Artículo 2022 del Código Civil y Comercial

Artículo 2022. Prolongación del muro.

El condómino puede prolongar el muro lindero en altura o profundidad, a su costa, sin indemnizar al otro condómino por el mayor peso que cargue sobre el muro. La nueva extensión es privativa del que la hizo.

art 2022 CCCN

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