Un deudor es la persona física o jurídica que debe cumplir con una obligación o con el pago de una deuda que se ha contraído voluntariamente con otra persona, denominada acreedor.

El deudor es el sujeto pasivo de una relación jurídica y tiene la obligación de cumplir con el pago de la deuda que se ha contraído.
La RAE ofrece la siguiente definición de deudor: "Que debe, o está obligado a satisfacer una deuda."
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Consultar abogado¿Quién es el acreedor y el deudor?
Por un lado, el deudor tendrá que responder con su patrimonio presente y futuro para cumplir con su obligación (que puede consistir en una prestación de dar, hacer o no hacer).
Del otro lado, el acreedor podrá reclamar un activo real como recompensa o demandar al deudor, si no cumple con su obligación en el plazo de tiempo acordado previamente.
Del cumplimiento de las obligaciones responde el deudor con todos sus bienes, presentes y futuros.
En definitiva, el deudor (sujeto pasivo) y el acreedor (sujeto activo) son los sujetos que intervienen en una relación jurídica y no puede existir una figura sin la otra.
Por ejemplo, cuando una entidad bancaria concede un préstamo a un cliente, la persona que contrae la deuda, es decir, el cliente será el deudor y el banco será el acreedor.
De igual modo ocurre en un contrato o en otras situaciones cotidianas en las que se compra algo a plazos o se tienen que pagar facturas.
¿Qué tipos de deudor existen?
Los deudores se clasifican, en función de las características de la deuda y de los plazos que existe para pagarla, en los siguientes tipos:
- Común, es el que paga su deuda dentro del plazo de tiempo establecido.
- Solidario, se le puede exigir legalmente el cumplimiento de la obligación que contrajo anteriormente un deudor principal.
- Hipotecario, se encuentra obligado ante una institución financiera.
- Insolvente, no posee los medios suficientes para la satisfacción de la deuda y se pueden iniciar acciones legales para obligarle a pagar.
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