Derecho Militar

Jurídicamente revisado por: Juan Carlos Fernández Monteagudo
El Derecho Militar es una disciplina jurídica especializada, cuyo objetivo es regular la organización y el funcionamiento de los estamentos militares, así como la situación jurídica del personal militar en relación con sus funciones y responsabilidades.
Ideas clave
  • El Derecho Militar es una especialidad jurídica dentro del Derecho Administrativo que se encarga de la regulación en la jurisdicción militar.
  • El Derecho Militar regula las relaciones con el Estado, organización y funcionamiento de los estamentos militares.
  • El Derecho Militar también se ocupa de la situación jurídica de los militares, sus derechos y deberes, la formación y el servicio militar, y la disciplina militar.
  • Además de regular los aspectos propios de las Fuerzas Armadas, el Derecho Militar también abarca la regulación administrativa de la Guardia Civil.

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¿Qué es el Derecho Militar?

El Derecho Militar es un conjunto de normas y leyes que regulan la conducta y organización de las fuerzas armadas de un país. Estas normas pueden incluir reglas para el servicio activo, el castigo por infracciones militares, y la protección legal para los miembros de las fuerzas armadas. También puede tratar sobre la relación entre las fuerzas armadas y el gobierno, así como la relación entre las fuerzas armadas y la sociedad en general.

El artículo 117.5 de la Constitución española establece que la ley regulará el ejercicio de la jurisdicción militar en el ámbito estrictamente castrense y en los supuestos de estado de sitio, de acuerdo con los principios de la Constitución.

5. El principio de unidad jurisdiccional es la base de la organización y funcionamiento de los Tribunales. La ley regulará el ejercicio de la jurisdicción militar en el ámbito estrictamente castrense y en los supuestos de estado de sitio, de acuerdo con los principios de la Constitución.

Artículo 117.5 de la Constitución

La jurisdicción militar una jurisdicción dependiente del Poder Judicial con competencia específica en el ámbito militar. Sin embargo, la Ley Orgánica 4/1987, de 15 de julio, de la Competencia y Organización de la Jurisdicción Militar le fija dos tipos de competencia: una en tiempos de paz y otra en situaciones de conflicto armado. Sin embargo, siempre con sujeción a los preceptos constitucionales.

El Derecho Militar regula las relaciones entre el Estado y los estamentos militares, la organización y el funcionamiento de los mismos, la situación jurídica de los militares, los derechos y deberes de los mismos, la formación y el servicio militar, así como la disciplina militar.

En España, existen varias instituciones que se encargan de velar por el cumplimiento de las normas y la aplicación del Derecho Militar, como el Consejo de Estado, el Consejo de Estado Militar, la Audiencia Nacional, el Tribunal Supremo o el Tribunal de Justicia Militar. Estas instituciones tienen el poder de controlar el cumplimiento de las leyes y de imponer sanciones en caso de incumplimiento.

Aspectos principales del Derecho Militar

Existe una Sala de lo Militar en el Tribunal Supremo. Así también, el Derecho Militar regula algunos aspectos de la Guardia Civil, aunque esta institución cuenta con legislación específica.

En cada uno de los instrumentos normativos enumerados en el apartado posterior se establecen las pautas de regulación de la actividad administrativa y judicial en el ámbito de la defensa. Este concepto ampliado al ámbito nacional, según expresa reconocida doctrina, es la necesidad de los ciudadanos de defender a su nación de las perturbaciones, tanto externas como internas.

Ese es el principio básico y rector del Derecho Militar, y, según autores destacados en la investigación de esta rama del Derecho, es "la última ratio de la seguridad". Este concepto, estrechamente asociado a la seguridad nacional, ofrece la clave para entender la razón de ser del Derecho Militar.

Leyes y normativas en Derecho Militar

Además de los dos cuerpos normativos precedentemente citados, el Derecho Militar se compone de una amplia serie de leyes, decretos reales y ordenanzas ministeriales.

En ese sentido, se enumeran a continuación algunas de las normas específicas y complementarias del Derecho Militar:

  • Ley Orgánica 13/1985, de 9 de diciembre, de Código Penal Militar.
  • Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre, Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas.
  • Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar.
  • Real Decreto 2945/1983, de 9 de noviembre, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército de Tierra.
  • Real Decreto 1000/1985, de 19 de junio, por el que se establece la situación de reserva transitoria en el Ejército de Tierra
  • Ley Orgánica 4/1987, de 15 de julio, de la Competencia y Organización de la Jurisdicción Militar.
  • Ley Orgánica 2/1989, de 13 de abril, Procesal Militar.
  • Real Decreto 1396/1992, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Establecimientos Penitenciarios Militares.
  • Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
  • Real Decreto 915/2002, de 6 de septiembre, sobre organización y funcionamiento de las Delegaciones de Defensa.
  • Instrucción técnica Número 1/2005, de 18 de febrero, de la Inspección General de Sanidad, que regula el funcionamiento de los laboratorios de análisis de drogas del Ministerio de Defensa
  • Orden Ministerial 121/2006, de 4 de octubre, normas sobre jornada y horario de trabajo, vacaciones, permisos y licencias de los Militares Profesionales de las Fuerzas Armadas
  • Real Decreto 1145/2006, del 6 de octubre, retribuciones de los alumnos de los centros docentes de formación para acceso al cuerpo de la Guardia Civil.
  • Real Decreto 1412/2006, de 1 de diciembre, Reglamento que establece el procedimiento para la aplicación de las medidas de protección social para los Militares de Complemento y de Tropa y Marinería
  • Real Decreto 96/2009, de 6 de febrero, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas para las Fuerzas Armadas.
  • Real Decreto 168/2009, de 13 de febrero, Reglamento de evaluaciones y ascensos en las Fuerzas Armadas y sobre el acceso a la condición de militar de carrera de militares de tropa y marinería.
  • Real Decreto 194/2010, de 26 de febrero, Normas sobre seguridad en las Fuerzas Armadas.
  • Real Decreto 711/2010, de 28 de mayo, Reglamento de especialidades fundamentales de las Fuerzas Armadas.
  • Instrucción Número 169/2001, de 31 de julio, del Subsecretario de Defensa, se dictan normas sobre la determinación y el control de las bajas temporales para el servicio por causas psicofísicas del personal militar profesional.
  • Instrucción Número 31/2011, de 6 de junio, del Subsecretario de Defensa, se determinan los puestos militares de la estructura ajena a los ejércitos, ocupados por personal de los cuerpos específicos de éstos, donde se cumple el tiempo de permanencia en determinado tipo de destinos necesario para el ascenso.
  • Orden Ministerial 50/2011, de 28 de julio, normas sobre mando y régimen interior de las unidades e instalaciones del Ejército de Tierra.
  • Orden Ministerial Número 190/2001, de 10 de septiembre, normas para la aplicación del complemento de dedicación especial.
  • Orden Ministerial Número 3/2011, del 15 de febrero, que modifica la Orden Ministerial N. o 121/2006, de 4 de octubre, por la que se aprueban las normas sobre jornada y horario de trabajo, vacaciones, permisos y licencias de los Militares Profesionales de las Fuerzas Armadas.
  • Instrucción 1/2013, de 14 de enero, de la Subsecretaría de Defensa, se dictan normas sobre la determinación y el control de las bajas temporales para el servicio del Personal Militar.
  • Instrucción técnica Número 02/12, de febrero de 2012, normas y procedimientos para la gestión de compromisos de los militares de complemento y militares de tropa.
  • Instrucción técnica Número 1/13, de enero de 2013, normas administrativas para la elaboración del informe personal de calificación (IPEC), con carácter periódico.
  • Instrucción 4/2012, de 30 de enero, directrices de aplicación en los procesos de evaluación del personal militar profesional de la Armada.
  • Instrucción 22/2013, de 10 de abril, que modifica la Instrucción 03/2012, de 27 de enero, por la que se desarrollan las valoraciones de méritos y aptitudes, así como los procedimientos y normas a tener en cuenta para la realización de las evaluaciones para el ascenso por los sistemas de elección y clasificación y para la selección de asistentes a determinados cursos de actualización en el Ejército de Tierra.

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Juan Carlos Fernández Monteagudo
Juan Carlos Fernández Monteagudo
Abogado especialista en derecho militar y Guardia Civil
13 años colegiado
Colegio de Abogados de Madrid (nº 88.518)

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