Derecho de representación

El derecho de representación es un mecanismo sucesorio por el que los descendientes de una persona que ha fallecido antes que el causante de la herencia o no ha podido heredar suceden en su lugar, ocupando su lugar en la herencia.
Ideas clave
  • Los representantes son llamados a la herencia para poder aceptarla o repudiarla y ejercer todos aquellos derechos sucesorios que hubieran correspondido al representado.
  • El derecho de representación no se debe confundir con el derecho de transmisión, que opera cuando el heredero fallece después del causante sin haber llegado a aceptar ni repudiar la herencia.
  • Este derecho rige principalmente en la sucesión intestada, aunque puede llegar a operar en la sucesión con testamento, si procede, cuando no resultan aplicables otros mecanismos preferentes.
  • Los casos concretos donde hay derecho de representación son si el representado fallece antes que el causante o si no puede heredar por haber sido desheredado o por incapacidad para suceder.
  • El derecho de representación se produce siempre en línea descendente, no ascendente. En línea colateral tiene lugar solo respecto de los sobrinos, tanto de doble vínculo como de un solo lado.
  • Los sobrinos heredan por representación solamente si concurren con uno o varios tíos en la herencia, mientras que, si concurren solos, heredan por partes iguales.
  • La división de la herencia se hace por estirpes, de modo que el representante o los representantes heredan lo que hubiese heredado la persona representada en la herencia.
  • No se pierde el derecho de representar a una persona por haber renunciado a su herencia.

¿Buscas abogado especialista en herencias?

Te ayudamos a encontrar abogado de herencias y sucesiones de confianza. Tenemos una amplia red de abogados colaboradores en toda España.

Buscar abogado de herencias

¿Qué es el derecho de representación?

El derecho de representación es el derecho por el que los descendientes de una persona que ha fallecido antes que el causante de la herencia o no ha podido heredar suceden en su lugar.

Es decir, el derecho de representación supone que los descendientes de esa persona ocupan su lugar en la sucesión, siendo llamados a la herencia para que puedan aceptarla o repudiarla y ejercer cuantos derechos sucesorios hubiera correspondido a aquella.

No debe confundirse con el derecho de transmisión, que opera cuando el heredero fallece después del causante sin haber llegado a aceptar ni repudiar la herencia.

¿Dónde se regula el derecho de representación?

El derecho de representación se regula en los artículos 924 y siguientes del Código Civil. Esta regulación es de aplicación en los territorios de derecho civil común, por lo que en aquellos con derecho civil foral o especial hay que consultar sus correspondientes legislaciones.

Llámase derecho de representación el que tienen los parientes de una persona para sucederle en todos los derechos que tendría si viviera o hubiera podido heredar.

Artículo 924 del Código Civil

¿En qué casos opera el derecho de representación?

En primer lugar, hay que tener en cuenta que el derecho de representación rige principalmente en la sucesión intestada. Cuando se trata de una herencia con testamento, hay otros mecanismos de aplicación preferente, que son la sustitución vulgar y el derecho de acrecer, y solo cuando ninguno de estos resulta de aplicación, se siguen las reglas de la sucesión intestada en la parte vacante de la herencia y, por tanto, tiene lugar el derecho de representación si procede.

Los supuestos concretos en los que los descendientes de una persona ostentan derecho de representación son los siguientes:

  • Cuando esa persona fallece antes que el causante de la herencia, es decir, en caso de premoriencia.
  • Cuando no puede heredar por haber sido desheredada o por incapacidad para suceder.

El derecho de representación se produce siempre en línea descendente, no ascendente. Es decir, los descendientes más próximos representan en la herencia a su ascendiente, lo que quiere decir que son los hijos, nietos, etc. quienes pueden representar a un familiar en la herencia y no los padres, abuelos, etc.

En línea colateral tiene lugar solo respecto de los sobrinos, tanto si son de doble vínculo como de un solo lado, pero el derecho de representación no se extiende más allá en este caso. Es decir, si una persona fallece y le correspondía heredar a sus hermanos y uno de ellos había fallecido previamente o no puede heredar, pero hay hijos vivos de ese hermano, estos representarán a su progenitor en la herencia, pero en este caso el derecho de representación termina en ellos.

El derecho de representación tendrá siempre lugar en la línea recta descendente, pero nunca en la ascendente.

En la línea colateral sólo tendrá lugar en favor de los hijos de hermanos, bien sean de doble vínculo, bien de un solo lado.

Artículo 925 del Código Civil

Ahora bien, hay que tener en cuenta que los sobrinos heredan por representación únicamente si concurren con uno o varios tíos en la herencia; si concurren solos, heredan por partes iguales (artículo 927 del Código Civil).

¿Cómo se reparte la herencia cuando hay derecho de representación?

Cuando existe derecho de representación, la división de la herencia se hace por estirpes, de forma que el representante o los representantes heredan lo que hubiera heredado la persona representada en la herencia (artículo 926 del Código Civil).

Por ejemplo: una persona fallece dejando dos hijos vivos, y también tuvo un hijo que falleció antes que ella, dejando tres hijos a su vez. La herencia se divide en tres partes: una para cada uno de los hijos vivos y una tercera que se repartirá a partes iguales entre los tres nietos por parte del hijo premuerto.

¿Si se renuncia a la herencia de una persona se pierde la posibilidad de representarla en otra herencia?

No, el Código Civil establece expresamente en su artículo 928 que no se pierde el derecho de representar a una persona por haber renunciado a su herencia.

Por ejemplo, si una persona renuncia a la herencia de su padre y luego fallece uno de los abuelos paternos, puede representar a su progenitor en esa herencia.

¿Buscas abogado especialista en herencias?

Te ayudamos a encontrar abogado de herencias y sucesiones de confianza. Tenemos una amplia red de abogados colaboradores en toda España.

Buscar abogado de herencias
Consultas frecuentes sobre derecho de representación
Amplía información
Referencias