En el estudio de los delitos, existe la posibilidad de que un delito sea cometido a través de diversas acciones, así como también puede pasar que diversos delitos sean cometidos con una sola acción. Cuando esto ocurre se le conoce como concurso palabra derivada de concurrir que significa coincidir en el tiempo. Entonces cuando hablamos de concurso de delitos lo que literalmente queremos decir es delitos que se cometen al mismo tiempo.

El concurso de delitos consiste en la acumulación de varias conductas punibles que se cometen al realizar un único hecho ilícito.
Para la legislación penal en México, existen dos tipos el concurso ideal y el concurso material. El primero según el Código Penal Federal es cuando con una sola conducta se cometen varios delitos y el segundo cuando con diversas conductas relacionadas entre sí se comenten varios delitos.
Ahora bien, si con varias conductas se comete un solo delito no hay concurso, si las conductas son idénticas o se trata de la misma se puede hablar de un "delito continuado" (artículo 19 del Código Penal Federal), en cambio si las conductas son distintas pero sirven como antecedente para llegar a la comisión de un delito (por ejemplo falsificar o robar un documento puede ser el antecedente de un fraude, o causarle lesiones a alguien puede ser previo a matarlo) se les entiende como medio para la comisión por lo que no se sancionan como delitos independientes.
Dentro de los concursos ideales, nos encontramos ante dos supuestos posibles:
- El primero es que la misma acción infrinja diversas leyes. Pensemos por ejemplo en chocar un automóvil donde al momento se puede perfeccionar el daño en propiedad ajena, el homicidio y las lesiones culposas. A este supuesto se le conoce como concurso ideal heterogéneo.
- El segundo supuesto es que la acción infrinja solo un precepto varias veces. Nuevamente pensemos en el accidente de tránsito, pero esta vez únicamente acontece que haya personas que pierdan la vida en el accidente, se tendría por concretado el homicidio varias veces. A este otro supuesto se le llama concurso ideal homogéneo.
Una posibilidad adicional es que los delitos se cometan en dos acciones no relacionadas sino por una tercera acción, a esto se conoce como unidad de acción por efecto de abrazamiento.
La sanción por los delitos cometidos en concurso ideal es de acuerdo al artículo 64 del Código Penal Federal es la del delito que merezca la sanción más alta, más la mitad (como máximo) de las sanciones de los otros delitos, de igual manera se podrán aplicar sin limitación las otras sanciones (las que no sean penas de cárcel, como multas y la reparación del año) que correspondan a estos últimos.
El concurso real, también llamado material, sustancial, efectivo o concurrencia de una pluralidad de hechos, es estudiado por los juristas en términos de la acumulación procesal, y como se verá posteriormente los efectos que esto tiene en su sanción. Esta figura, más allá de una cuestión de justicia persigue disminuir la impunidad de los delitos, al hacer que en caso de que en un juicio se persigan diversos delitos cometidos en concurso real, si alguno o algunos no fueren acreditados (no se convenciera al juez de la culpabilidad del acusado) los delitos restantes podrán ser castigados. Además, permite aplicar al acusado las medidas de seguridad necesarias para el delito más grave, impidiendo que se dé a la fuga o cause algún perjuicio a sus víctimas o intimide o dañe a los testigos.
La sanción para el concurso real, de acuerdo al artículo 64 del Código Penal Federal, es la resultante de cada uno de los delitos cometidos sin más limitación que la de no rebasar los sesenta años que establece el artículo 25 del citado código como pena máxima para cualquier delito.
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