Días hábiles

Los días hábiles son los días comprendidos entre el lunes y el viernes de cada semana, siempre que no sean festivos. Así lo establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC) en España, en su artículo 30.2.

Días hábiles

Los días hábiles son todos los días excepto sábados, domingos y festivos.

Tipos de días

En el ámbito del derecho administrativo existen varios tipos de días. Es importante conocer el concepto de cada uno de ellos. Estos son:

  • Días naturales: son los 365 días del año, independientemente de si son hábiles, fines de semana o festivos. Los años bisiestos tienen 366 días naturales.
  • Días hábiles: días de lunes a viernes de cada semana, a menos que sean festivos.
  • Días inhábiles: los fines de semana y festivos.
  • Días laborables: son todos aquellos en los que se trabaja, por tanto, quedan excluidos los domingos y festivos. Los sábados pueden considerarse laborales a efectos legales dependiendo de la empresa o el sector.

Los días hábiles en procedimientos administrativos y judiciales

Tener claro el concepto de lo que es un día hábil es importante, ya que la Administración Pública y los organismos judiciales en España, en sus procesos establecen plazos que deben cumplirse y lo hacen en días hábiles, a menos que se especifique lo contrario.

2. Siempre que por Ley o en el Derecho de la Unión Europea no se exprese otro cómputo, cuando los plazos se señalen por días, se entiende que éstos son hábiles, excluyéndose del cómputo los sábados, los domingos y los declarados festivos.

(...)

Artículo 30.2 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común

En los días hábiles se pueden realizar diversas actividades y actos administrativos y judiciales de importancia ciudadana y en días hábiles se cuentan también los plazos que establecen diversos procedimientos administrativos y judiciales como hemos visto.

Por todo ello, para poder cumplir los plazos y poder satisfacer los requerimientos de algún proceso administrativo o judicial, debe tenerse claro qué días son hábiles y qué días no lo son a lo largo del año.

Los plazos que se establecen en procedimientos administrativos y judiciales empiezan a contar al día siguiente en que se emite la notificación.

3. Los plazos expresados en días se contarán a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate, o desde el siguiente a aquel en que se produzca la estimación o la desestimación por silencio administrativo.

Artículo 30.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común 

Si en un proceso administrativo o judicial el día en que concluye un plazo estipulado en días hábiles cae en un fin de semana o festivo, el plazo se extiende automáticamente al siguiente día hábil después del día en que concluye el plazo.

5. Cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

Artículo 30.5 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común

El calendario de días inhábiles

Cada año, el Ministerio de Política Territorial y Función Pública, a través de la Secretaría de Estado de Función Pública, publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el calendario de días inhábiles para todo el país, y para cada comunidad autónoma.

Es importante tener esto en cuenta, ya que en España hay días festivos nacionales y también muchos festivos regionales que se celebran de manera independiente en cada comunidad autónoma y en localidades específicas dentro de una comunidad autónoma.

Existen festivos nacionales no sustituibles. Existen también algunos festivos nacionales sobre los cuales las comunidades autónomas pueden ejercer el derecho de sustituirlos por otros para su comunidad. Y existen festivos específicos de cada comunidad autónoma.

Consideraciones sobre los días hábiles en el ámbito laboral

En el área de administración de personal, es importante tanto para los trabajadores como para los empleadores tener claro cuáles son los días hábiles y cuáles no lo son.

Esto debe ser tomado en cuenta en aspectos tales como la planificación de las vacaciones, el pago por horas extras, el otorgamiento de días compensatorios, entre otros.

Por ejemplo, para el cálculo de vacaciones se puede utilizar el concepto de días naturales, y se dirá entonces que un trabajador tiene el derecho a disfrutar de 30 días naturales de vacaciones por cada 12 meses trabajados, lo que corresponde a 2,5 días naturales por mes.

Pero también se puede decir que un trabajador tiene derecho a 22 días laborables de vacaciones por cada 12 meses trabajados, lo que equivale a 1,8 días de vacaciones por cada mes trabajado. El artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores es el que regula el asunto de las vacaciones de los trabajadores.

Consultas sobre días hábiles