¿Por qué motivos se puede desahuciar a un inquilino?

El arrendador puede ejercitar la acción de desahucio contra el inquilino en los siguientes casos:

  • Cuando se produce el impago de la renta o de las cantidades asimiladas (suministros y otros pagos que le correspondan).
  • Cuando expira el plazo de arrendamiento sin prórroga ni tácita reconducción y el inquilino se niega a marcharse, aunque siga pagando la renta.

Además, la Ley de Arrendamientos Urbanos prevé una serie de supuestos de incumplimiento que facultan al arrendador a resolver el contrato, lo que dejaría al inquilino sin un título justo para permanecer en el inmueble y, por tanto, podría ser desahuciado (artículo 27):

  • En caso de alquiler para uso de vivienda o para uso distinto del de vivienda: por impago de la fianza obligatoria, por provocar daños en el inmueble o hacer obras no autorizadas y por llevar a cabo actividades molestas, insalubres, nocivas o peligrosas.
  • En caso de alquiler para uso de vivienda, además: por subarrendar la vivienda sin consentimiento del arrendador y por destinar el inmueble a un uso diferente al de satisfacer la necesidad de vivienda del inquilino.
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