible a una de las partes.

Como consecuencia, la otra parte (la parte cumplidora) podrá optar por:

  • Exigir el cumplimiento a la otra parte, además del pago de los intereses devengados.
  • Resolver la obligación y solicitar una indemnización por los daños causados más intereses. Esto no significa que las arras confirmatorias se consideren como una indemnización de daños y perjuicios como tal, ya que, de ser así, se trataría de arras penales, donde las arras funcionan como una cláusula penal.

Además, si el perjudicado opta por exigir el cumplimiento, pero este resulta imposible, podrá pedir la resolución de la obligación más adelante.

Ejemplo de arras confirmatorias

Este tipo de arras pueden ser introducidas en un contrato utilizando una fórmula similar a esta:

Las partes acuerdan que el precio de la compraventa es de X euros que se abonará por la compradora del siguiente modo:

a) La parte vendedora recibe en este acto la cantidad de X euros en concepto de arras.

b) El resto del precio acordado, es decir X euros, será abonado en el momento del otorgamiento de la escritura pública que se llevará a cabo como máximo el día __ de __________ de _____.

Ejemplo de modelo de contrato de arras confirmatorias

Fiscalidad de las arras confirmatorias

Debido a su consideración de anticipo a cuenta del precio total pactado para la compraventa, la tributación de la cantidad entregada en concepto de arras confirmatorias será similar a la del resto del precio:

En ambos casos, solo procede tributar si la compraventa finalmente se lleva a cabo, y se hará por el precio total satisfecho.

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Guillermo Pérez Gómez
  • Guillermo Pérez Gómez
  • Abogado especialista en derecho inmobiliario
  • 7 años en ejercicio
  • Colegio de Abogados de Madrid (nº 130.520)
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