El modelo 600 es el documento que se presenta en la Agencia Tributaria para el pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD).
Este impuesto grava tres tipos de operaciones:
- Transmisiones Patrimoniales Onerosas (TPO): recae sobre las transferencias de bienes o derechos entre personas a cambio de una contraprestación económica, como por ejemplo, la compraventa de viviendas entre particulares.
- Actos Jurídicos Documentados (AJD): grava las escrituras ante el notario o los trámites en el Registro Mercantil.
- Operaciones societarias: recae sobre la constitución o liquidación de las empresas, las aportaciones de socios o las ampliaciones o disminuciones de capital, entre otros.
¿Quién debe presentar y pagar el ITPAJD?
El obligado a presentar el modelo 600 es aquella persona que obtiene el bien o el derecho patrimonial. El perceptor del bien es el sujeto pasivo, que es, a su vez, quien hace frente al pago del impuesto, ya que es sobre el que recaen todas las obligaciones tributarias.
El pago del ITPAJD varía de una Comunidad Autónoma, aunque el tipo de gravamen puede oscilar entre el 1% y el 7%. Asimismo, en cada territorio, pueden existir supuestos que den lugar a una reducción del impuesto.
Un ejemplo común en muchas Comunidades Autónomas es el pago del ITP reducido cuando se compran viviendas habituales y se cumplen ciertos requisitos.
¿Cómo se rellena el modelo 600?
El modelo 600 está dividido en seis páginas y siete bloques:
- Bloque I: son los datos del sujeto pasivo y del transmitente.
- Bloque II: es la naturaleza del acto, es decir, si se trata de una transmisión patrimonial onerosa, de una operación societaria o de un acto jurídico documentado.
- Bloque III: son los datos del bien o derecho objeto de gravamen. En el supuesto de inmuebles, hay que añadir la referencia catastral y la dirección.
- Bloque IV: es la liquidación en sí misma, se indica la base imponible del bien, el tipo aplicable y la cantidad a ingresar.
- Bloque V: se incluyen los datos del sujeto pasivo.
- Bloque VI: se indica el importe del impuesto.
- Bloque VII: es la página en la que se firma el modelo 600.
El plazo para pagar el impuesto es de 30 días a contar desde la adquisición del bien. La presentación del modelo se puede realizar de forma telemática, con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve Pin, o presencialmente, realizando el pago en las oficinas de las entidades colaboradoras de la AEAT.