La pensión compensatoria es una medida que se aplica a uno de los cónyuges afectados monetariamente por la separación o divorcio cuando este hecho ha causado un desmejoramiento en su estatus de vida social y económico. Es una medida muy diferente a la pensión de alimentos.
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Quiero un abogadoDiferencias la entre pensión compensatoria y la pensión alimenticia
Suele confundirse la pensión compensatoria con la pensión alimenticia, si bien son dos conceptos diferentes.
La pensión alimenticia se refiere a la obligación de los progenitores de proporcionar a los hijos la alimentación, la educación, el vestido, la asistencia médica y el hogar.
Por el contrario, la pensión compensatoria va más allá de eso, se trata de una indemnización que se le otorga a uno de los cónyuges como compensación al tiempo que estuvieron juntos y este no pudo desarrollarse económicamente por atender labores propias de la familia. También cuando la ruptura causa un desequilibrio económico que afecta al estatus social y económico de uno de los cónyuges.
¿Cuándo se otorga la pensión compensatoria?
Es importante señalar que la figura de pensión compensatoria no aparece de manera explícita en el Código Civil federal de México, sino que se hace mediante el Derecho comparado de los códigos civiles de los distintos estados de México.
En ese sentido, la pensión compensatoria se otorga a petición de una de las partes, normalmente la mujer, por ser la que tradicionalmente se encarga del cuidado del hogar y los niños y desatiende su desarrollo económico.
Es importante señalar que esta petición se debe realizar en el momento en el que se inician los trámites de divorcio o separación, ya que, luego de haberse producido legalmente la separación, no es aplicable esta medida.
Para que se considere viable el otorgamiento de la pensión compensatoria es necesario que se cumplan los siguientes aspectos.
- Que el desequilibrio económico haya afectado a uno solo de los cónyuges. Es decir, si la disolución de la sociedad conyugal o matrimonio causó un cambio drástico y desfavorable en la economía de ambos, por ejemplo, la liquidación de algún negocio común o el cese de alguna actividad económica de servicios que ambos ofrecían, no es procedente el otorgamiento de la pensión a ninguna de las partes.
- Que se haya producido un desmejoramiento claro y drástico en su economía. Se debe comprobar que la separación ha causado un cambio realmente verdadero en la economía del cónyuge afectado. Normalmente, se da en los casos en los que la esposa no desarrollaba ninguna actividad económica porque atendía las labores domésticas y el cuidado y educación de los niños. En estos casos, al producirse la separación, esta queda desamparada al no tener los medios y las herramientas para mantener el estatus de vida que venía disfrutando cuando vivía con su pareja y este le proveía todos los recursos económicos necesarios.
- Que esta pensión sea solicitada por el cónyuge. Este beneficio debe ser solicitado por la persona afectada cuando esta presume que la separación le causara un impacto económico negativo y la otra parte tiene la capacidad económica de acuerdo a su profesión o actividades comerciales de suministrar una indemnización por un tiempo determinado o prolongado.
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Quiero un abogado¿Cómo determinar el importe por concepto de pensión compensatoria?
Una vez establecido que se efectuará la entrega de la pensión compensatoria, se debe proceder a determinar el monto por el cual se estipulará.
Este se determinará con base en un acuerdo entre las partes interesadas; es importante aclarar que esta medida no corresponde con una igualación patrimonial entre los dos cónyuges, sino que más bien se trata de una compensación por el tiempo y trabajo invertidos en el matrimonio, como en el caso de las labores domésticas, las cuales son consideradas bajo la legislación mexicana como cualquier otro trabajo tradicional que debe ser compensado económicamente.
Las circunstancias que deben tomarse en consideración al momento de determinar el monto de la pensión incluyen: la edad, ya que esto determinara la posibilidad de obtener recursos; el estado de salud, si es una persona con enfermedad crónica o terminal, esto le impedirá desarrollar actividades laborales; su cualificación profesional y su posibilidad de acceder a empleos bien remunerados; la duración del matrimonio y cómo se desarrollaron las convivencias; en conjunto, la suma del caudal y los medios económicos con los que cuenten ambos cónyuges se tomarán en consideración al momento de determinar el monto.
De igual manera, hay que determinar el tiempo y la forma por cuál se recibirá dicho beneficio. Estos podrían ser los siguientes.
- Un pago único o una cantidad fijada cada cierto tiempo (podría ser quincenal, mensual, etc.).
- Una cantidad fija o un porcentaje que dependa del usufructo o ganancia de algún medio de producción.
- Se debe establecer de acuerdo a las características de la persona si esta pensión será temporal o vitalicia.
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