Demanda colectiva

La demanda colectiva es un instrumento creado por la Unión Europea para canalizar la defensa de intereses colectivos de los consumidores en una sola acción frente a actos de empresarios que infrinjan las disposiciones del derecho de la Unión.
Ideas clave
  • La demanda colectiva trata de canalizar las pretensiones individuales de un número elevado de consumidores afectados por una práctica empresarial en relación con determinados sectores.
  • La demanda colectiva supone un ahorro de recursos judiciales y la apertura de una vía de reclamación para particulares que no encuentran otra forma de defender sus intereses particulares.
  • Los requisitos y características de las demandas colectivas están regulados por la Directiva UE 2020/1828, que los Estados miembros deben transponer a sus legislaciones.
  • En España, la ley que transpone la directiva se encuentra aún en fase de anteproyecto.
  • La demanda colectiva debe ser interpuesta por las entidades habilitadas y ante los juzgados de primera instancia.
  • La pretensión puede consistir en la adopción de medidas cautelares y/o de medidas de reparación o resarcitorias.
  • Tanto el proceso como la sentencia vinculan a todos los que cumplan los requisitos para ser afectados, salvo que manifiesten su voluntad expresa de ser excluidos.

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¿Qué es una demanda colectiva?

La demanda colectiva es un mecanismo creado por la Directiva de la Unión Europea sobre acciones representativas para la protección de los intereses colectivos de los consumidores.

La finalidad de dicho mecanismo es canalizar la acción representativa de una colectividad de consumidores que buscan un resarcimiento en forma de adopción de medidas cautelares o de reparación. 

La demanda colectiva puede implantarse en cada Estado miembro en los términos establecidos en la Directiva o bien ser el resultado de la adaptación a esta de los mecanismos de demanda colectiva preexistentes en el Estado miembro.

Su ámbito de aplicación se circunscribe a la legislación en materia de consumo.

¿Dónde se regula la demanda colectiva?

La definición y el ámbito de aplicación de la demanda colectiva está regulada en la Directiva UE) 2020/1828 sobre acciones representativas para la protección de los intereses colectivos de los consumidores, también llamada Directiva para la acción representativa o RAD. 

¿Cuál es la razón de la existencia de la demanda colectiva?

La demanda colectiva nació para dar salida a la inquietud de los consumidores, que hasta el momento decidían no actuar para defender sus intereses por motivos como los siguientes:

  • La escasa cuantía de la reclamación.
  • El convencimiento de que la reclamación no encontraría una solución satisfactoria.
  • La desventaja de su posición frente a las grandes empresas contra las que desean reclamar.
  • La creencia de que la reclamación implica una gran inversión de tiempo.
  • El desconocimiento de contra quién y cómo dirigir su reclamación.

En última instancia, la demanda colectiva se creó para permitir el acceso de los consumidores a la justicia e igualar las condiciones en que consumidores y comerciantes participan en el mercado.

¿Cuáles son las ventajas de la demanda colectiva?

El mecanismo de representación colectiva al que da forma la demanda colectiva permite ahorrar recursos en el ámbito de la Administración de Justicia, de modo que los tribunales no se colapsen por la existencia de miles de demandas individuales con la misma pretensión.

Al mismo tiempo, permite facilitar la reclamación a cada uno de los consumidores sumándolos a una acción colectiva, con más posibilidades de éxito.

¿Para qué sectores está pensada la demanda colectiva?

La demanda colectiva se puede aplicar en reclamaciones de consumidores a empresas con relación a los sectores de actividad que establece la Directiva 2020/1828, entre otros:

  • Derechos generales de los consumidores.
  • Servicios financieros.
  • Servicios de suministro de energía.
  • Derechos de los pasajeros de tren, avión, autobús o autocar.
  • Salud.
  • Cosmética.
  • Protección de datos.
  • Servicios de telecomunicaciones.
  • Seguridad alimentaria.
  • Protección del consumidor frente a la publicidad engañosa y la publicidad comparativa.

¿Qué tipos de medidas se pueden obtener con una demanda colectiva?

Las acciones representativas colectivas tienen por objetivo lograr la adopción de medidas cautelares o medidas de reparación, o ambas conjuntamente:

Medidas cautelares

Sin perjuicio de que los perjudicados por una determinada práctica pueda interponer también acción individual para pedir medidas de reparación, la demanda colectiva puede ir encaminada a obtener medidas cautelares, con el fin de que se corrija la mala práctica de cara al futuro. 

Por ejemplo, se puede solicitar que se modifique el etiquetado de un producto, o que se eliminen cláusulas abusivas en un contrato, o que se complete una determinada información sobre un servicio.

Medidas de reparación

Son las que van destinadas a resarcir a los perjudicados por los daños, y consisten en la indemnización, reparación, sustitución, reducción del precio, reembolso del precio pagado o rescisión de un contrato, según el caso.

¿Cómo se aplica la Directiva 2020/1828 en España?

Los Estados miembros de la Unión Europea tienen que transponer la Directiva, es decir, adaptar sus legislaciones a las normas establecidas en ella.

En España, se ha dictado el Anteproyecto de Ley de acciones de representación para la protección de los intereses colectivos de los consumidores, pero aún no se ha promulgado la ley correspondiente, aunque la tramitación del anteproyecto avanza favorablemente.

¿Dónde se debe presentar una demanda colectiva?

Tanto el tribunal como la autoridad administrativa competente para conocer de una determinada demanda colectiva depende de cada Estado miembro. 

En lo que respecta a España, el anteproyecto de ley establece la competencia de los juzgados de primera instancia (sustituido por la sección correspondiente del Tribunal de Instancia) del lugar del domicilio del demandado y la canalización de la demanda por los cauces del juicio verbal, aunque con un plazo de contestación a la demanda más amplio, y con la obligación de celebrar una vista en todos los casos.

No obstante, con anterioridad a la interposición de la demanda, el anteproyecto impone el requisito de reclamación previa al empresario o profesional para intentar una solución extrajudicial del litigio.

¿En qué consiste el procedimiento para resolver las acciones de representación?

De acuerdo con la regulación prevista en el anteproyecto de ley, en España, las acciones que busquen obtener medidas cautelares se tramitarán conforme al juicio verbal, con algunos ajustes para adaptarlo a las peculiares circunstancias de la demanda colectiva.

En cuanto a las acciones que pretendan la adopción de medidas de reparación o acciones de representación resarcitorias, se ha previsto un procedimiento especial, debido a la imposibilidad de encajar los requisitos del procedimiento a los cauces del juicio verbal o del juicio ordinario.

¿En qué consiste el procedimiento especial para las acciones colectivas resarcitorias?

La mayor especificidad radica en los efectos de la resolución, ya que la acción, el proceso y su resultado vincularán a todos los sujetos titulares de derechos o intereses lesionados por la conducta ilícita de que se trate, salvo que soliciten expresamente su desvinculación. Es lo que se denomina sistema opt-out

En algunos casos excepcionales, no obstante, podrá el tribunal establecer el sistema contrario, opt-in, por el cual solo quedan vinculados quienes lo soliciten expresamente.

Admitida la demanda, las partes serán convocadas a una audiencia de certificación, donde se verifica que se dan las condiciones de homogeneidad de las pretensiones para que resulte legítima la acción colectiva.

La audiencia acabará con el auto de certificación, por el que se determina el ámbito subjetivo, es decir, qué consumidores y usuarios se verán afectados por el proceso.

Como novedad añadida, la nueva normativa prevé la difusión y publicidad de las sentencias de este tipo de procesos, y la creación de una plataforma electrónica especial para cada proceso por la que se pueda transmitir fácilmente la información a todos los afectados.

Por último, todas las demandas presentadas que se admitan a trámite, así como los autos y sentencias que recaigan en el proceso y otra información relevante, se inscribirán en el Registro Público de Acciones de Representación, con sede en el Ministerio de Justicia.

¿Quién puede interponer una demanda colectiva?

De acuerdo con el anteproyecto de ley en España, están legitimados para interponer una demanda colectiva:

  • Las entidades habilitadas de acuerdo con lo dispuesto en la Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios. 
  • Las entidades habilitadas designadas en otros Estados miembros de la Unión Europea para el ejercicio de acciones de representación transfronterizas con antelación a la conducta infractora y que figuren en la lista que publica la Comisión Europea.
  • El Ministerio Fiscal, así como otras entidades habilitadas, podrán personarse en los procesos promovidos por cualquier entidad habilitada, si lo estiman oportuno para la defensa de los intereses que representan.

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