El derecho penal militar es una rama del Derecho que regula las infracciones que constituyen delitos militares, cometidas por miembros de las Fuerzas Armadas y de la Guardia Civil. Sus normas se aplican tanto en tiempo de paz como en tiempo de guerra.
Régimen jurídico del derecho penal militar en España
El régimen jurídico del derecho penal militar en España se sustenta en el artículo 117.5 de la Constitución, que reconoce el carácter especial de la jurisdicción militar en el ámbito del derecho.
Las Fuerzas Armadas tienen, como vemos, su propio sistema jurídico penal, que se rige por el Código Penal Militar. En esta ley se establecen las líneas de actuación de las autoridades en casos de delitos militares que involucren a integrantes de la fuerza.
Esta Ley se complementa con la Ley Orgánica de la Competencia y Organización de la Jurisdicción Militar. En ella se determina qué Tribunal o Juzgado se hará cargo de cada caso, de su investigación y procesamiento.
La ley establece que la jurisdicción militar comprende el ámbito estrictamente castrense, en tiempos de paz. En el caso de tropas desplazadas fuera del territorio nacional, tiene competencia en cualquier clase de delito.
¿Buscas abogado especialista en Derecho Militar?

En Monteagudo & Vales somos abogados expertos en Derecho Militar y Guardia Civil con una amplia trayectoria y experiencia. Atendemos casos en toda España.
Contacta sin compromisoDerecho disciplinario militar y derecho penal militar
Al igual que ocurre en ámbitos en los que se juzga a los civiles, el derecho militar establece diferencias entre derecho disciplinario militar y derecho penal militar.
La diferencia se basa en la gravedad de la infracción, en base a la cual distingue entre falta y delito.
- La falta es una infracción menor que no pone en peligro la seguridad nacional o la integridad de las personas.
- Los delitos son infracciones graves o muy graves, estipulados en el Código Penal Militar.
A una falta, corresponde una sanción. A un delito, una pena. Como se definió más arriba, corresponde al derecho penal militar el tratamiento de delitos militares.
¿Es totalmente autónomo el derecho penal militar en la legislación española?
El Código Penal Militar es complementario respecto de la legislación común. El aspecto destacado es su especialidad, tanto en su relación con el Código Penal Común, como por su ámbito de aplicación.
El Código Penal que se aplica a todos los ciudadanos, también regula a los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Guardia Civil. El artículo 2 del Código Penal Militar establece que las disposiciones del Código común serán aplicables a los delitos militares como supletorias en lo no previsto expresamente en el Código Penal Militar.
Es decir que, si bien los delitos militares se procesan de acuerdo con lo establecido en el Código Penal Militar, en casos en que surjan situaciones que no están previstas en él será de aplicación el Código Penal común.
¿A quién comprende el Código Penal Militar?
El Código Penal Militar se aplica a:
- Miembros de las Fuerzas Armadas, militares de carrera o de complemento, soldados, marineros de tropa. Se consideran militares:
- Quienes mantienen una relación de servicios profesionales con las Fuerzas Armadas.
- Los reservistas que se encuentren de alta en la fuerza.
- Quienes tengan asimilación militar de acuerdo con la normativa vigente.
- Miembros del Cuerpo de la Guardia Civil.
- Funcionarios civiles que se encuentren bajo la autoridad de las Fuerzas Armadas o de la Guardia Civil.
- Alumnos pertenecientes a la formación en las Fuerzas Armadas o en la Guardia Civil mientras se encuentren integrados en esos cuerpos.
- Prisioneros de guerra detenidos en España.
¿Cuáles son los delitos que pertenecen al ámbito del Derecho Militar?
El Código Penal Militar contiene una detallada tipificación de delitos militares, entre los que se encuentran:
- Traición, espionaje, revelación de secretos e informaciones relativas a la seguridad nacional.
- Atentado contra los recursos de la seguridad nacional.
- Incumplimiento de órdenes de la autoridad militar, desobediencia.
- Ultrajes o injurias a España o a la organización militar.
- Delitos contra la disciplina, insubordinación, insultos a superior.
- Abuso de autoridad.
- Cobardía, deslealtad.
- Abandono de destino o residencia.
- Deserción.
- Embriaguez e intoxicación por drogas tóxicas en actos de servicio.
- Omisión del deber de socorro.
- Delitos contra el patrimonio militar.
Penas que establece el Código Penal Militar
Las penas dispuestas en el Código Penal Militar para los delitos militares se aplican según la gravedad de la infracción cometida.
Se disponen:
- Multas, suspensión del empleo militar y prisión de hasta 3 años para las penas menos graves.
- Prisión de hasta 25 años, pérdida de empleo, inhabilitación absoluta para el mando en casos de penas graves.
- Las penas de privación de libertad impuestas a militares serán cumplidas en el establecimiento penitenciario militar que designe el Ministerio de Defensa. En caso de situación de conflicto armado, se cumplirán en la unidad de destino de quien cometió el delito.
- En cuanto a la pena de multa, se regirá por el sistema establecido en el Código Penal común.
El derecho de apelación en el derecho penal militar
Los militares juzgados por el derecho penal militar tienen derecho a apelar la sentencia, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 4/1987, de 15 de julio, de la Competencia y Organización de la Jurisdicción Militar.
De acuerdo con esta ley, el militar acusado tiene derecho a interponer un recurso de apelación ante el Tribunal Militar Territorial que corresponda. Para ello tiene un plazo de 10 días hábiles siguientes a la notificación de la sentencia.
Una vez admitido el recurso de apelación, el Tribunal Militar Territorial revisará el caso y emitirá una nueva sentencia. En caso de que el militar acusado no esté conforme con esta sentencia de segunda instancia, tiene derecho a interponer un recurso extraordinario de revisión ante el Tribunal Supremo.
Conclusiones
Existen abogados especialistas en derecho penal militar que cuentan con el conocimiento de la normativa específica aplicable en este ámbito del derecho que es diferente de la del ámbito civil. Por lo tanto, un abogado especializado puede proporcionar al acusado una defensa más eficaz y mejor preparada.
Es necesario tener en cuenta, que el derecho penal militar implica consecuencias graves para la carrera y la vida personal de los militares. Aunque los militares pueden optar por defenderse a sí mismos sin asistencia legal, la complejidad del derecho penal militar hace muy recomendable la presencia de un profesional especializado en esa rama del derecho.
Abogados para Militares y Guardias Civiles

Contamos con una dilatada trayectoria profesional como especialistas en Derecho Militar y Derecho Administrativo de la Guardia Civil y las Fuerzas Armadas. Atendemos casos en toda España. Infórmate sin compromiso.
Consulta e infórmate