Artículo 398 del Código Penal

Son y se reputan llaves falsas: los garabatillos, ganzúas, llaves maestras y cualesquiera otras; y otros instrumentos de que se valga el culpable para abrir los cerrojos, candados cerraduras de las puertas, ventanas, armarios y demás muebles cerrados, cuando aquellas no sean las que el propietario, huésped inquilino usaba para ese objeto.

art 398 cp