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Buscar abogado inmobiliario¿Qué es la demolición de obra ruinosa?
La acción de obra ruinosa está dirigida a instar un procedimiento sumario por el que el demandante solicita la demolición de una obra, árbol, edificio, columna o cualquier otro objeto similar que se encuentre en estado ruinoso y que, en caso de derrumbe, pueda causar daños a personas o cosas.
El procedimiento para la solicitud de demolición de obra ruinosa se sustancia por los cauces del juicio verbal, y sustituye al antiguo interdicto de obra ruinosa.
¿Dónde se regula la demolición de obra ruinosa?
El artículo 389 del Código Civil contempla la obligación del propietario de un edificio, pared, columna, o cualquier otra construcción que amenace ruina, de demolerla o ejecutar las obras necesarias para evitar su caída.
El artículo 250.1.6.º de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece que se decidirán por juicio verbal las demandas que pretendan, de forma sumaria, la demolición o derribo de una obra, edificio, árbol, columna o cualquier otro objeto análogo en estado de ruina que amenace causar daños al demandante.
¿Cuáles son las características del procedimiento de demolición de obra ruinosa?
El procedimiento de demolición de obra ruinosa se caracteriza por las siguientes notas:
- Es un procedimiento sumario, donde la posibilidad de alegar y de aportar y practicar pruebas es limitada, y que se sustancia en un plazo breve, ya que precisa de una respuesta urgente.
- No tiene efecto de cosa juzgada, por lo que queda abierta la posibilidad de acudir a un procedimiento declarativo que verse sobre el mismo objeto, y donde ambas partes tengan la oportunidad de profundizar más en sus razones y en la defensa de sus derechos (artículo 447.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
- La acción puede ser interpuesta por cualquier persona que se sienta amenazada de algún modo por la posible caída del elemento que se pretende demoler.
- El procedimiento se debe dirigir contra el propietario del elemento que amenaza ruina.
- Se pretende la demolición o derribo de la obra, árbol o elemento, por lo que cualquier otra pretensión debe ser discutida en otro procedimiento diferente no sumario.
- El elemento en cuestión debe encontrarse en estado ruinoso y amenazar con provocar daños a causa de su caída.
- Es un procedimiento que se desarrolla por los cauces del juicio verbal.
¿En qué consiste el procedimiento de demolición de obra ruinosa?
El procedimiento sumario para instar la demolición de una obra ruinosa tiene carácter eminentemente oral, salvo por el hecho de que tanto demanda como contestación a la demanda deben presentarse por escrito.
La demanda se presentará ante el juzgado de primera instancia del lugar donde radique el elemento ruinoso, y deberá indicar los medios de prueba que se proponen, siendo estos limitados debido al carácter sumario del procedimiento.
Admitida la demanda, el demandado tendrá un plazo de 10 días para contestar, pero sin posibilidad de plantear reconvención (demandar a su vez al demandante).
En los escritos de demanda y contestación, ambas partes deben pronunciarse sobre la necesidad de celebrar una vista, dictándose sentencia sin más trámites en caso de no ser necesaria.
Si se celebra la vista, y el demandante no comparece, se le tendrá por desistido en la demanda, con la correspondiente imposición de costas. En caso de que sea el demandado quien no comparezca, el juicio continuará sin él.
Es posible que las partes lleguen a un acuerdo extrajudicial, en cuyo caso, pedirán al juez que lo homologue. Si no hay acuerdo, continuará la vista con la práctica de las pruebas.
Al término del acto de la vista, las partes formularán sus conclusiones oralmente, y conforme a todo lo actuado, el juez dictará sentencia, en la que podrá ordenar el derribo del elemento ruinoso.
La apelación de la sentencia por el demandado no suspenderá la ejecución de la orden de derribo.
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