El finiquito es un documento en el que se plasma la liquidación final obligatoria que corresponde al trabajador, una vez concluida la relación laboral por la causa que sea. Es decir, que corresponde el finiquito aunque exista un despido sin causa y la correspondiente indemnización por despido, e incluso cuando el trabajador termina la relación laboral por decisión propia.
El finiquito está compuesto por diversos elementos, que reflejan el cierre de las cuentas entre el empleador y el trabajador.
¿Buscas abogado especialista en derecho laboral?
Te ayudamos a encontrar abogado laboralista de confianza en tu zona. Tenemos una amplia red de abogados colaboradores en toda España.
Buscar abogado laboralistaEscoge en qué zona de España quieres buscar abogado:
Consultar abogadoMarco legal del finiquito
Está regulado por:
- El Estatuto de los Trabajadores en sus artículos 3, fuentes de la relación laboral, y 49 sobre extinción de la misma.
- Normas específicas, en caso de existir, del convenio colectivo.
- El Código Civil en todos lo que no establezca dicho marco legal sobre validez de contratos, ya que no existe una normativa especial sobre la forma y contenido del documento de finiquito.
2. El empresario, con ocasión de la extinción del contrato, al comunicar a los trabajadores la denuncia, o, en su caso, el preaviso de la extinción del mismo, deberá acompañar una propuesta del documento de liquidación de las cantidades adeudadas.
El trabajador podrá solicitar la presencia de un representante legal de los trabajadores en el momento de proceder a la firma del recibo del finiquito, haciéndose constar en el mismo el hecho de su firma en presencia de un representante legal de los trabajadores, o bien que el trabajador no ha hecho uso de esta posibilidad. Si el empresario impidiese la presencia del representante en el momento de la firma, el trabajador podrá hacerlo constar en el propio recibo, a los efectos oportunos.
Elementos que integran el finiquito
El documento de saldo y finiquito está integrado por los siguientes elementos:
- Salario de los días trabajados y no cobrados al momento de la baja, generalmente el mes en curso.
- Pagas extra y horas extra trabajadas pendientes de pago. Las horas extras pendientes son las no prorrateadas, porque de lo contrario integran el salario mensual pendiente de pago.
- Importe total correspondiente a vacaciones no disfrutadas. Las vacaciones pendientes se calculan en función de los días trabajados hasta el momento de la finalización del contrato, según lo establecido en el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores. De hecho, el pago de vacaciones no gozadas en caso de finiquito es una de las dos excepciones a la regla de que las vacaciones no pueden ser sustituidas por una suma de dinero. Se deben calcular en forma proporcional a los días trabajados desde el 1 de enero.
- Otros conceptos generados no pagados.
A esta cantidad debe restarse lo que el trabajador adeude a la empresa, como adelantos de sueldo o cualquier otro concepto.
Estos conceptos están sujetos a las contribuciones a la Seguridad Social, es decir que el empleador debe efectuar la cotización.
Análisis del documento de saldo y finiquito
El documento o recibo de finiquito contiene la liquidación correspondiente a la finalización de la relación laboral, es decir los conceptos mencionados en el apartado anterior. No existe un modelo estandarizado, pero sí debe expresar claramente su finalidad y contenidos.
En algunos casos puede obviarse el documento, si la empresa puede demostrar que efectuó el pago correspondiente.
El objetivo de este documento es plasmar la aceptación de las partes en la extinción del contrato de trabajo. Al firmar, el trabajador acepta este hecho y su conformidad con la liquidación de haberes realizada. Es decir, evitar futuros reclamos por parte del trabajador.
La firma del documento prueba que el trabajador ha recibido la suma indicada. Por este motivo es necesario comprobar antes de firmar el finiquito, que la misma ha sido depositada en la cuenta del trabajador.
Disconformidad y conflicto
En caso de que la relación laboral haya finalizado de manera conflictiva, se suele aconsejar a los trabajadores firmar el finiquito "en disconformidad" para poder plantear alguna reclamación más adelante.
Sin embargo, en caso de disconformidad con el contenido del documento, el trabajador no debe firmarlo y sí, en cambio, presentar una papeleta de conciliación ante el servicio de mediación correspondiente a su domicilio. Si esta gestión no prospera, iniciar una demanda ante el Juzgado de lo Social.
En este caso es de aplicación la Ley 30/2011 de la Jurisdicción Social, que prevé las medidas de conciliación o mediación previas y el proceso ordinario.
Por otra parte, junto con el documento, el empleador debe entregar al trabajador:
- El certificado de cotizaciones de la Seguridad Social de los últimos seis meses.
- Los recibos correspondientes a las sumas que recibe.
- Una copia de la baja en la Seguridad Social para que quede constancia de la fecha.
El convenio colectivo de trabajo puede establecer algunos requisitos formales para la cumplimentación del finiquito, por ejemplo, la presencia de un representante legal de los trabajadores en el momento de la firma del recibo.
Plazo del finiquito
No hay un plazo concreto para la firma del documento de finiquito. Depende de la forma en que haya finalizado el contrato de trabajo, aunque es necesario recalcar que el finiquito es obligatorio y siempre corresponde su liquidación y pago, aunque el despido haya sido con causa imputable al trabajador.
- Por despido sin causa: el finiquito se liquida y abona junto con la indemnización.
- Por finalización del contrato acordada: el último día de trabajo.
- Por finalización voluntaria del contrato de trabajo: si no hubo preaviso, dentro de un plazo razonable después del último día trabajado.
- Con preaviso por parte del empleador: junto con la comunicación de la extinción del contrato de trabajo, el empleador debe acompañar una propuesta de documento de finiquito.
Valor liberatorio del finiquito
El documento de finiquito tiene valor liberatorio para las partes y es la prueba de la extinción del contrato laboral.
Sin embargo, el valor liberatorio no supone una renuncia a sus derechos por parte del trabajador, lo cual está prohibido.
De hecho, el valor liberatorio tiene dos limitaciones:
- Existencia de vicios del consentimiento en el momento de ser suscrito.
- Contenido de la declaración, que puede alcanzar derechos irrenunciables o dudas en cuanto a su alcance.
Por este motivo, para que surta efecto el valor liberatorio, debe constar de manera clara e inequívoca la voluntad del trabajador de dar por finalizada la relación laboral.
Invalidez del finiquito
El documento de finiquito es válido si se han cumplido todos los requisitos legales y formales que corresponden.
Es decir, que será inválido si:
- Contiene expresiones ambiguas, o fue firmado antes del último día de trabajo o en blanco.
- Contiene una renuncia a derechos inalienables del trabajador por las leyes o por una sentencia judicial.
- Ha sido suscripto con vicios del consentimiento, como error, dolo, violencia o intimidación.
Impago del finiquito
En caso de que el empleador no proceda a efectuar el pago del finiquito, el empleado tiene derecho a su reclamación durante un plazo no superior a un año, siendo uno de los supuestos dentro de las reclamaciones de cantidad laboral.
Una vez presentada la papeleta y celebrado el acto de conciliación, si no hay acuerdo entre las partes o bien no se presenta la empresa, el trabajador deberá iniciar un procedimiento de demanda por impago de finiquito.
Conclusiones
- El documento de finiquito expresa la extinción del contrato de trabajo y la satisfacción recíproca de deudas y obligaciones pendientes entre el trabajador y la empresa al momento de la finalización.
- No supone la renuncia a derechos inalienables del trabajador.
- Debe suscribirse a la fecha de extinción del contrato laboral, la cual debe constar en el documento.
¿Buscas abogado especialista en derecho laboral?
Te ayudamos a encontrar abogado laboralista de confianza en tu zona. Tenemos una amplia red de abogados colaboradores en toda España.
Buscar abogado laboralistaEscoge en qué zona de España quieres buscar abogado:
Consultar abogado