Abandono del puesto de trabajo

El abandono del puesto de trabajo es un tipo de dimisión por voluntad del trabajador que, sin ningún tipo de preaviso o comunicación, decide no continuar desempeñando sus servicios para la empresa o empleador.
Ideas clave
  • El abandono del puesto de trabajo se caracteriza por la falta de comunicación del empleado a la empresa acerca de su voluntad de dejar de prestar sus servicios en ella.
  • Es un concepto desarrollado por la doctrina, ya que no está recogido en el Estatuto de los Trabajadores ni en ningún otro instrumento legislativo.
  • Si un trabajador abandona su puesto de trabajo no tendrá derecho a cobrar prestación por desempleo.
  • El abandono del puesto de trabajo implica la pérdida del derecho a indemnización en caso de despido.
  • El trabajador que opte por esta vía para romper su relación laboral perderá el derecho a retractarse y no podrá volver a ocupar su puesto en la empresa.
  • Si la empresa o empleador se cerciora de que es un efectivo abandono del puesto de trabajo tendrá legitimación para ejercer un despido disciplinario.
  • El despido disciplinario fundamentado en un abandono del puesto de trabajo puede ser impugnado por el afectado en un plazo de veinte días.

¿Buscas abogado especialista en derecho laboral?

Te ayudamos a encontrar abogado laboralista de confianza en tu zona. Tenemos una amplia red de abogados colaboradores en toda España.

Buscar abogado laboralista

Escoge en qué zona de España quieres buscar abogado:

Consultar abogado

¿Qué es el abandono del puesto de trabajo?

El abandono del puesto de trabajo es la decisión unilateral, por parte del trabajador, que decide ausentarse de su puesto de trabajo indefinidamente y no continuar desempeñando sus servicios, siempre sin realizar ningún tipo de comunicación o preaviso a la empresa.

Esta falta de comunicación a la empresa o empleador y la intención de romper el vínculo laboral son las características que constituyen en esencia esta figura y la distinguen tanto de la baja voluntaria, la cual sí es comunicada por parte del empleado, como de la dimisión o renuncia.

Tanto la dimisión o renuncia como la baja voluntaria se recogen en el Estatuto de los Trabajadores, lo que no ocurre con el abandono del puesto de trabajo, un concepto que se ha ido desarrollando por doctrina jurisprudencial debido a la necesidad de cubrir este vacío legal a consecuencia de la aparición de esta práctica por parte de algunos trabajadores.

El abandono del puesto de trabajo es muy similar a la falta de asistencia, que consiste en aquellos momentos puntuales en los que el empleado no acude a trabajar y no informa del motivo, pero sin abandonar su puesto definitivamente. En este caso se está cometiendo una falta de cumplimiento de obligaciones que puede sancionarse por parte de la empresa, y puede desembocar en un despido disciplinario.

Efectos y diferencias respecto a la baja voluntaria

Además de la comunicación previa por parte del trabajador de querer terminar la relación laboral que le une con la empresa o el empleador, existen otras diferencias que determinan si dicha situación se trata de abandono o de baja voluntaria.

Una de ellas es que con el abandono del puesto de trabajo el empleado pierde su derecho a cobrar la prestación por desempleo. Y en el caso de baja voluntaria, si es contratado posteriormente por otra empresa y dicho contrato se extingue en periodo de prueba o desemboca en un posterior despido, sí tendría derecho a la prestación por desempleo.

Otra diferencia es relativa a la indemnización incluida en el finiquito o liquidación. En el abandono del puesto de trabajo el importe del finiquito que la empresa abonará al trabajador no contemplará nunca los 15 días de preaviso exigidos por ley debido a la falta de comunicación previa. Sin embargo, en la baja voluntaria, si el trabajador ha efectuado la comunicación previa exigida, se le abonará en el finiquito el importe correspondiente a los quince días de preaviso durante los que ha seguido desempeñando su labor.

Por último, en lo que respecta al derecho de retractación, el trabajador lo pierde siempre por abandono del puesto de trabajo y lo mantiene en la baja voluntaria, por lo que tiene derecho a cambiar de opinión y reincorporarse durante el plazo establecido en el preaviso.

Procedimiento en caso de abandono del puesto de trabajo

Inicialmente, el abandono del puesto de trabajo no extingue directamente el contrato de trabajo. En un principio la falta de presencia del trabajador se considerará una ausencia o falta de asistencia que, pasado un tiempo sin comunicación o justificación por parte del empleado, sí puede llegar a dotar de legitimidad a la empresa o empleador para despedirle.

No existe un número determinado de ausencias o faltas que transforme este hecho en un abandono. Si la situación deriva en una serie de faltas de asistencia que inequívocamente se identifican con un ánimo incumplidor por parte del trabajador, el Estatuto de los Trabajadores faculta a la empresa o empleador para que extinga la relación laboral a través de despido disciplinario.

Una vez la empresa se asegura de que se trata de un efectivo abandono del puesto de trabajo, puede efectuar el citado despido y dar de baja en la Seguridad Social al trabajador. Y tras este trámite, el trabajador dispone de un plazo de 20 días para impugnar dicho despido.

De esta manera, podría decirse que la ausencia o falta de asistencia continuada en la práctica pasa a convertirse en un efectivo abandono del puesto de trabajo.

¿Buscas abogado especialista en derecho laboral?

Te ayudamos a encontrar abogado laboralista de confianza en tu zona. Tenemos una amplia red de abogados colaboradores en toda España.

Buscar abogado laboralista

Escoge en qué zona de España quieres buscar abogado:

Consultar abogado

Categorías: Derecho Laboral