Atenuante de embriaguez

Jurídicamente revisado por: Saray Contreras Fresneda
La atenuante de embriaguez implica la intoxicación etílica o influencia del alcohol en la comisión de un delito, y actúa como una circunstancia que mitiga, atenúa o disminuye la gravedad de la pena, por entenderse que el sujeto tiene mermadas sus facultades volitivas e intelectivas en el momento de los hechos debido a ella.
Ideas clave
  • La embriaguez puede reducir la responsabilidad penal cuando afecta a la capacidad de comprender la ilicitud del hecho o de actuar conforme a la ley, modulando la gravedad de la pena.
  • Su tratamiento jurídico es gradual, desde la exención total de responsabilidad hasta simples reducciones de pena según la intensidad con que afecte al comportamiento del sujeto.
  • La eximente completa, aunque no es una atenuante, es de análisis obligado para comprender el alcance de las atenuantes.
  • Para apreciar eximente se exige intoxicación plena en el momento del delito, no buscada para delinquir y con anulación total de las facultades.
  • Si no concurren todos los requisitos de la eximente, puede apreciarse la eximente incompleta, que implica una reducción cualificada de la pena aplicando la inferior en uno o dos grados.
  • La atenuante de grave adicción se aplica cuando el delito se comete impulsado por una dependencia al alcohol, aunque no exista embriaguez en ese momento y supone aplicar la pena en su mitad inferior.
  • La atenuante analógica permite reducir la pena cuando el consumo de alcohol es leve pero suficiente para afectar parcialmente la imputabilidad.
  • La apreciación de cualquiera de estas circunstancias exige prueba suficiente, siendo determinantes los informes médicos y policiales, testimonios y pruebas de alcoholemia.

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¿Qué es la atenuante de embriaguez?

Las circunstancias atenuantes son las que concurren en el sujeto en el momento de cometer un delito alterando su capacidad volitiva e intelectiva, y tienen como efecto una modificación de la responsabilidad criminal con el resultado de mitigar o disminuir la gravedad de la pena. 

En el caso de la embriaguez o intoxicación etílica, esta puede afectar de distintas formas a la capacidad de actuación del sujeto, teniendo como resultado una minoración del reproche penal, que puede ir desde la exención absoluta de la responsabilidad criminal (en el caso de las eximentes) hasta la reducción de la pena, con diferente intensidad, cuando se aprecia como atenuante.

¿Dónde se regula la atenuante de embriaguez?

La atenuante de embriaguez propiamente dicha se encuentra regulada en varios apartados del artículo 21 del Código Penal:

  • En el artículo 21.1.ª, cuando se contempla como eximente incompleta.
  • En el artículo 21.2.ª, si concurre como atenuante de grave adicción al alcohol.
  • En el artículo 21.7.ª, donde puede entenderse incluida en la atenuante analógica.

Además, aunque no se trate de una atenuante, el artículo 20.2º del Código Penal también prevé la circunstancia de intoxicación etílica como una eximente completa por embriaguez.

También resulta de aplicación la jurisprudencia del Tribunal Supremo en reiteradas sentencias, entre ellas, la sentencia número 488/2020, de 1 de octubre, que analiza las circunstancias atenuantes relacionadas con el consumo de alcohol.

¿De qué formas puede actuar la embriaguez como circunstancia atenuante?

Actualmente, el Código Penal enfoca la embriaguez como una circunstancia objetiva que afecta a las facultades volitivas e intelectuales del sujeto, reduciendo su capacidad de entender la ilicitud de sus actos o de actuar conforme a ese conocimiento.

Como consecuencia, plantea distintas posibilidades de reducción de la pena en función del grado en que la circunstancia de embriaguez influye en el comportamiento del autor del delito, yendo desde la eximente completa (y, por tanto, no meramente atenuante), pasando por la eximente incompleta y la atenuante de grave adicción, hasta llegar a la atenuante analógica.

A continuación vamos a analizar todos los supuestos posibles de influencia de la embriaguez en la responsabilidad penal, analizando los requisitos que exigen la ley y la jurisprudencia para apreciar esta atenuante en cada caso.

¿En qué consiste la eximente de embriaguez o intoxicación alcohólica?

La embriaguez puede actuar como circunstancia atenuante, reduciendo la pena, o como eximente, eliminando completamente la responsabilidad penal. Y, aunque en este segundo caso, no se trata de una atenuante, su análisis es necesario para poder abordar el estudio de las atenuantes, ya que es el punto de partida para entender la atenuante de eximente incompleta y, como consecuencia, todas las demás.

El Código Penal contempla la eximente completa de embriaguez en su artículo 20.1º, en los siguientes términos: está exento de responsabilidad criminal quien en el momento de cometer la infracción penal se halle en estado de intoxicación plena por el consumo de bebidas alcohólicas, drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas u otras que produzcan efectos análogos, siempre que dicho estado no haya sido buscado con el propósito de cometerla o no se hubiese previsto o debido prever su comisión, o se halle bajo la influencia de un síndrome de abstinencia, a causa de su dependencia de tales sustancias, que le impida comprender la ilicitud del hecho o actuar conforme a esa comprensión.

Los requisitos para aplicar la eximente completa por embriaguez, por tanto, son los siguientes:

  • El autor de los hechos debe encontrarse en un estado de intoxicación plena por consumo de alcohol o bajo la influencia del síndrome de abstinencia por su dependencia al alcohol.
  • Ese estado debe producirse en el momento preciso de cometer el acto delictivo.
  • No puede haber sido un estado de embriaguez o de síndrome de abstinencia deliberadamente buscado por el sujeto para ayudarse a cometer los hechos.
  • Dicho estado debe suponer que el sujeto no pueda comprender la ilicitud del hecho cometido o actuar conforme a esa comprensión, es decir, debe tener alteradas totalmente su entendimiento o su voluntad.

Como consecuencia de apreciar la concurrencia de la eximente completa, no se aplicará pena alguna al autor de los hechos.

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¿En qué consiste la eximente incompleta de embriaguez?

Como consecuencia de la imposibilidad de aplicar la eximente completa por faltar alguno de sus requisitos, el artículo 21.1.ª del Código Penal contempla, entre las circunstancias atenuantes, la eximente incompleta, que es una atenuante cualificada. Lo hace de forma general, para cualquier caso en el que no concurran todos los elementos propios de la eximente completa de que se trate, y, por tanto, es aplicable igualmente a la circunstancia de embriaguez.

De ese modo, es posible apreciar una eximente incompleta de embriaguez cuando falta algún requisito no esencial de la eximente completa. La diferencia entre requisitos esenciales y no esenciales es fundamental, ya que la falta de un requisito esencial tiene por efecto no apreciar atenuante alguna, mientras que la falta de uno no esencial permite aplicar la eximente incompleta.

Según la jurisprudencia del Tribunal Supremo, existe eximente incompleta cuando la intoxicación no es plena, pero la perturbación es muy importante, aunque no llega a anular la capacidad de comprensión o la voluntad de actuar conforme a ella.

¿Qué efecto tiene en la pena la eximente incompleta o atenuante cualificada de embriaguez?

Como consecuencia de apreciar la eximente incompleta de embriaguez, el órgano juzgador aplicará la pena inferior en uno o dos grados a la señalada por la ley, teniendo en cuenta el número y entidad de los requisitos que falten o concurran, así como las circunstancias personales del autor, sin perjuicio de la aplicación del artículo 66 del Código Penal, que establece las reglas de aplicación de la pena cuando existen una o varias atenuantes o agravantes.

¿En qué consiste la atenuante de grave adicción al alcohol?

Cuando la capacidad del sujeto se ve afectada con menor intensidad a consecuencia del consumo del alcohol, cabe la posibilidad de apreciar la atenuante de grave adicción prevista en el artículo 21.2.ª del Código Penal, que contempla la circunstancia de actuar a causa de una grave adicción al alcohol, entre otras sustancias posibles.

La norma no exige que el sujeto se encuentre en estado de embriaguez, sino que la causa de sus acciones delictivas sea su grave adicción al alcohol. Por ejemplo, cabría apreciarla si se ve inclinado a cometer un robo para conseguir dinero para comprar alcohol, debido a la dependencia que sufre. En estos casos, se entiende que el sujeto tampoco actúa con total libertad para dirigir su comportamiento, y, como resultado, su responsabilidad criminal se ve atenuada.

¿Cómo se aplica la pena cuando hay atenuante de grave adicción?

Si únicamente concurre la atenuante de grave adicción al alcohol, los tribunales deberán aplicar la pena señalada para el delito de que se trate en su mitad inferior.

¿En qué consiste la atenuante analógica de embriaguez?

Continuando con la escala de gradación de la pena según la intensidad con la que incide la embriaguez en el comportamiento del autor del delito, el último grado que se puede apreciar es el de la circunstancia atenuante analógica.

Esta atenuante está prevista en el artículo 21.7.ª como “atenuante de análoga significación a las anteriores”, y que actúa como cláusula general para todos aquellos supuestos en los que se entiende que la responsabilidad criminal debe ser atenuada, pero no concurre ninguna atenuante expresamente regulada.

El Tribunal Supremo entiende que se puede aplicar esta atenuante analógica cuando, como consecuencia de un consumo de alcohol de menor intensidad, la capacidad del sujeto se vea afectada y, por tanto, también su responsabilidad criminal, ya que se supone que la voluntad legislativa no pretendía negar todo efecto atenuante a una situación en la que existe un aminoramiento de la imputabilidad que, aunque es menor, existe.

Para poder apreciar esta atenuante será necesario probar que el consumo de alcohol, aunque fuera ocasional y más leve que en el caso de la intoxicación plena, alteró la voluntad o el entendimiento del sujeto en el momento de cometer los hechos. 

¿Qué pena se aplica cuando concurre la atenuante analógica?

Si solo concurre esta circunstancia atenuante, se deberá imponer la pena fijada para el delito en su mitad inferior. 

La importancia de la prueba para la aplicación de la atenuante de embriaguez

En cualquiera de los casos estudiados, la prueba de la afectación de las facultades del sujeto es fundamental: 

  • La eximente completa no se aplica automáticamente, sino solo si el juez o tribunal estima que se ha probado la concurrencia de todos los requisitos exigidos. La falta de prueba suficiente de uno de ellos, aunque haya existido, puede suponer que se aplique la eximente incompleta o que incluso no se aprecie ninguna atenuante, dependiendo de que se trate de un requisito no esencial o uno esencial.
  • Ocurre igual en el caso de las circunstancias atenuantes propiamente dichas, donde la falta de prueba suficiente puede implicar que dejen de aplicarse o que solo sea posible apreciar una atenuante de menor grado.
  • Los medios de prueba pueden ser variados, pudiendo consistir en el testimonio de testigos que puedan acreditar que el sujeto se encontraba en estado de embriaguez o nervioso por influencia del alcohol, las declaraciones de la policía que haya detenido al autor de los hechos, la declaración de este mismo o las pruebas de detección de alcohol en sangre que se le hayan podido practicar en el momento de detenerlo o posteriormente.
  • No basta con probar que existió consumo de alcohol o influencia del alcohol de algún modo, sino que habrá que probar que dicho consumo afectó a las facultades de entendimiento o la voluntad del sujeto, haciendo que no fuera plenamente consciente o responsable de su comportamiento.

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Revisado por expertos
Saray Contreras Fresneda
  • Saray Contreras Fresneda
  • Abogada especialista en derecho penal
  • 7 años en ejercicio
  • Colegio de Abogados de Madrid (nº 131.327)
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