El derecho civil es la rama del derecho privado que se encarga de regular los temas que tienen que ver con las personas, bienes, sucesiones, obligaciones y contratos.
Es decir, se ocupa de los derechos y obligaciones de los individuos o, como su nombre lo dice, de los ciudadanos y sus vínculos privados. Significa que se encarga de situaciones como el estado civil, propiedades, herencias, divorcios o nacionalidad, entre muchos otros temas.

El Derecho Civil es la rama del Derecho que se dedica a estudiar y regular los distintos aspectos en la vida civil de las personas.
Componentes del derecho civil mexicano
En México existe un Código Civil Federal para todo el país y, además, cada estado de la república tiene su propio código civil, que son similares entre sí y que regulan los elementos del derecho civil.
Por parte del Estado mexicano, cuando tiene que intervenir en el derecho civil cuenta con las autoridades judiciales, el Registro civil, notarios públicos, actuarios, corredores públicos y el Registro Público de la Propiedad. Estos elementos trabajarán según la legislación del lugar donde se produzcan los actos jurídicos.
Temas principales del derecho civil
Podría decirse que el derecho civil mexicano contempla cinco subgéneros o temas principales.
Personas
El primero de ellos son las personas, las cuales pueden ser físicas o morales.
Por personas físicas se refiere a los individuos que tienen derechos desde el nacimiento hasta su fallecimiento. Por personas morales (también denominadas personas jurídicas) se refiere a asociaciones y sociedades civiles, es decir, grupos que forman una entidad.
Familia
El segundo tema del derecho civil es la familia.
Esta se entiende como el conjunto de personas unidas por matrimonio o filiación. Lógicamente, se trata de la regulación de las relaciones personales y patrimoniales de los miembros de las familias en México.
Sucesión
En tercer lugar, está la sucesión, la cual se refiere al derecho con mortis causa de adquirir bienes y derechos.
En la práctica, se trata de la herencia de un difunto, la sucesión de sus propiedades, derechos y obligaciones que no se pierden con la muerte. Esta puede ocurrir de forma testamentaria, que es cuando se deja por escrito en testamento la sucesión de los bienes antes de la muerte, o legítima, que se refiere a la sucesión por disposiciones legales en caso de que no haya un testamento.
Contratos
El cuarto tema son las obligaciones jurídicas o vínculo jurídico existente entre dos o más personas.
Básicamente se refiere al tema de los contratos que crean obligaciones para una de las partes (unilaterales) u obligaciones recíprocas entre todas las partes (bilaterales y multilaterales). Por ejemplo, se pueden establecer contratos de compraventa, contratos de arrendamiento, contratos de prestación de servicios profesionales, de hipoteca, entre muchos otros.
Bienes
En quinto lugar, se encuentra la categoría de los bienes.
La norma se encarga de regular la utilización y disfrute de los bienes. Se establece la diferencia entre tener la propiedad y la posesión. El primero se refiere a ser legalmente el dueño de un bien y la posesión es el disfrute, goce o uso de ese bien.
Un ejemplo muy claro es el arrendamiento de una vivienda, donde una persona concede el uso de su propiedad a otra, que pasará a tener la posesión de dicho bien.
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