El Informe Personal de Calificación (IPEC) es un documento que se elabora en base a la valoración objetiva de un miembro de las fuerzas armadas. Está regulado por el artículo 81.1 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar. En la valoración se incluye la apreciación de cualidades, aptitudes, méritos, competencia y actuación profesional del militar.
¿Cuál es la utilidad del Informe Personal de Calificación para el militar?
El IPEC incide en las condiciones de trabajo y de la carrera del militar. En función de estos informes se determina:
- Si el militar reúne las condiciones para un ascenso a una función o grado superior.
- Influye en la selección de los militares para servicios y misiones especiales.
- Incide en la posibilidad de asistir a cursos dentro del ejército.
- Permite identificar debilidades y problemas psicofísicos que pueden afectar el desempeño en su función o en una misión.
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Contacta sin compromiso¿Cómo se realiza el Informe Personal de Calificación?
La realización del Informe Personal de Calificación está sujeta a precisiones que procuran garantizar que la valoración del evaluado sea objetiva.
Algunas características destacadas:
Juntas Calificadoras
Para la evaluación del personal militar y elaboración del IPEC, se forman las juntas calificadoras dispuestas en la ley militar. Están compuestas por tres miembros. Uno de ellos debe ser el superior jerárquico del militar a evaluar.
Factores de ponderación
La orden ministerial 55/2010 detalla los factores y fórmulas que se consideran para la confección del informe. Estos factores se agrupan de acuerdo con su naturaleza.
- Grupo 1. Cualidades y desempeño profesional. Incide en un 50% de la calificación.
- Grupo 2. Trayectoria y recompensa. Incide en un 40% de la calificación.
- Grupo 3. Formación recibida. Incide en un 10% en la calificación.
- Grupo 4. Condiciones psicofísicas y sanciones. Lleva puntuación absoluta.
La orden ministerial mencionada establece fórmulas para el cálculo. La fórmula es diferente si la evaluación es para el ascenso, para cursos de actualización, para ocupación de puestos.
Valoración de cada concepto
Cada uno de los conceptos incluidos en los grupos se valoran asignando letras.
- A. El militar cumple en forma excelente y se lo considera entre los 10 mejores de su empleo, cuerpo y escala.
- B. El militar cumple excepcionalmente con casi todos los ítems del concepto. Se encuentra en el primer tercio de los mejores de su empleo, cuerpo y escala.
- C. El militar cumple de manera satisfactoria con los ítems. Se encuentra en el segundo tercio de los mejores.
- D. El militar cumple de manera satisfactoria con los ítems del grupo y se encuentra en el último tercio de los de su mismo empleo, cuerpo y escala.
Una vez que finaliza la evaluación, la Junta Calificadora informará al evaluado los resultados.
Colección de Informes Personales de Calificación
En las evaluaciones para el ascenso y la selección a cursos, se tienen en consideración los informes personales emitidos hasta el momento de la evaluación. Se considerarán los ocho últimos informes disponibles.
Observaciones de la Jurisprudencia al artículo 81 de la Ley 39/2007
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha emitido varias sentencias en las que establece criterios con respecto al sistema establecido por la Ley 39/2007 para la realización del Informe Personal de Calificación.
En general, el Tribunal Supremo ha señalado que el informe de calificación no puede ser una mera descripción de los hechos observados. Tiene que haber una valoración crítica y fundamentada del desempeño del funcionario en relación a los objetivos establecidos. Un Tribunal podrá sentenciar la nulidad de un IPEC en caso de que no estén motivadas las notas asignadas.
Asimismo, la Jurisprudencia establece que el IPEC no tiene carácter sancionador. Por lo tanto, no puede ser utilizado para sanciones disciplinarias, aunque puede ser usado como elemento probatorio en un expediente disciplinario.
¿Cuáles son las consecuencias de un Informe Personal de Calificación negativo?
Un IPEC negativo puede tener consecuencias para el militar evaluado. Algunas de ellas que perjudican su carrera son:
- Dificultades para ascender. Los informes negativos, especialmente cuando se acumulan, pueden afectar negativamente la posibilidad de ascender en la carrera.
- Pérdida de oportunidades de formación. El IPEC es parte del criterio de selección para cursos y capacitaciones profesionales. Si es negativo, puede impedir que se seleccione al militar para estos programas.
- Pérdida de confianza. Un IPEC negativo puede afectar la valoración que los superiores tienen del militar, lo que perjudica la confianza y oportunidades futuras.
- No renovación de contrato. Una colección de IPEC negativos pueden causar la decisión de la fuerza de no renovar el compromiso del militar y no firmar la continuidad, lo que equivale a la baja del ejército.
El IPEC es importante en la carrera militar, especialmente para el profesional que tiene intenciones de avanzar en la fuerza.
¿Se puede recurrir un Informe Personal de Calificación negativo?
El personal militar tiene derecho a recurrir el IPEC cuando considera que la valoración no se adecua a la realidad. El proceso del recurso se lleva a cabo en el marco de la Ley de la Carrera Militar.
El militar tiene 10 días hábiles para presentar las alegaciones a su IPEC negativo. El plazo se cuenta a partir del día en que notificado bajo firma del informe.
Para recurrir el informe, debe presentar una solicitud de revisión. Esta solicitud estará dirigida a la autoridad que emitió y firmó el informe. Deben hacerse constar los motivos de la reclamación.
La autoridad correspondiente revisará el informe de calificación. Si considera que existen motivos, emitirá un nuevo informe con las correcciones necesarias. Cuando se considere que la reclamación no es pertinente, mantendrá el informe en todos sus términos.
Las reclamaciones en el ámbito militar tienen sus propias vías y reglamentos. Por lo tanto, es conveniente que la persona afectada consulte a un abogado especialista en derecho militar. El profesional que conoce las leyes específicas del sistema militar, asesorará a su cliente en su trámite de recurso y le sugerirá las decisiones más adecuadas para su conveniencia.
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