La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP) de España es un órgano directivo y regulador que opera bajo la jurisdicción del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, y está adscrito a la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa.
La misión principal de la DGSFP es supervisar y controlar el sector de seguros y fondos de pensiones en España. Esta labor se realiza con el objetivo de garantizar un funcionamiento adecuado de acuerdo con la legislación vigente y para proteger los intereses de los clientes de las entidades aseguradoras, así como de los partícipes de los planes de pensiones.
Para lograr esta supervisión integral, la DGSFP cuenta con amplias facultades de regulación, ordenación y supervisión sobre todas las entidades que componen el sector. Estas competencias permiten establecer normativas que promuevan la transparencia, la solvencia y la idoneidad de las compañías aseguradoras y fondos de pensiones en el mercado español.
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Consultar abogadoEstructura de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones
La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones se compone de distintas subdirecciones generales, cada una encargada de funciones específicas. Estas subdirecciones y sus funciones son las siguientes:
- Subdirección General de Regulación y Relaciones Internacionales. Responsable de la regulación y las relaciones internacionales en el ámbito de seguros y fondos de pensiones.
- Subdirección General de Inspección. Encargada de funciones de inspección, que incluyen la supervisión de entidades aseguradoras y reaseguradoras, así como la revisión contable, valoración de activos y pasivos, cumplimiento normativo y evaluación de riesgos.
- Subdirección General de Solvencia. Responsable de supervisar aspectos relacionados con la solvencia en el sector.
- Subdirección General de Autorizaciones, Conductas de Mercado y Distribución. Encargada de la autorización de nuevas empresas de seguros y mediación, la supervisión de la conducta de mercado, y la regulación de la distribución de seguros y reaseguros. También aborda funciones relacionadas con la protección de los derechos de los asegurados y la resolución de quejas y reclamaciones.
- Subdirección General de Organización, Estudios y Previsión Social Complementaria. Responsable de la organización interna, estudios sectoriales y el fomento de la previsión social complementaria. Además, gestiona los recursos asignados a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones y ejerce las funciones de secretaría general.
Todas estas funciones y la estructura actual de la Dirección General se rigen por el Real Decreto 403/2020, de 25 de febrero.
Funciones de la Dirección General de Seguros
La DGSFP tiene un extenso conjunto de funciones. Entre sus tareas más destacadas se encuentran las siguientes:
- Desarrollo normativo. Es responsable de la preparación y promoción de proyectos normativos relacionados con su competencia.
- Coordinación internacional. Coordina las relaciones con la Unión Europea, supervisores extranjeros y organismos internacionales, asegurando la alineación con las políticas internacionales.
- Consultas y respuestas. Responde a las consultas en relación con seguros y reaseguros, así como planes y fondos de pensiones.
- Supervisión y control financiero. Lleva a cabo la supervisión financiera continua de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, incluyendo el análisis de estados financieros, cumplimiento normativo y riesgo.
- Inspección. Realiza inspecciones de las operaciones y actividades en el mercado de seguros, reaseguros, distribución de seguros, así como planes y fondos de pensiones y sus entidades gestoras.
- Medidas correctivas. Vigila las medidas impuestas a entidades bajo supervisión, incluyendo situaciones de deterioro financiero y procedimientos de control especial.
- Cálculos y actuaría. Verifica los cálculos financieros y actuariales aplicados en operaciones de seguros, reaseguros, planes y fondos de pensiones.
- Autorizaciones y fusiones. Autoriza el cálculo del capital regulatorio, fusiones, agrupaciones, cesiones de cartera y otras operaciones estructurales, asegurando la conformidad con los requisitos establecidos.
- Control de acceso y distribución. Controla el acceso a la actividad de distribución de seguros y reaseguros, y supervisa las funciones relacionadas con la regulación de la distribución.
- Supervisión de conducta de mercado. Supervisa las conductas y prácticas de mercado de entidades aseguradoras, reaseguradoras, mediadores, y otros relacionados.
- Protección administrativa. Atiende y resuelve reclamaciones y quejas presentadas por asegurados, beneficiarios, terceros perjudicados y partícipes en planes de pensiones contra las entidades y personas sujetas a supervisión.
- Investigación y desarrollo. Realiza estudios sobre los sectores de seguros y fondos de pensiones, fomentando la previsión social complementaria.
Organismos adscritos
La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP) es un organismo público que opera bajo la responsabilidad de la Vicepresidencia Primera del Gobierno. La DGSFP está adscrita al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital y actúa en el ámbito de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa.
Así mismo, cuenta con la colaboración y el apoyo de varios organismos adscritos. Estos organismos incluyen los siguientes:
- Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. Se encarga de gestionar las reclamaciones presentadas por los ciudadanos y las partes interesadas, de modo que se resuelvan de manera justa y eficiente.
- Consorcio de Compensación de Seguros. Se dedica a la liquidación de entidades aseguradoras y a la indemnización de daños causados por eventos extraordinarios.
- Junta Consultiva de Seguros y Fondos de Pensiones. Asesora y emite informes en relación con cuestiones relevantes del ámbito de seguros y fondos de pensiones.
Además, la DGSFP recibe asesoramiento jurídico de la Abogacía del Estado en el Departamento.
Reclamaciones
El Servicio de Reclamaciones de la DGSFP, regulado por la Ley 44/2002, aborda las reclamaciones que los asegurados, beneficiarios o terceros perjudicados puedan tener contra las compañías aseguradoras.
Este servicio actúa como intermediario imparcial y efectivo para resolver disputas que no han encontrado una solución satisfactoria previamente. El proceso de reclamación ante la DGSFP es gratuito y está regulado por la Orden ECC/2502/2012, de 16 de noviembre.
El Defensor del Asegurado es una figura esencial en el proceso de resolución de conflictos. Entra en juego cuando una reclamación presentada ante la aseguradora no obtiene la respuesta deseada y no se llega a un acuerdo.
La DGSFP considerará cualquier reclamación presentada por los asegurados contra su compañía aseguradora siempre que se haya agotado previamente el proceso con el Defensor del Asegurado de la propia aseguradora. Se requiere que hayan transcurrido al menos dos meses desde la presentación formal de la reclamación por escrito a la aseguradora antes de recurrir a la DGSFP.
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