Se comprende en las categorías de las fracturas interiores: el simple hurto de cajas, cajitas, fardos dispuestos con embalajes, y otros muebles cerrados que contengan efectos, sean cual fueren éstos, y aunque la fractura no se opere en el lugar en que se cometió el robo.
art 396 cp
- Código Penal Dominicano
- LIBRO TERCERO: De los crímenes y delitos y su castigo
- TÍTULO II: Crímenes y delitos contra los particulares
- Capítulo II: Crímenes y delitos contra las propiedades
- TÍTULO II: Crímenes y delitos contra los particulares
- LIBRO TERCERO: De los crímenes y delitos y su castigo