Artículo 2021 del Código Civil y Comercial

Artículo 2021. Facultades materiales. Prolongación.

El condómino puede adosar construcciones al muro, anclarlas en él, empotrar todo tipo de tirantes y abrir cavidades, aun en la totalidad de su espesor, siempre que del ejercicio regular de ese derecho no resulte peligro para la solidez del muro.

art 2021 CCCN

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