Ministerio Fiscal

El Ministerio Fiscal es un órgano del Estado que tiene por misión promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público.

El Ministerio Fiscal cumplirá su misión de oficio o a petición de los interesados. Velará igualmente por la independencia de los tribunales.

Ministerio fiscal

El Ministerio Fiscal es un órgano del Estado que tiene por misión promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad.

A pesar de su origen monárquico y medieval, y de su tardía consagración constitucional y de su carácter residual, es ahora un ente abstracto que tiene a su cargo la pretensión punitiva del Estado.

La pretensión punitiva es el concepto que permite al Estado cumplir con el cometido contenido en la advertencia punitiva de las normas penales y sancionadoras, y formalizar la contra motivación y el reproche jurídico que deben recibir las conductas delictivas. Hecho esto por representación popular.

Como su nombre lo indica, el Ministerio Fiscal representa al pueblo para promover un proceso contra un acto lesivo, para obtener la responsabilidad que las normas establecen.

A tal efecto, el Ministerio Fiscal es el órgano del Estado cuya función es obtener justicia mediante el ejercicio formal de una pretensión que se eleva a la consideración del Poder Judicial, que juzga y resuelve en algunos casos, incluso la procedencia de las causas penales.

Funciones del Ministerio Fiscal

También el Ministerio Fiscal tiene otras funciones relevantes, nada menos que representar al interés general en otras materias y procedimientos que no son exclusivamente penales.

Debe promover todas las acciones relativas al mantenimiento del interés general, incluso aquellas que puedan resultar contrarias a este, aunque provengan del mismo Estado. Es por ello que debe velar por la observancia de la aplicación de los derechos al ciudadano.

En cualquier proceso, administrativo, civil o penal, el Ministerio Fiscal tiene que tener como objetivo el cumplimiento de todas las garantías, y obtención del cumplimiento de todos los plazos, formalidades, así como el respeto a las instituciones.

Bajo la custodia del Ministerio Fiscal debe prevalecer siempre la legalidad, incluso en casos de conflicto de poderes o competencias, o jurisdicciones.

Otras funciones del Ministerio Fiscal son:

  • Velar por la protección procesal de las víctimas y la protección de los testigos y peritos.
  • Prestar auxilio judicial internacional, tal como está dispuesto en las leyes, tratados y convenios internacionales.
  • Intervenir en los procesos judiciales de amparo y en los casos en que se traten asuntos de inconstitucionalidad.
  • Mantener la integridad de la jurisdicción de los jueces y tribunales, manteniéndose vigilante en casos de conflictos de jurisdicción y cuestiones de competencia.

El Ministerio Fiscal está integrado al Ministerio de Justicia. Su labor está sujeta a la legalidad, a la imparcialidad, y existe dentro de la corporación el principio de dependencia jerárquica de la Fiscalía General del Estado.

Áreas de actuación del Ministerio Fiscal

Tres grandes áreas de actuación definen al Ministerio Fiscal. Estas son:

La defensa de la legalidad

El Ministerio Fiscal tendrá la potestad de intervenir para controlar el funcionamiento del poder judicial, para que la justicia se obtenga mediante el cumplimiento de las garantías constitucionales.

Igualmente, tiene la potestad de intervenir en asuntos vinculados al estado civil de las personas, en materia de menores y entredichos, puede interponer recursos contencioso-administrativos cuando se trata de someter al control jurisdiccional los actos del poder público.

Dentro de esta última categoría hay que destacar el control de su constitucionalidad a través de su cauce más inmediato: el amparo constitucional en defensa de la legalidad, tal y como prescribe el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.

El ejercicio de la pretensión punitiva del estado

Además de su actuación en otras instancias procesales, en otras jurisdicciones distintas a la penal, El Ministerio Fiscal tiene el monopolio del ejercicio de las acciones penales correspondientes al enjuiciamiento de todos aquellos delitos de acción pública.

Este órgano sería el cauce más importante que el Estado puede utilizar para forzar al cumplimiento de la ley, tanto en función persecutoria como penitenciaria. La utilización de la violencia legítima como práctica de política criminal es un mandato constitucional reservado, entre otros órganos del Estado, al Ministerio Fiscal.

Actuando dentro de los límites de su oficio, el Ministerio Fiscal puede oponerse al enjuiciamiento penal promovido por otros órganos, si lo considera procedente. Estamos en este caso en presencia de una función controladora del funcionamiento de la justicia.

Tiene vocación totalitaria la potestad punitiva del Ministerio Fiscal, su criterio crea el estándar para identificar los límites de la transgresión en más de un sentido. La posibilidad de instruir directamente el procedimiento penal relativo a la responsabilidad penal de los menores da cuenta de ello.

Mantener la jurisdicción

El Ministerio Fiscal es algo así como rector de la legalidad procesal. Para poder garantizar el debido proceso al que todo ciudadano tiene derecho, el Ministerio Fiscal tiene potestades amplias para actuar dentro y fuera del proceso, como en el caso del amparo extraordinario.

De esta forma, puede el Ministerio Fiscal intervenir en la regulación de la Jurisdicción, materia cada vez más compleja. Con ello se evidencia que también tiene la posibilidad de crear el estándar de la legalidad dentro del proceso. No menos importante es la facultad de velar que se cumplan las resoluciones judiciales.

Principios de actuación del Ministerio Fiscal

El Ministerio Fiscal ejerce sus funciones por medio de órganos propios y sigue los principios de unidad de actuación y dependencia jerárquica, actuando siempre orientado por la legalidad e imparcialidad.

Esto está establecido claramente en los principios de actuación que rigen su actuación:

  1. Principio de legalidad. Es prácticamente una enorme presunción de Estado la que permite afirmar que todas las actuaciones del Ministerio Fiscal se ajustan a la regla de derecho y son amparadas por el carácter intrínseco de la legalidad contenida en todos los niveles normativos.
  2. Principio de jerarquización. Suele señalarse que, a diferencia del carácter autónomo de los jueces, que no pueden sino ser autónomos, los fiscales pertenecen a una estructura jerárquica encabezada por el Fiscal General del Estado.