La doble nacionalidad es la condición de ser nacional de dos países de manera simultánea. Las personas que disfrutan de esta doble nacionalidad obtienen un vínculo jurídico con ambas naciones.

La doble nacionalidad es la condición de ser nacional de dos países de manera simultánea.
Los ciudadanos gozan de beneficios de residencia, oportunidades de trabajo y tienen además sus responsabilidades como tales.
Asimismo, con el fin del cumplimiento con la legislación se otorga una nacionalidad de preferencia, que por lo general es aquella en la que se fija domicilio.
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Consultar abogadoModos de obtener la doble nacionalidad española
La obtención de la nacionalidad en España se puede realizar a través de diferentes métodos.
Doble nacionalidad para españoles de origen
El Código Civil Español establece los supuestos en que una persona puede solicitar la doble nacionalidad cuando se es español de origen. Estos son:
- Personas nacidas de madre o padre español.
- Los nacidos en España de padres extranjeros cuando al menos uno de sus progenitores sea nacido en el país y no se encuentren por trabajo diplomático.
- Los hijos de extranjeros nacidos es España cuando sus progenitores no poseen nacionalidad alguna o, en el caso de poseerla, no se le atribuye la misma al hijo.
- Los niños cuyo primer lugar de estancia conocido sea en el territorio nacional y se desconozca la identidad de sus progenitores.
- Nacidos en el extranjero beneficiados con la Ley 52/2007 de memoria histórica.
Doble nacionalidad por residencia
El requisito fundamental para obtener la doble nacionalidad por esta causa es haber residido en el territorio español durante los últimos 10 años de manera consecutiva.
Sin embargo, existen algunos supuestos en los que se disminuye el periodo mínimo, estos son:
- Condición de refugiado, 5 años.
- Nacionales de países iberoamericanos, Filipinas, Andorra, Portugal, Guinea Ecuatorial o de origen sefardí, 2 años.
- Nacidos en el territorio español, personas sujetas a tutela legal, viudos de españoles, casados con españoles, 1 año.
Nacionalidad por opción
Esta posibilidad está disponible para aquellos que:
- Han estado o estén en la actualidad bajo la patria potestad de una persona española.
- Su padre o madre nacieron en España.
- Fueron adoptados o su relación filial se realizó luego de los 18 años.
También se puede obtener la doble nacionalidad por posesión de estado o por carta de naturaleza.
Cuando se accede a una doble nacionalidad no existe la obligación de renunciar a la de origen siempre que haya compatibilidad.
Países que tienen compatibilidad con la nacionalidad española
Para acceder a la nacionalidad española sin renunciar a la de origen o viceversa, existe un listado de compatibilidades. Estos son:
- Países iberoamericanos, se consideran aquellos que tengan como lengua el portugués o español y quedan fuera de éstos
- Haití, Jamaica, Trinidad y Tobago y Guyana.
- Andorra.
- Filipinas.
- Portugal.
- Guinea Ecuatorial.
- Puerto Rico, se considera dentro de los países iberoamericanos.
1. La nacionalidad española se adquiere, se conserva y se pierde de acuerdo con lo establecido por la ley.
2. Ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad.
3. El Estado podrá concertar tratados de doble nacionalidad con los países iberoamericanos o con aquellos que hayan tenido o tengan una particular vinculación con España. En estos mismos países, aun cuando no reconozcan a sus ciudadanos un derecho recíproco, podrán naturalizarse los españoles sin perder su nacionalidad de origen.
¿Cómo se consulta el estado de trámite de nacionalidad?
El Ministerio de Justicia habilita canales de comunicación para consultar sobre el estado de solicitud de nacionalidad. En la actualidad está habilitada la consulta telemática para que en cualquier momento los interesados conozcan su situación.
Solo es suficiente completar el formulario web para conocer el estado de trámite.
¿Qué sucede si ya se posee una doble nacionalidad?
Es posible que una persona posea ya una doble nacionalidad y desee obtener la nacionalidad española. En estos casos deberá renunciar a aquella que no sea compatible con la de España.
Pérdida de la doble nacionalidad
Después de obtener la doble nacionalidad es necesario actuar de manera tal que evite la pérdida de este beneficio. Los supuestos por los cuales se puede perder esta condición son:
- Adquisición de otra nacionalidad al estar emancipados y residir en el extranjero si no declaran dentro de los 3 años la voluntad de mantener la nacionalidad española.
- Españoles emancipados que poseen otra nacionalidad, no residen en el país y renuncian de manera voluntaria a la misma.
- Las personas emancipadas que tengan residencia legal en el extranjero y durante los últimos 3 años hayan hecho uso exclusivo de la nacionalidad previa a la emancipación.
- Hijos de padres españoles nacidos en el extranjero que no residan en el país y no hayan presentado dentro de los 3 años su voluntad de conservar la doble nacionalidad.
- Personas que ejerzan un cargo político o de las fuerzas en país extranjero con prohibición gubernamental expresa
- Sentencia de falsificación o fraude en la obtención de la nacionalidad española.
En los casos en que sea necesario presentar la voluntad de conservar la nacionalidad y se encuentren en el extranjero hay que realizar el trámite en el consulado correspondiente.
¿Se puede recuperar la doble nacionalidad?
Una vez perdida la nacionalidad existen alternativas para recuperar la condición. Las personas deberán cumplir con los siguientes requisitos para tramitar la recuperación de la doble nacionalidad.
- El interesado deberá presentar una declaración voluntaria en el Registro Civil.
- Es condición residir legalmente en el territorio español. Quedan exceptuados emigrantes, hijos de emigrantes y otros que según circunstancias especiales hayan sido exceptuados del requisito por el Ministerio de Justicia.
- Se debe inscribir la recuperación de la nacionalidad en el Registro Civil.
La solicitud de recuperación de nacionalidad se presenta en el Registro Civil de su lugar de residencia. En estas circunstancias cabe recordar que los consulados cumplen la función de Registro Civil.
¿Dónde responde jurídicamente una persona con doble nacionalidad?
La obtención de la doble nacionalidad implica la adquisición de un doble vínculo jurídico. Ahora bien, con la finalidad de determinar a qué legislación debe responder el ciudadano se toma como preferencia, por lo general, el domicilio.
9. A los efectos de este capítulo, respecto de las situaciones de doble nacionalidad previstas en las leyes españolas se estará a lo que determinen los tratados internacionales, y, si nada estableciesen, será preferida la nacionalidad coincidente con la última residencia habitual y, en su defecto, la última adquirida.
Prevalecerá en todo caso la nacionalidad española del que ostente además otra no prevista en nuestras leyes o en los tratados internacionales. Si ostentare dos o más nacionalidades y ninguna de ellas fuera la española, se estará a lo que establece el apartado siguiente.
10. Se considerará como ley personal de los que carecieren de nacionalidad o la tuvieren indeterminada, la ley del lugar de su residencia habitual.
De esta manera, las normas de su país de residencia regularán las cuestiones relativas a:
- Obtención de pasaporte.
- Ejercicio de los derechos civiles.
- Ejercicio de los derechos políticos.
- Derechos de trabajo y Seguridad Social.
- Protección diplomática.
- Obligaciones militares.
La doble nacionalidad les otorga a las personas un estatus jurídico de ciudadano. Esto habilita a gozar de los derechos de un ser nacional dentro del Estado.
El asesoramiento profesional en extranjería es clave para realizar los trámites de solicitud de doble nacionalidad, así como las acciones posteriores a su aceptación.
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