Modelo 621

El modelo 621 se debe presentar obligatoriamente ante Hacienda cuando se desea realizar la compraventa de un vehículo de segunda mano. Con este modelo se abona el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD) en las Comunidad Autónoma que corresponda.

Modelo 621

Mediante el modelo 621 se liquida el Impuesto de Transmisiones por la compraventa entre particulares de vehículos usados.

¿En qué consiste el modelo 621?

El modelo 621 o, en algunas Comunidades Autónomas, el modelo 620, se presenta por la compra de vehículos usados entre particulares. Este modelo se suele componer de tres partes, aunque estas pueden variar dependiendo de la Comunidad Autónoma:

  • Un talón de tarifa.
  • Ejemplar de personas interesadas.
  • Un modelo de gestión administrativa.

El pago se realiza de forma telemática o en cualquier entidad colaboradora con la Dirección General de Tributos. El porcentaje que se aplica en la base imponible, que dará lugar a la cantidad que hay que pagar de ITPAJD suele ser de en torno al 6%, si bien, puede variar por año y Comunidad Autónoma.

¿Cuáles son los plazos para pagar el impuesto y cómo se presenta?

El plazo para pagar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados es de 30 días naturales desde la fecha de la operación. Una vez que se ha rellenado, se puede utilizar la plataforma de pago del ministerio competente en materia de Hacienda o presentarlo personalmente, en cuyo caso, hay que imprimir tres copias del modelo 621.

Cuando se haya realizado el ingreso, se envía la copia del formulario a la oficina donde radique la autoridad competente. Una vez que se realizan todos los pasos, se puede cambiar la titularidad del vehículo.

¿Qué documentación se necesita para presentar el modelo 621?

La presentación del modelo 621 requiere que se adjunte la siguiente documentación:

  1. El contrato de compraventa entre particulares.
  2. La ficha técnica del vehículo que está siendo objeto de la operación.
  3. El permiso de circulación del vehículo que se va a adquirir.
  4. El justificante de haber pagado el impuesto, ya sea telemático o el que se obtenga en la entidad colaboradora.