La nacionalidad por carta de naturaleza es una modalidad que permite solicitar la nacionalidad española por vía excepcional. Este recurso está regulado por el artículo 21 del Código Civil español.
Cualquier extranjero puede solicitar la nacionalidad española por esta vía, pero deberá documentar las circunstancias excepcionales que se considere que pueden ser tomadas en cuenta para que esta le sea otorgada.

La carta de naturaleza es una de las vías de solicitud de la nacionalidad española de modo excepcional.
Es el Consejo de Ministros la entidad que analiza y otorga la nacionalidad por esta vía. Después de analizar cada expediente, esta alta instancia del Estado denegará u otorgará la nacionalidad. En caso de hacerlo lo hará mediante un Real Decreto.
La persona que reciba la nacionalidad por carta de naturaleza procede entonces a inscribirse en el Registro Civil.
1. La nacionalidad española se adquiere por carta de naturaleza, otorgada discrecionalmente mediante Real Decreto, cuando en el interesado concurran circunstancias excepcionales.
Si la solicitud es denegada, el interesado podrá recurrir esta decisión ante la Audiencia Nacional en un plazo de dos meses, contados a partir del momento en que recibe la resolución.
Solicitud de la carta de naturaleza
Pueden solicitar por sí mismos la nacionalidad española por carta de naturaleza personas mayores de 18 años o que estén emancipadas. Si se trata de una persona mayor de 14 años o que posea una discapacidad, debe estar asistida por su representante legal.
3. En uno y otro caso la solicitud podrá formularla:
a) El interesado emancipado o mayor de dieciocho años.
b) El mayor de catorce años asistido por su representante legal.
c) El representante legal del menor de catorce años. En caso de discrepancia entre los representantes legales sobre la solicitud de nacionalidad por residencia, se tramitará el expediente de jurisdicción voluntaria previsto al efecto.
d) El interesado con discapacidad con los apoyos y ajustes de procedimiento que, en su caso, precise.
En este caso y en el anterior, el representante legal sólo podrá formular la solicitud si previamente ha obtenido autorización conforme a lo previsto en la letra a) del apartado 2 del artículo anterior.
Artículo 21.3 del Código Civil
Documentos a presentar
Cuando una persona considera que su caso califica para solicitar la nacionalidad española por carta de naturaleza, deberá presentar la siguiente documentación:
- Solicitud de carta de naturaleza, en la cual deben estar presentes todos los datos del solicitante: nombre, documento de identidad, lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad actual. El modelo para elaborar esta solicitud se consigue en la página web del Ministerio de Justicia. También se consigue este modelo en las oficinas de los registros civiles de los domicilios de los solicitantes.
- Si el solicitante está casado deben darse también los datos del cónyuge, así como los de los hijos menores, si los hubiese. Debe aportarse una dirección de correo en la cual se puedan recibir las notificaciones del proceso sin obstáculos.
- Certificado de nacimiento legalizado, apostillado y traducido por un traductor jurado, en caso de que el original no sea en idioma español.
- Si la persona está casada, debe presentar su acta de matrimonio debidamente legalizada, apostillada y traducida si así lo requiere.
- Documentos que acrediten las circunstancias excepcionales que inducen a la persona a solicitar la nacionalidad por carta de naturaleza. En la plantilla de solicitud se deben exponer estas circunstancias y las mismas deben ir a continuación soportadas por la documentación necesaria.
- Certificado de no poseer antecedentes penales en el país de origen, debidamente legalizado, apostillado y traducido por traductor jurado, en caso de que sea necesario.
- Certificado de no poseer antecedentes penales en España.
- En algunos casos, en la solicitud deberá expresarse claramente que de obtenerse la nacionalidad española, el solicitante renunciará a la nacionalidad original. Esto no se aplica para los naturales de países iberoamericanos, ni de Andorra, Portugal, Filipinas y Guinea Ecuatorial, quienes podrán conservar ambas nacionalidades.
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Consultar abogado¿Dónde se hace la solicitud?
La solicitud de nacionalidad española por carta de naturaleza debe hacerse ante la Subdirección General de Nacionalidad y Estado Civil, Dirección General de los Registros y del Notariado, en Madrid.
También puede presentarse la solicitud en la Oficina Central de Información y Atención al Público del Ministerio de Justicia, en el Registro Auxiliar de ese ministerio, en el Registro Civil correspondiente al domicilio del interesado, o en el Registro de cualquier órgano de la Administración General del Estado o de la correspondiente comunidad autónoma.
Si el interesado no reside en España deberá hacer la solicitud ante el consulado español en el país donde se encuentre, y será la representación consular la que hará llegar la solicitud a la Subdirección General de Nacionalidad y Estado Civil.
¿Cuánto tiempo tarda el proceso de solicitud de nacionalidad por carta de naturaleza?
No existe un tiempo estipulado para este procedimiento. El mismo dependerá del volumen de solicitudes y de trabajo en general que tenga el Consejo de Ministros.
Cuando se hace la solicitud es importante aportar toda la documentación pertinente. Es recomendable hacer seguimiento durante el proceso, lo que deberá hacerse por vía telefónica con el Ministerio de Justicia. Haciendo seguimiento y estando atento a las notificaciones, el interesado podrá aportar en los plazos requeridos la información adicional que se le requiera en su caso.
Procedimiento de excepción
La obtención de la nacionalidad española por carta de naturaleza es realmente un procedimiento de excepción, que transcurre por una vía distinta a la administrativa que deben seguir todas las otras opciones de solicitud de nacionalidad.
Es este el tipo de procedimiento que se sigue para casos especiales como por ejemplo, el de un deportista de élite que sea desplazado de su país de origen, viva en España y llegue a formar parte de la delegación olímpica del país.
En un caso como este, o el de un artista o científico, en circunstancias similares, se puede obtener con facilidad el que se le otorgue la nacionalidad por carta de naturaleza.
Se ha otorgado también la nacionalidad española por carta de naturaleza a personas que han sido víctimas de atentados, y se ha usado también para otorgar la nacionalidad a descendientes de sefardíes.
Ejemplos de personas que son españolas por carta de naturaleza
Conozcamos algunos casos de personas que han recibido la nacionalidad española por carta de naturaleza:
- La bailarina rusa Maya Plisétskaya (1925-2015), quien fue prima ballerina del Ballet Bolshoi, y en su amplia actividad internacional dirigió la Compañía Nacional de Danza Española entre 1987 y 1990, recibió en 1993 la nacionalidad española por carta de naturaleza.
- El escritor peruano, premio Nobel de Literatura 2010, Mario Vargas Llosa (1936) recibió también la nacionalidad española por carta de naturaleza en 1993.
Conclusión
La solicitud de nacionalidad española por carta de naturaleza es un procedimiento de excepción, que debe ser bien documentado y gestionado si se considera la vía adecuada para que una persona opte a la nacionalidad española.
Cada caso es particular y es un procedimiento singular en cada caso, por lo que se recomienda asesorarse con profesionales que conozcan cómo llevar a cabo una solicitud de nacionalidad española por la modalidad de carta de naturaleza.
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