Deudor

Un deudor es la persona física o jurídica que debe cumplir con una obligación o con el pago de una deuda que se ha contraído voluntariamente con otra persona, denominada acreedor.

Deudor

El deudor es el sujeto pasivo de una relación jurídica y tiene la obligación de cumplir con el pago de la deuda que se ha contraído.

La RAE ofrece la siguiente definición de deudor: "Que debe, o está obligado a satisfacer una deuda."

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¿Quién es el acreedor y el deudor?

Por un lado, el deudor tendrá que responder con su patrimonio presente y futuro para cumplir con su obligación (que puede consistir en una prestación de dar, hacer o no hacer).

Del otro lado, el acreedor podrá reclamar un activo real como recompensa o demandar al deudor, si no cumple con su obligación en el plazo de tiempo acordado previamente.

Del cumplimiento de las obligaciones responde el deudor con todos sus bienes, presentes y futuros.

Artículo 1911 del Código Civil

En definitiva, el deudor (sujeto pasivo) y el acreedor (sujeto activo) son los sujetos que intervienen en una relación jurídica y no puede existir una figura sin la otra.

Por ejemplo, cuando una entidad bancaria concede un préstamo a un cliente, la persona que contrae la deuda, es decir, el cliente será el deudor y el banco será el acreedor.

De igual modo ocurre en un contrato o en otras situaciones cotidianas en las que se compra algo a plazos o se tienen que pagar facturas.

¿Qué tipos de deudor existen?

Los deudores se clasifican, en función de las características de la deuda y de los plazos que existe para pagarla, en los siguientes tipos:

  1. Común, es el que paga su deuda dentro del plazo de tiempo establecido.
  2. Solidario, se le puede exigir legalmente el cumplimiento de la obligación que contrajo anteriormente un deudor principal.
  3. Hipotecario, se encuentra obligado ante una institución financiera.
  4. Insolvente, no posee los medios suficientes para la satisfacción de la deuda y se pueden iniciar acciones legales para obligarle a pagar.

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