La palabra jurisdicción proviene del latín iurisdictio, y significa declarar el derecho. La Jurisdicción es la potestad del Estado de poder aplicar el derecho, por medio de tribunales y jueces, con el objetivo de imponer la voluntad sobre otros de manera irrevocable y definitiva.
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Quiero un abogado¿Qué es la jurisdicción en México?
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es la encargada de regular la jurisdicción en México a través de su Artículo 124, y además de existir jurisdicción nacional, también existe jurisdicción en los Estados y Municipios para determinar el límite territorial que ejerce una autoridad, es decir, que se limitan las atribuciones y facultades de la autoridad según su territorio y materia de competencia. Se tiene entonces que, son diferentes las atribuciones federales a las estatales y municipales.
Las facultades que no están expresamente concedidas por esta Constitución a los funcionarios federales, se entienden reservadas a los Estados o a la Ciudad de México, en los ámbitos de sus respectivas competencias.
Artículo 124 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Jurisdicción y competencia judicial
La jurisdicción se define como las atribuciones que tiene el Estado, es decir el país, de imponer su autoridad por medio de las leyes y de los tribunales según la materia a cuestionar; por su parte, la competencia judicial es el poder que tiene cada tribunal o juzgado y magistrado o juez en determinado caso o asunto según el lugar donde se encuentre.
Características de la jurisdicción en México
- Constitucional. Nace de la necesidad de la delimitación legal del territorio basándose en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, o Carta Magna; el Poder Judicial de la Federación contiene la Función Judicial en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y sucesivamente se deposita en los Tribunales Colegiados y Tribunales Unitarios de Circuito, así como en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y el Consejo de la Judicatura Federal. La Carta Magna, en sus Artículos 116 y 122, establece que las funciones judiciales de los Estados y Ciudad de México corresponden a sus respectivos tribunales.
- Eficaz. Ya que es definitiva e irrevocable, produciendo efecto de la cosa juzgada.
- Única. Por ser una sola, indistintamente al nivel al que se refiera, ya que puede ser federal, local o municipal.
- Indelegable. Pues solo recae en las figuras que lo ocupan, como el tribunal y jueces.
Tipos de jurisdicción en México
La jurisdicción se clasifica en las siguientes formas:
Jurisdicción voluntaria y contenciosa
- Jurisdicción voluntaria. En esta no existe controversia, los afectados o interesados acuden ante tribunal o juzgado con el propósito de requerir una intervención, en este tipo de jurisdicción no se requiere una cuestión contradictoria o controvertida.
- Jurisdicción contenciosa. Precisa que exista una controversia para que sea originada, es más común que la voluntaria.
Jurisdicción federal, local y concurrente
- Jurisdicción federal. Le corresponde al Poder Judicial de la Federación.
- Jurisdicción local. Le corresponde al Poder Judicial de cada uno de los Estados de la República Mexicana.
- Jurisdicción concurrente. Le corresponde la jurisdicción a los dos niveles, federal y local, según la controversia sobre la que versa la materia.
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Quiero un abogadoJurisdicción según la rama legal
El Poder Judicial de la Federación hace una división de la jurisdicción, según las ramas legales le corresponde el tipo de juzgado o tribunal.
- Mercantil y civil. Se depositan en los juzgados civiles y de lo familiar.
- Penal. Se depositan en los juzgados penales.
- Laboral. Sus controversias se depositan en las Juntas de Conciliación y Arbitraje.
- Fiscal. Los abarca el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.
- Contencioso administrativo. Los resuelven los tribunales de lo contencioso administrativo.
- Amparo. Se depositan ante el Poder Judicial de la Federación donde colaboran además el Poder Judicial Estatal según corresponda, cuando lo permita la propia Ley de Amparo.
Jurisdicción general y particular
- Jurisdicción general. Se conocen todas las controversias según los límites establecidos que son correspondientes por nivel, pudiendo ser federal o local.
- Jurisdicción particular. Se enfoca en la especialización de los propios jueces o magistrados por materia legal.
Jurisdicción propia y jurisdicción delegada
- Jurisdicción propia. No requiere que algún órgano indistinto le atribuya la función jurisdiccional.
- Jurisdicción delegada. En esta interviene en conjunto otro órgano jurisdiccional, para una expedita resolución.
Jurisdicción judicial y jurisdicción arbitral
- Jurisdicción judicial. La desempeña el Estado, o país, por medio de los órganos especializados.
- Jurisdicción arbitral. Se limita en la resolución de problemas civiles como alimentos, divorcios, entre otros que sean de acción penal.
Jurisdicción judicial, jurisdicción administrativa, jurisdicción legislativa.
- Jurisdicción judicial. Circunscribe Juzgados y Tribunales del Poder Judicial de la Federación.
- Jurisdicción administrativa. Le pertenece al Poder Ejecutivo, le corresponden aquellos que diriman controversias administrativas y fiscales.
- Jurisdicción legislativa. Le competen los problemas electorales.
Luego entonces, se tiene que, jurisdicción es el acto de la autoridad correspondiente y competente, de resolver alguna controversia cuando se han vulnerado las leyes establecidas en el territorio mexicano. Además, es requisito indispensable, ordenado por la Carta Magna, que todo magistrado o juez debe ser imparcial, es decir, que sean ajenos por cuanto hace a los intereses de las partes involucradas; por lo tanto, ni jueces ni magistrados deben tener parentesco alguno con las partes, ni amistad o interés; debiendo resolver con base en los principios de legalidad y justicia dando a cada uno lo que le corresponde.
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