El concubinato o unión libre es una relación de convivencia de pareja, y consiste en que dos personas viven juntas y mantienen una relación afectiva y estable. Se refiere a una relación similar al matrimonio, pero sin estar legalmente casados.
Se le puede llamar también unión libre, porque no existe un contrato o un vínculo formal reconocido por la ley. Para que una relación de pareja sea considerada como concubinato debe cumplir con determinadas condiciones, como el tiempo de vivir juntos o los hijos en común, que determinará la legislación correspondiente.
Elección del concubinato
La elección del concubinato puede depender de distintas razones, por ejemplo, la preferencia personal de las personas involucradas o las limitaciones legales o culturales para contraer matrimonio.
Por lo tanto, las parejas pueden elegir el concubinato como una alternativa al matrimonio legal, y puede ser porque no desean los compromisos y obligaciones legales asociados al matrimonio o porque no pueden casarse debido a restricciones legales o religiosas. Aunque, nuevamente, las razones pueden cambiar dependiendo de la legislación.
Requisitos del concubinato en México
En México el concubinato depende de la legislación de cada estado de la República. Por lo tanto, los requisitos para que exista la figura jurídica del concubinato varían, pero algunos de los más generales son:
- Unión voluntaria entre dos personas. En algunos casos no hay limitaciones, pero en otros puede referirse específicamente a la unión de un hombre y una mujer, como el Código de Familia para el Estado de Sonora.
- La ausencia de impedimentos legales que impidan que esas dos personas contraigan matrimonio.
- El hecho de que esas dos personas hayan vivido juntas de manera constante y permanente durante un periodo de tiempo establecido por la ley aplicable. Algunos códigos, como el del Distrito Federal, establecen un periodo de dos años, mientras que otras leyes, como la de Coahuila o Veracruz, establecen un periodo de tres años.
- No será necesario cumplir con el periodo de tiempo establecido por las leyes si los concubinos tuvieron un hijo en común antes de ese plazo.
Efectos legales del concubinato
El concubinato existe porque la unión entre dos personas tiene efectos legales, aunque no haya matrimonio.
Por ejemplo, el artículo 1635 del Código Civil Federal menciona al concubinato como una relación que da el derecho a heredarse recíprocamente en caso de muerte de una de las partes y bajo determinadas condiciones.
La concubina y el concubinario tienen derecho a heredarse recíprocamente, aplicándose las disposiciones relativas a la sucesión del cónyuge, siempre que hayan vivido juntos como si fueran cónyuges durante los cinco años que precedieron inmediatamente a su muerte o cuando hayan tenido hijos en común, siempre que ambos hayan permanecido libres de matrimonio durante el concubinato.
Si al morir el autor de la herencia le sobreviven varias concubinas o concubinarios en las condiciones mencionadas al principio de este artículo, ninguno de ellos heredará.
Lo mismo sucede en el caso de hijos producto de una relación de concubinato, estos en México tienen los mismos derechos que los nacidos de un matrimonio.
Se presumen hijos del concubinario y de la concubina:
- Los nacidos después de ciento ochenta días contados desde que comenzó el concubinato;
- Los nacidos dentro de los trescientos días siguientes al en que cesó la vida común entre el concubinario y la concubina.
El concubinato también protege a las personas que han elegido este tipo de relación. Por ejemplo, el Código Civil Federal dice en el artículo 302 que los concubinos que cumplen con los requisitos para serlo tienen el derecho a recibir alimentos de la otra parte, justo igual que las parejas unidas en matrimonio.
Los cónyuges deben darse alimentos; la Ley determinará cuando queda subsistente esta obligación en los casos de divorcio y otros que la misma Ley señale. Los concubinos están obligados, en igual forma, a darse alimentos si se satisfacen los requisitos señalados por el artículo 1635.
Además, el artículo 323 ter dice que la violencia en este tipo de relación tiene el estatus y consecuencias correspondientes a la violencia familiar. Estos ejemplos indican que el hecho de que no haya matrimonio no quiere decir que no existan derechos y obligaciones legales para la pareja.
Los integrantes de la familia están obligados a evitar conductas que generen violencia familiar.
Por violencia familiar se considera el uso de la fuerza física o moral, así como las omisiones graves, que de manera reiterada ejerza un miembro de la familia en contra de otro integrante de la misma, que atente contra su integridad física, psíquica o ambas independientemente de que pueda producir o no lesiones; siempre y cuando el agresor y el agredido habiten en el mismo domicilio y exista una relación de parentesco, matrimonio o concubinato.
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