Estado civil

El estado civil es la situación jurídica que ocupa una persona en la sociedad en función de sus circunstancias personales (como la edad, la filiación, la nacionalidad o el matrimonio), la cual determina sus derechos, obligaciones y su capacidad para actuar legalmente.
Ideas clave
  • El estado civil no se limita a la situación matrimonial, sino que comprende circunstancias personales a las que la ley atribuye consecuencias jurídicas.
  • Entre las circunstancias que influyen en el estado civil destacan la edad y la emancipación, el matrimonio, la filiación, la nacionalidad y la vecindad civil.
  • No todos los datos inscritos en el Registro Civil determinan el estado civil: el nombre, los apellidos, el sexo, el nacimiento o la defunción son atributos personales.
  • Las parejas de hecho no constituyen, con carácter general, un estado civil en el derecho común español, aunque puedan producir determinados efectos jurídicos.
  • El Registro Civil proporciona publicidad y acreditación al estado civil, y sus certificaciones permiten probarlo en trámites legales y administrativos.
  • El estado civil puede modificarse por circunstancias como alcanzar la mayoría de edad, emanciparse, contraer matrimonio, divorciarse o adquirir otra nacionalidad.
  • Las medidas de apoyo a las personas con discapacidad, como la curatela o la guarda de hecho, no alteran su estado civil ni su capacidad jurídica.

¿Qué es el estado civil?

En el ámbito jurídico, el estado civil constituye la condición o estatus personal permanente que el ordenamiento atribuye a cada individuo. Esta posición no solo sirve para determinar su capacidad de obrar, sino que establece el marco general de sus derechos, deberes y facultades ante el resto de la sociedad.

A menudo se confunde el estado civil con el simple "estado matrimonial" (estar soltero o casado). Sin embargo, desde el punto de vista del derecho, abarca una serie de circunstancias personales que modifican la manera en que un individuo se relaciona con la familia, con otros particulares y con las Administraciones públicas.

En definitiva, el estado civil es como una fotografía jurídica de una persona en un momento dado, es decir, una condición cambiante pero fijada por la ley que marca qué puede hacer, qué deberes tiene y cómo se protegen sus derechos.

¿Dónde se regula?

No existe una regulación autónoma y separada del estado civil, pero se menciona expresamente en algunos artículos de distintos textos legales, fundamentalmente en los siguientes:

  • El Código Civil se refiere al estado civil en el artículo 9.1 cuando establece la ley personal de las personas físicas, y en el artículo 1814, cuando prohíbe transigir sobre el estado civil. Además, regula los aspectos relacionados con su adquisición, modificación o efectos a propósito de la institución civil que lo origine o le afecte.
  • La Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, se refiere al estado civil en distintos artículos. Entre ellos, el artículo 4, al indicar qué hechos y actos son inscribibles; el artículo 5, al definir el contenido del registro individual; el artículo 11, que establece el derecho a la inscripción de los hechos y actos relativos al estado civil; y el artículo 34, que establece la necesidad de coordinarse con el juzgado para los asientos de resoluciones judiciales que afecten al estado civil.

¿Qué circunstancias de la persona determinan el estado civil?

No todas las circunstancias personales que pueden tener acceso al registro individual en el Registro Civil son determinantes del estado civil; solo aquellas a las que la ley vincule unas específicas consecuencias jurídicas. Las principales son:

  • La edad y la emancipación. Determinan la madurez legal de la persona y permiten distinguir entre el menor de edad, el menor emancipado y el mayor de edad, que son fundamentales para conocer el momento en que la persona puede realizar la mayoría de los actos legales de forma independiente.
  • El matrimonio. Define la condición de soltero, casado, divorciado o viudo, y afecta directamente a las obligaciones patrimoniales, al régimen económico aplicable entre los cónyuges y a los derechos sucesorios.
  • La filiación. Es la relación que une a la persona con sus progenitores (sea hijo matrimonial, no matrimonial o adoptivo). Fija los deberes de protección de los padres con respecto a los hijos, la institución de la patria potestad y los derechos hereditarios.
  • La nacionalidad y la vecindad civil. También influyen en el estado civil determinando a qué legislación queda sujeta una persona a lo largo de su vida y en cada circunstancia.

¿Qué otras circunstancias personales no influyen en el estado civil?

Aunque el artículo 4 de la Ley del Registro Civil cita todos los hechos y actos inscribibles en el Registro Civil, no todos ellos determinan el estado civil o le afectan. Hay algunos que solo constituyen atributos de la persona y no constituyen un estado civil por sí mismos.

Así, el nombre, los apellidos o el sexo son atributos identificativos de la personalidad, mientras que el nacimiento o la defunción marcan el inicio y la extinción de la misma.

¿Influyen las uniones de hecho en el estado civil?

No, con carácter general en el derecho común español, la unión de hecho no constituye un estado civil.

Aunque social y fiscalmente las parejas de hecho tienen un reconocimiento creciente, jurídicamente las partes de una pareja de hecho siguen ostentando el estado civil de solteros, divorciados o viudos.

Las razones de que la unión de hecho no constituya un estado civil son:

  • La ausencia de un estado legal único en el Registro Civil central. A diferencia del matrimonio, que se inscribe en el Registro Civil estatal y altera el estatus de las personas a nivel nacional, las parejas de hecho se inscriben en registros administrativos (autonómicos o municipales). Esta inscripción otorga ciertos efectos jurídicos, pero no un "estatus" de estado civil.
  • La falta de vinculación al estatus personal de la capacidad. El estado civil altera la capacidad de obrar o la condición jurídica general de la persona de forma directa. La unión de hecho es un régimen o contrato de convivencia, no una condición de la persona.

Sin embargo, algunas legislaciones autonómicas, como la catalana, otorgan a las parejas de hecho un régimen de derechos y deberes equiparable al matrimonio en aspectos como sucesiones, custodia o vivienda, lo que lleva a parte de la doctrina a hablar informalmente de un estado civil autonómico o estatus de pareja de hecho. Sin embargo, a efectos de la Ley del Registro Civil estatal, el estado civil formal sigue siendo el de soltero.

En el ámbito administrativo también existen consecuencias jurídicas atribuidas a la pareja de hecho registrada, pero se hace para equiparar los derechos de estas a los de los matrimonios, no porque supongan un cambio en el estado civil de la persona.

¿Por qué se debe inscribir el estado civil en el Registro Civil?

El estado civil de una persona no es un asunto meramente privado. Dado que afecta a la capacidad de firmar contratos, contraer deudas o disponer de bienes, debe ser público y verificable por terceros.

Para dotar al estado civil de la necesaria publicidad y hacer esta información fácilmente accesible, existe el Registro Civil, cuya finalidad es inscribir las actas y acontecimientos vitales.

El Registro Civil es un registro público, y las certificaciones expedidas por el mismo son la prueba plena del estado civil de un individuo en cualquier trámite legal o administrativo.

¿Puede variar el estado civil de una persona?

El estado civil no permanece invariable, sino que evoluciona con las distintas etapas y decisiones de la persona, salvo en algunos casos. Algunas de las circunstancias que producen su modificación son:

  • Evolución biológica y legal. Implica pasar de la minoría de edad a la mayoría de edad o a la emancipación.
  • Decisiones personales. Se puede contraer matrimonio, divorciarse o adquirir una nueva nacionalidad.

En cuanto a los sistemas de apoyo a la discapacidad, con la legislación actual, la antigua "incapacitación judicial" y la tutela para adultos han sido eliminadas. Hoy en día, las personas con discapacidad conservan su capacidad jurídica, articulándose medidas de apoyo (como la curatela o la guarda de hecho) ajustadas a las necesidades individuales de cada persona sin alterar su estado civil.

Consultas frecuentes sobre estado civil
Referencias