Baja voluntaria

La baja voluntaria es la extinción del contrato laboral basada en la dimisión del trabajador, y en ella debe mediar el preaviso que señalen los convenios colectivos o la costumbre del lugar.
Ideas clave
  • La baja voluntaria se diferencia del abandono del puesto de trabajo en que en la primera el trabajador avisa a la empresa y en el segundo no.
  • La ley no establece cómo presentar la baja, aunque puede hacerlo el convenio. De lo contrario, es importante hacerlo de modo que quede constancia, siendo aconsejable entregar un escrito por duplicado.
  • La principal consecuencia de la baja voluntaria es que el trabajador no tiene derecho a cobrar la prestación por desempleo. Además, al trabajador no le corresponde ninguna indemnización.
  • A falta de previsión por convenio, se aplica el plazo propio de la costumbre del lugar, que frecuentemente es de 15 días, aunque no necesariamente tiene que serlo.
  • El trabajador que presenta la baja voluntaria tiene derecho a finiquito, ya que este derecho opera siempre que se extingue el contrato de trabajo, con independencia de la causa.
  • Si el trabajador no respeta el preaviso, la empresa puede descontar del finiquito los días que falten de preaviso si así se prevé por convenio colectivo o pacto válido.
  • Según el criterio jurisprudencial, el trabajador puede retractarse de la baja voluntaria durante el periodo de preaviso, y la empresa debería admitirlo si no existe un perjuicio real y acreditable.
  • El trabajador no tiene que respetar un tiempo de preaviso para darse de baja si está durante el periodo de prueba.
  • La empresa puede reclamar una indemnización por daños y perjuicios en determinados casos de baja voluntaria.
  • En caso de que el trabajador se encuentre de baja laboral por incapacidad temporal deberá avisar de la baja voluntaria respetando igualmente el plazo de preaviso.

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¿Qué es la baja voluntaria?

La baja voluntaria es la extinción del contrato de trabajo por dimisión del trabajador, y requiere que medie el preaviso señalado en los convenios colectivos o la costumbre del lugar.

¿Dónde se regula la baja voluntaria?

La baja voluntaria está contemplada como causa de extinción del contrato laboral en el artículo 49.1.d) del Estatuto de los Trabajadores, donde además se establece expresamente el requisito relativo al preaviso.

1. El contrato de trabajo se extinguirá:

(...)

d) Por dimisión del trabajador, debiendo mediar el preaviso que señalen los convenios colectivos o la costumbre del lugar.

(...)

Artículo 49.1.d) del Estatuto de los Trabajadores

¿En qué se diferencia la baja voluntaria del abandono del puesto de trabajo?

La diferencia entre la baja voluntaria y el abandono del puesto de trabajo es que en el primer caso el trabajador avisa a la empresa y en el segundo no lo hace.

Es decir, un abandono del puesto de trabajo significa simplemente dejar dicho puesto o no acudir a él sin causa justificada, pero sin comunicar a la empresa la intención de finalizar el contrato de trabajo.

Por lo tanto, cuando el trabajador se da de baja voluntaria, la empresa ya sabe que tiene que prepararle el finiquito correspondiente. En cambio, si abandona el puesto sin más, es necesario ponerse en contacto con él para asegurarse de que su deseo es extinguir la relación laboral.

Además, en caso de abandono del puesto de trabajo, la empresa puede optar por realizar un despido disciplinario, pero las consecuencias no son plenamente equivalentes a las de la baja voluntaria, en especial en materia de desempleo. Mientras que en la baja voluntaria el trabajador, por regla general, no se encuentra en situación legal de desempleo y no puede acceder a la prestación por desempleo, en el despido disciplinario sí existe situación legal de desempleo (sin perjuicio de que el despido pueda ser declarado procedente o improcedente si se impugna). Ahora bien, no habrá derecho a paro tras el despido provocado por el abandono del puesto si se aprecia que, en realidad, se trata de un cese voluntario encubierto. 

En todo caso, la diferencia es que, si se tramita como despido, el trabajador puede impugnarlo; mientras que, si confirma que se trata de una dimisión, ya no habrá despido que reclamar por esa vía.

¿Cómo se debe presentar la baja voluntaria a la empresa?

Legalmente no se exige una forma concreta, pero sí puede hacerlo el convenio colectivo de aplicación a la empresa. En caso contrario, en todo caso, es importante hacerlo de modo que quede constancia de que se ha comunicado la baja a la empresa y que se ha hecho con el plazo de preaviso requerido, para que el empresario no pueda alegar lo contrario.

Lo más correcto es hacerlo entregando un escrito por duplicado a la empresa, quedándose el trabajador una copia sellada por la empresa. En sede judicial se pueden llegar a admitir otros medios como puede ser un email, siempre que permita acreditar de forma fiable el envío, la recepción y el contenido, pero esta es la forma más adecuada y segura de presentar la baja voluntaria.

¿Cuáles son las consecuencias de la baja voluntaria?

La principal consecuencia de que el trabajador se dé de baja voluntariamente es que no tendrá derecho a cobrar la prestación por desempleo, es decir, el paro.

Si luego el trabajador encuentra un trabajo en una nueva empresa y cesa por no superar el periodo de prueba por decisión del empresario, y no han pasado más de tres meses desde que abandonó su anterior empleo de forma voluntaria, tampoco tendrá derecho a cobrar el paro. Si ha transcurrido ese plazo, tendrá derecho a la prestación siempre y cuando cumpla los requisitos para cobrarla.

La otra consecuencia fundamental de darse de baja en el trabajo voluntariamente es que al trabajador no le corresponde indemnización alguna. Las indemnizaciones están contempladas para otras causas de extinción contractual, por ejemplo el despido (salvo el disciplinario, que no conlleva indemnización, sin perjuicio de que se pueda indemnizar si se declara improcedente).

¿Cuál es el plazo de preaviso que tiene que respetar el trabajador?

Como se vio anteriormente, el trabajador debe respetar el plazo de preaviso que en su caso establezca el convenio colectivo. Si este no existe o no dice nada al respecto, debe acudirse a la costumbre del lugar, siendo frecuente que se considere un preaviso de 15 días (este es un dato orientativo, ya que puede que en el sector o empresa exista una práctica distinta acreditable).

¿El trabajador tiene derecho a cobrar finiquito tras la baja voluntaria?

Sí, el trabajador tiene derecho a cobrar finiquito siempre que finalice la relación laboral, con independencia de cuál sea la causa, y aun cuando esta sea un despido disciplinario.

Ello es debido a que, a través del finiquito, la empresa liquida con el trabajador las cantidades pendientes de abonar por cualquier concepto, como pueden ser las vacaciones no disfrutadas.

¿Qué sucede si el trabajador no respeta el plazo de preaviso?

Si el trabajador no respeta el preaviso en una baja voluntaria, la empresa puede descontar del finiquito los días incumplidos solo cuando el convenio colectivo o un pacto válido lo prevea y fije esa consecuencia.

En caso de que no exista esa previsión, no deberá aplicarse un descuento automático. Si la empresa considera que hubo perjuicios, tendrá que reclamarlos por una vía distinta y acreditarlos.

Si el trabajador se da de baja voluntaria y se arrepiente, ¿la empresa tiene que aceptarlo?

La jurisprudencia viene entendiendo que el trabajador puede retractarse de la baja voluntaria durante el periodo de preaviso (es decir, desde que avisa a la empresa de que se va a dar de baja hasta que en efecto se extingue la relación laboral), y la empresa debería admitir esa retractación cuando no exista un perjuicio real y acreditable.

Ello siempre y cuando esto no cause algún perjuicio a la empresa, algo que puede suceder por ejemplo si había contratado ya a otro trabajador. En caso contrario, la empresa debe admitir que el trabajador siga trabajando en ella, porque de no ser así, podría llegar a considerarse un despido improcedente.

Durante el periodo de prueba, ¿el trabajador tiene que respetar un preaviso para darse de baja?

No, porque durante el periodo de prueba se admite que cualquiera de las partes, sea el propio trabajador o la empresa, pueda romper la relación laboral en cualquier momento sin tener que alegar causa alguna frente a la otra parte.

¿Puede hacer alguna reclamación la empresa al trabajador que se da de baja?

Al margen de lo señalado anteriormente respecto al plazo de preaviso, la empresa puede reclamar una indemnización por daños y perjuicios en determinados casos, por ejemplo si el trabajador no ha cumplido un pacto de permanencia recogido en el contrato.

En caso de que el trabajador esté de baja por incapacidad temporal, ¿tiene que avisar de que se da de baja voluntaria?

Sí, si el trabajador se encuentra de baja laboral por incapacidad temporal debe avisar de la baja voluntaria respetando igualmente el plazo de preaviso.

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