Artículo 396 del Código Penal

Se comprende en las categorías de las fracturas interiores: el simple hurto de cajas, cajitas, fardos dispuestos con embalajes, y otros muebles cerrados que contengan efectos, sean cual fueren éstos, y aunque la fractura no se opere en el lugar en que se cometió el robo.

art 396 cp