La emancipación es un concepto jurídico cuya acción implica que un menor de edad se libera de la tutela o la patria potestad que ejercen sobre él sus padres. Todo esto con el fin de que él pueda administrar sus bienes y ejercer su autonomía personal.
La emancipación, según la ley
En México, una persona alcanza la mayoría de edad a los 18 años. Sin embargo, es posible que se emancipe a partir de los 16. Debe reclamar que su integridad y sus derechos, como menor de edad, han sido descuidados por parte de sus padres o sus tutores.
En atención a lo anterior, el menor puede asistir a una corte judicial para hacer la solicitud de emancipación. Si dicha solicitud procede o no, será decisión del juez.
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Quiero un abogadoCondiciones de la emancipación
Cuando un menor se emancipa o se libera de la tutela de sus padres, puede disponer de sus bienes. No obstante, hay ciertas limitantes para dicha disposición hasta que cumpla los 18 años. El artículo 643 del Código Civil Federal lo expone de la siguiente manera:
El emancipado tiene la libre administración de sus bienes, pero siempre necesita durante su menor edad:
I. De la autorización judicial para la enajenación, el gravamen o la hipoteca de bienes raíces.
II. De un tutor para negocios judiciales.
Algunas limitaciones que derivan de esta norma para el menor son:
- No puede solicitar créditos bancarios.
- No puede solicitar préstamos.
- No puede tramitar documentos relacionados con inmuebles.
- No puede administrar, individualmente, establecimientos comerciales.
- No puede hacer intercambios de objetos de gran valor por compra y venta.
Motivos para solicitar la emancipación
Un adolescente, a partir de sus 16 años, puede solicitar su emancipación alegando los siguientes motivos:
- Sus padres o tutores no son responsables económicamente.
- Se siente maltratado psíquica o físicamente por parte de sus representantes legales.
- Ya la tiene o pronto cumplirá la mayoría de edad.
- Desea cumplir con el servicio militar.
- Por matrimonio. Solo es aplicable en algunos Estados de la República mexicana.
En 2019 quedaron derogados los artículos del Código Civil para que un menor de edad no pueda emanciparse por matrimonio. Esto se debe a que, en la ley que protege a los menores de edad, se considera una interrupción de la infancia el contrato matrimonial.
El artículo 641 fue uno de los derogados y planteaba lo siguiente:
El matrimonio del menor de dieciocho años produce, de derecho, la emancipación. Aunque el matrimonio se disuelva, el cónyuge emancipado, que sea menor, no recaerá en la patria potestad.
Artículo 641 del Código Civil Federal (derogado)
Pero el Congreso, desde la capital, fue muy claro con la siguiente aclaración:
El juez del Registro Civil que autorice un matrimonio, teniendo conocimiento de que uno o ambos contrayentes son menores de dieciocho años, de que hay impedimento legal o de que este se ha denunciado, será castigado como lo disponga el Código Penal, además de ser cesado de sus funciones para ejercer el cargo.
Por otro lado, aunque un menor de edad tenga hijos o esté en espera de uno, no es motivo suficiente para la emancipación. Debe cumplir ciertos requisitos.
Exigencias para la emancipación
Solicitar la emancipación exige ciertos requerimientos. Los pasos deben cumplirse conforme a la ley y, para ello, se tendrán en cuenta ciertas pautas, tales como:
- Fundamentación de que los tutores o padres fallan en la responsabilidad adquirida en la crianza del menor de edad.
- La edad del menor debe ser entre 16 y 17 años.
- Debe estar en buena condición económica y mental para poder manejarse por sí solo.
- Presentar un permiso de emancipación por parte de sus representantes legales.
Procedimiento jurídico
Hay ciertos pasos a seguir, dentro del marco legal, cuando se solicita la emancipación:
- Debe redactarse un documento con la solicitud y ser avalado por un notario público.
- El notario remitirá el documento a un juez de competencia en el Registro Civil de la zona que corresponda.
- El juez hará una notificación a los padres o representantes para que testifiquen.
- De acuerdo a lo fundamentado, el juez decidirá si aprueba o no la solicitud del menor de edad para emanciparse.
- Tener en cuenta que, una vez la emancipación es aprobada por el juez, no podrá revocarse.
Reformas pendientes
Aun cuando ha sido derogada la ley que implicaba a menores de edad en contrato matrimonial, todavía se discuten otras reformas. Sobre todo, lo referente a las condiciones de la emancipación. En el dictamen sobre las propuestas de reforma, se hace la observación sobre el concepto de emancipación y la acción que deriva de él.
Esto significa que emanciparse legalmente no debería tener condiciones sobre el manejo de los bienes. Dado que el objetivo es que se disminuya, en el menor, la incapacidad de ejercer autonomía sobre sus bienes. De lo contrario, la emancipación no será tal cosa si aún debe depender de la autorización de sus padres. Lo que significaría un vacío de derecho sobre la solicitud de emancipación y el libre ejercicio de la autonomía del menor.
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