Error vencible

Jurídicamente revisado por: Jaime Sevillano Bolaños
El error vencible modifica la responsabilidad criminal cuando concurre en la comisión de un delito, y es aquel que se podría haber evitado si la persona hubiera aplicado la diligencia exigible.
Ideas clave
  • El error vencible puede ser de tipo o de prohibición, tipologías que se identifican en gran parte con los antiguos errores de hecho y de derecho.
  • El error vencible puede recaer sobre los elementos del tipo o sobre una circunstancia cualificadora de este o agravante de la responsabilidad penal.
  • La concurrencia de error vencible atenúa la responsabilidad penal.
  • El error vencible sobre una circunstancia cualificadora del tipo o sobre una agravante tiene como efecto que no se tenga en cuenta.
  • Quien alega la concurrencia de un error vencible debe probarlo.
  • En ningún caso se puede apreciar como error un error burdo, es decir, un error inaceptable por referirse a normas básicas de convivencia.

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¿Qué es el error vencible?

El error vencible es el que se puede evitar si el sujeto aplica la diligencia exigible. Cuando concurre en la comisión de un delito, su apreciación tiene como consecuencia la atenuación de la responsabilidad penal o la no apreciación de una circunstancia agravante.

Existe error vencible cuando el sujeto duda sobre la licitud de su conducta, y aun así no hace un esfuerzo suficiente para informarse y disipar sus dudas, o cuando, aun no habiendo dudas, en su caso resulta exigible un esfuerzo mayor de reflexión e información que el que realiza.

Para poder apreciar la concurrencia de error vencible en la conducta del sujeto, es preciso definir el alcance del deber de información que recae sobre dicho sujeto.

¿Dónde se regula el error vencible?

El artículo 14 del Código Penal regula el error vencible junto al error invencible, y se refiere tanto al error de tipo como al error de prohibición.

¿Qué tipos de error vencible existen?

El error puede recaer sobre el cumplimiento de los elementos del tipo penal o sobre el carácter ilícito del hecho, dando lugar a un error de tipo y a un error de prohibición, respectivamente.

¿Cuándo hay un error de tipo vencible?

El sujeto incurre en un error vencible de tipo cuando cree equivocadamente que en el hecho que realiza no se dan los presupuestos de la conducta penal. 

Por otro lado, el error de tipo puede recaer sobre los elementos que configuran la conducta punible o sobre una circunstancia que la cualifica o agrava. 

Como ejemplo de error vencible de tipo, se puede mencionar el de hurtar un objeto ajeno creyendo que está abandonado, sin confirmar las dudas de que puede pertenecer a una persona que se encuentra en las proximidades. En este caso, el sujeto cree erróneamente (pero de forma evitable) que no está cometiendo un hurto porque el objeto no es de nadie.

¿Cuándo hay un error de prohibición vencible?

Existe error vencible de prohibición cuando el sujeto cree equivocadamente que la conducta que está realizando no es ilícita, pero podría haberlo sabido si hubiera aplicado el esfuerzo de investigación exigible en su caso.

Por ejemplo, hay error vencible de prohibición cuando el sujeto abofetea a su cónyuge pensando que la ley nacional lo permite, solo porque en su país de origen es una conducta lícita, pero habría salido de su error si se hubiera informado mínimamente.

¿Qué se tiene en cuenta para apreciar un error vencible?

La doctrina entiende que hay error vencible cuando se dan los siguientes presupuestos: 

  • Que el sujeto tuviera considerables motivos para informarse y no lo hiciera.
  • Que, en caso de informarse, no acudiera a una persona versada en derecho.
  • Que, teniendo dudas, no dedique los esfuerzos necesarios para disiparlas.

Por tanto, el carácter vencible del error depende en gran parte de las circunstancias particulares del sujeto, ya que la diligencia exigible y los motivos para informarse no son iguales para todas las personas (por su formación, entorno sociocultural, educación, procedencia, etc.).

¿Cuáles son los requisitos del error vencible?

La sentencia del Tribunal Supremo número 602/2015, de 13 de octubre, define los requisitos para poder apreciar error vencible:

  • El error debe consistir en una creencia errónea basada en el desconocimiento o en un conocimiento equivocado.
  • Debe ser probado de forma indubitada y palpable por quien lo alega.
  • No se apreciará error en caso de hechos que se entienden ilícitos de forma notoria y clara, es decir, en caso del llamado error burdo (todo el mundo sabe que lesionar a otro está mal y es antijurídico).
  • Se debe apreciar que el sujeto no hizo todo lo razonablemente exigible para aclarar su duda sobre el hecho (en caso de haberlo hecho, es error invencible).

¿Cómo se resuelve la concurrencia de error vencible en la comisión de un delito?

Las consecuencias del error vencible a favor del reo son más limitadas que en el error invencible, ya que en el error vencible se entiende que el sujeto no aplicó la diligencia exigible para salvar la equivocación.

El artículo 14 del Código Penal establece las normas para la aplicación de la pena en caso de error vencible:

  • Si el error vencible es de tipo o de hecho, y recae sobre los elementos de la conducta punible, esta se castigará como imprudente, en caso de que el ordenamiento prevea la comisión imprudente del delito.
    • No obstante, una parte de la doctrina entiende que el artículo se refiere a que se aplicarán las normas de determinación de la pena para delitos imprudentes, se contemple o no en el Código Penal la comisión imprudente del delito.
  • Si el error vencible es de tipo, y recae sobre una circunstancia agravante del tipo o sobre una agravante, estas no se tendrán en cuenta. 
  • Si el error vencible es de prohibición o de derecho, se aplicará la pena inferior en uno o dos grados. 

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Revisado por expertos
Jaime Sevillano Bolaños
  • Jaime Sevillano Bolaños
  • Abogado especialista en derecho penal
  • 1 año en ejercicio
  • Colegio de Abogados de Madrid (nº 142.115)
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