Ley de Extranjería
Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social
- TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales
- TÍTULO I. Derechos y libertades de los extranjeros
- CAPÍTULO I. Derechos y libertades de los extranjeros
- Artículo 3. Derechos de los extranjeros e interpretación de las normas.
- Artículo 4. Derecho a la documentación.
- Artículo 5. Derecho a la libertad de circulación.
- Artículo 6. Participación pública.
- Artículo 7. Libertades de reunión y manifestación.
- Artículo 8. Libertad de asociación.
- Artículo 9. Derecho a la educación.
- Artículo 10. Derecho al trabajo y a la Seguridad Social.
- Artículo 11. Libertad de sindicación y huelga.
- Artículo 12. Derecho a la asistencia sanitaria.
- Artículo 13. Derechos en materia de vivienda.
- Artículo 14. Derecho a la Seguridad Social y a los servicios sociales.
- Artículo 15. Sujeción de los extranjeros a los mismos impuestos que los españoles.
- CAPÍTULO II. Reagrupación familiar
- CAPÍTULO III. Garantías jurídicas
- CAPÍTULO IV. De las medidas antidiscriminatorias
- CAPÍTULO I. Derechos y libertades de los extranjeros
- TÍTULO II. Régimen jurídico de los extranjeros
- CAPÍTULO I. De la entrada y salida del territorio español
- CAPÍTULO II. De la Autorización de estancia y de residencia
- Artículo 29. Enumeración de las situaciones.
- Artículo 30. Situación de estancia.
- Artículo 30 bis. Situación de residencia.
- Artículo 31. Situación de residencia temporal.
- Artículo 31 bis. Residencia temporal y trabajo de mujeres extranjeras víctimas de violencia de género o de violencias sexuales.
- Artículo 32. Residencia de larga duración.
- Artículo 33. Régimen de admisión a efectos de estudios, intercambio de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado.
- Artículo 34. Residencia de apátridas, indocumentados y refugiados.
- Artículo 35. Menores no acompañados.
- Artículo 35 bis. Contingencia migratoria extraordinaria para la protección del interés superior de la infancia y la adolescencia migrante no acompañada.
- Artículo 35 ter. Modelo de gestión de contingencias migratorias extraordinarias para la infancia y la adolescencia migrante no acompañada.
- Artículo 35 quáter. Plan de respuesta solidaria ante la situación de contingencia migratoria extraordinaria para la protección del interés superior de la infancia y la adolescencia migrante no acompañada.
- Artículo 35 quinquies. Criterios de aplicación del Plan de respuesta solidaria ante la situación de contingencia migratoria extraordinaria para la infancia y la adolescencia migrante no acompañada.
- CAPÍTULO III. De las autorizaciones para la realización de actividades lucrativas
- Artículo 36. Autorización de residencia y trabajo.
- Artículo 37. Autorización de residencia y trabajo por cuenta propia.
- Artículo 38. Autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena.
- Artículo 38 bis. Régimen especial de los investigadores. (Derogado)
- Artículo 38 ter. Residencia y trabajo de profesionales altamente cualificados. (Derogado)
- Artículo 39. Gestión colectiva de contrataciones en origen.
- Artículo 40. Supuestos específicos de exención de la situación nacional de empleo.
- Artículo 41. Excepciones a la autorización de trabajo.
- Artículo 42. Régimen especial de los trabajadores de temporada.
- Artículo 43. Trabajadores transfronterizos y prestación transnacional de servicios.
- CAPÍTULO IV. De las tasas por autorizaciones administrativas y por tramitación de las solicitudes de visado y de los precios públicos
- TÍTULO III. De las infracciones en materia de extranjería y su régimen sancionador
- Artículo 50. La potestad sancionadora.
- Artículo 51. Tipos de infracciones.
- Artículo 52. Infracciones leves.
- Artículo 53. Infracciones graves.
- Artículo 54. Infracciones muy graves.
- Artículo 55. Sanciones.
- Artículo 56. Prescripción de las infracciones y de las sanciones.
- Artículo 57. Expulsión del territorio.
- Artículo 58. Efectos de la expulsión y devolución.
- Artículo 59. Colaboración contra redes organizadas.
- Artículo 59 bis. Víctimas de la trata de seres humanos.
- Artículo 60. Efectos de la denegación de entrada.
- Artículo 61. Medidas cautelares.
- Artículo 62. Ingreso en centros de internamiento.
- Artículo 62 bis. Derechos de los extranjeros internados.
- Artículo 62 ter. Deberes de los extranjeros internados.
- Artículo 62 quáter. Información y reclamaciones.
- Artículo 62 quinquies. Medidas de seguridad.
- Artículo 62 sexies. Funcionamiento y régimen interior de los centros de internamiento de extranjeros.
- Artículo 63. Procedimiento preferente.
- Artículo 63 bis. Procedimiento ordinario.
- Artículo 64. Ejecución de la expulsión.
- Artículo 65. Carácter recurrible de las resoluciones sobre extranjeros.
- Artículo 66. Obligaciones de los transportistas.
- TÍTULO IV. Coordinación de los poderes públicos
- Artículo 67. Coordinación de los órganos de la Administración del Estado.
- Artículo 68. Coordinación de las Administraciones Públicas.
- Artículo 69. Apoyo al movimiento asociativo de los inmigrantes.
- Artículo 70. El Foro para la Integración Social de los Inmigrantes.
- Artículo 71. Observatorio Español del Racismo y la Xenofobia.
- Artículo 72. Comisión Laboral Tripartita de Inmigración.