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Buscar abogado laboralista¿Qué es el preaviso en el despido?
El preaviso en el despido se refiere al plazo de antelación con el que, en ciertas modalidades de despido, el empresario tiene que comunicar por escrito al trabajador su decisión unilateral de extinguir el contrato laboral, antes de que dicha extinción se haga efectiva.
¿Dónde se regula el preaviso en el despido?
El preaviso en el despido se regula en el artículo 53.1.c) del Estatuto de los Trabajadores.
1. La adopción del acuerdo de extinción al amparo de lo prevenido en el artículo anterior exige la observancia de los requisitos siguientes:
(...)
c) Concesión de un plazo de preaviso de quince días, computado desde la entrega de la comunicación personal al trabajador hasta la extinción del contrato de trabajo. En el supuesto contemplado en el artículo 52.c), del escrito de preaviso se dará copia a la representación legal de los trabajadores para su conocimiento.
También puede estar regulado en el convenio colectivo e incluso en el contrato laboral.
¿En qué tipos de despido existe un plazo de preaviso?
Hay dos tipos de despido en los que se establece un plazo de preaviso:
Despido objetivo
En el despido objetivo tiene que respetarse un plazo de preaviso de al menos 15 días naturales, desde la entrega de la comunicación por escrito al trabajador hasta la fecha de efectos del despido.
Despido colectivo
Cuando se produce un despido colectivo, en la notificación individual a cada trabajador, se tiene que respetar nuevamente el plazo de preaviso mínimo de 15 días, ya que el artículo 51.4 del Estatuto de los Trabajadores se remite al artículo 53.1 para que se observen las formalidades del despido objetivo.
4. Alcanzado el acuerdo o comunicada la decisión a los representantes de los trabajadores, el empresario podrá notificar los despidos individualmente a los trabajadores afectados, lo que deberá realizar conforme a lo establecido en el artículo 53.1. En todo caso, deberán haber transcurrido como mínimo treinta días entre la fecha de la comunicación de la apertura del periodo de consultas a la autoridad laboral y la fecha de efectos del despido.
En el caso del despido colectivo, existe otro plazo de preaviso a respetar, si bien en este caso no se refiere al aviso al trabajador. Concretamente, si la empresa va a cerrar, suponiendo el cese definitivo de su actividad, y ello supone el despido de al menos 50 trabajadores, tendrá que notificárselo a la autoridad laboral competente por razón del territorio y al Ministerio de Trabajo y Economía Social, a través de la Dirección General de Trabajo, con una antelación mínima de 6 meses a la comunicación de la apertura del periodo de consultas dirigida por el empresario a los representantes legales de los trabajadores.
Si no es posible respetar este preaviso de 6 meses, se deberá hacer la notificación lo antes posible, y habrá que justificar las razones por las que no se ha podido respetar el plazo.
¿Se puede establecer un plazo de preaviso distinto?
Sí, por convenio colectivo o por contrato laboral se puede disponer un plazo de preaviso diferente al que prevé el Estatuto de los Trabajadores.
Sin embargo, solo puede ser superior a 15 días, en la medida en que estos instrumentos solo pueden mejorar los derechos de los trabajadores, pero nunca empeorarlos.
¿Cómo se da el preaviso en el despido?
El preaviso se da a través de la carta de despido, ya que este es el documento que contiene la fecha de efectos de la extinción de la relación laboral.
En caso de que se trate de un despido objetivo fundado en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (causas ETOP), hay que entregar copia a los representantes legales de los trabajadores.
¿Qué consecuencias legales tiene no respetar el preaviso en el despido?
En caso de que el empresario no respete el plazo de preaviso, tendrá que pagar al trabajador los salarios que correspondan a los días de preaviso no respetados.
El Estatuto de los Trabajadores establece esta consecuencia en el artículo 53.4.c), especificando que el hecho de no conceder el preaviso no conlleva la declaración de despido improcedente.
A efectos prácticos, esto significa que un despido objetivo se puede notificar con efectos incluso inmediatos, conllevando tan solo la obligación del empresario de incluir en el finiquito la suma de los salarios que procedan.
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