Artículo 2034 del Código Civil y Comercial

Artículo 2034. Condominio de árboles y arbustos.

Es medianero el árbol y arbusto contiguo o encaballado con relación a muros, cercos o fosos linderos, tanto en predios rurales como urbanos.

art 2034 CCCN

Para profundizar:
Índice: