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Consultar abogado¿Qué es la custodia compartida en México?
La custodia compartida es una modalidad que permite al menor hijo de padres divorciados cohabitar y convivir con ambos sin necesidad de estar en un único domicilio.
Debido a lo complejo que resulta para un menor de edad decidir con quién quedarse cuando sus padres se divorcian, es posible, en atención al mayor beneficio para él, que sus padres celebren un convenio de custodia compartida. Esta figura procura equiparar de la manera más apegada la vida en familia, con la diferencia de que los entonces cónyuges, ahora están separados.
Sin embargo, se asemeja a la vida en común previa al divorcio, porque ambos conservan sobre su menor la patria potestad, la obligación y derecho de brindar cuidados, educación, corrección y disciplina, otorgar permisos, manutención y cualquier situación que al hijo concierne.
¿Cómo funciona la custodia compartida?
Este régimen se ejecuta en dos modalidades, de entre las cuales optarán el padre o madre, dependiendo de diversos factores, como las necesidades específicas del menor, capacidad económica de los padres, distancias, disponibilidad de tiempo, entre otros.
- Un domicilio familiar: para esta forma, el menor habita permanentemente en un domicilio asignado para ello, y son el padre o madre quienes se trasladan a este, turnándose, para no dejar al hijo solo.
- Entre las ventajas de esta modalidad, está que el menor tiene un sentido de pertenencia mayor hacia su espacio, y puede fijar una rutina más exacta respecto a las distancias de traslado a la escuela y otras actividades, así como formar amistades dentro de una zona específica, sin necesidad de cambiar o alejarse constantemente de ellas.
- Como desventaja, se encuentra la principal que es la económica, pues para que esto funcione, es necesario tener tres domicilios diversos, el del padre, la madre y el familiar, donde convivirán indistintamente con el hijo.
- Domicilios separados: en esta dinámica, solo existen dos domicilios, el del padre y la madre, y es el menor quien tiene que ser trasladado a uno u otro.
- Entre las ventajas, contrario a la variedad ya mencionada, no hay tanta carga económica, puesto que solo se mantiene el hogar de cada cónyuge, conforme a su capacidad.
- Sin embargo, puede ser complejo para el menor tener que moverse constantemente de domicilio.
Cualquiera que sea la modalidad por la que se opte, podrá ser de cambio diario, semanal, mensual, anual, o como lo decidan los padres y sujeto a revisión del juez.
¿Se puede cambiar de una custodia compartida a un régimen de guarda y custodia a favor de un único progenitor?
Este cambio será posible únicamente si por la situación específica, resulta en mayor beneficio para el menor, ya sea porque se demuestre que uno de los padres no está pasando el tiempo suficiente con el menor, que le descuida, entre otros motivos que logren probarse ante el juez.
¿Si se deja de otorgar pensión alimenticia, se suspende la custodia compartida?
No, la ley no permite usar la suspensión de la custodia como medida de apremio para que el deudor alimentario cumpla con su obligación, pues se considera que la custodia es una manera de hacer la vida del menor más digna, saludable y plena; es decir, se ve como un derecho del menor, y no del padre.
Por lo que suspender la custodia compartida a causa de incumplimiento de la obligación de pensión, resulta de algún modo en un castigo para el menor también.
Por lo tanto, lo que hay que hacer si el deudor incumple, es dar aviso al juez para que este lo requiera, y le imponga los apercibimientos pertinentes, como pérdida de la patria potestad (que esa sí puede ser suspendida), alguna medida de embargo para asegurar el pago, e incluso, la inscripción del deudor en el Padrón de Deudores Alimentarios Morosos.
¿Cómo obtener esta modalidad de custodia?
Para acordar de manera formal que habrá custodia compartida, los padres podrán, si es que llegan a un acuerdo, manifestar su deseo al juez desde que presenten su convenio de divorcio, o den contestación a la demanda, dependiendo del caso. Y deberán asentar por escrito todo lo referente a la dinámica que llevarán: cuál modalidad regirá, quiénes y cuántos son los menores, qué días convivirán o si lo harán de manera más informal deben establecer parámetros mínimos (3 días a la semana para la madre, por ejemplo), en qué domicilio será, quién llevará al menor en caso de que sea él quien se traslade de domicilio, y demás aspectos que sea necesario precisar.
El juez revisará este convenio, y si lo encuentra ajustado a derecho y adecuado para las necesidades del menor, lo aprobará para que así sea ejecutado.
Conclusión
La custodia compartida en México es un régimen mucho más conveniente para que el menor pueda seguir recibiendo cuidado, atención y cariño de sus padres aún cuando vivan separados por causa de su divorcio.
Es una modalidad más flexible que se puede adaptar mientras exista disposición de ambas partes para lograr que el menor no solo conviva, sino cohabite con ambos, madre y padre.
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