La declinatoria es una figura jurídica que se utiliza para impugnar la jurisdicción o competencia del juzgado o tribunal en el que se ha presentado la demanda. Se trata de una excepción procesal frecuente en el ámbito del derecho civil y mercantil, y también ocurre en el ámbito penal.
El marco jurídico de la declinatoria por falta de jurisdicción o competencia se encuentra en la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil. El artículo 63 dispone que el demandado y las otras partes involucradas del juicio pueden denunciar falta de jurisdicción o de competencia del tribunal en el que se ha interpuesto la demanda.
Por su parte, el Capítulo II de la Ley de Enjuiciamiento Criminal también recoge el instrumento de la declinación y especifica su aplicación en el orden penal.
¿Qué implican los conceptos «jurisdicción» y «competencia»?
Jurisdicción y competencia en el ámbito del derecho son conceptos diferentes pero relacionados. La jurisdicción se refiere a la potestad del estado para resolver controversias y administrar justicia. La Constitución establece la jurisdicción ordinaria, la militar, la arbitral.
Ese poder de juzgar definido en la jurisdicción se ve limitado por las leyes que marcan la competencia. Es decir que, aunque por definición los jueces y tribunales tienen la potestad de juzgar, la competencia delimita ese poder, que se vuelve aplicable a determinados tipos de asuntos.
La competencia judicial, entonces, hace referencia a la especialización de un juzgado o tribunal para tratar y decidir sobre un caso específico.
La competencia se define en función de la materia, la territorialidad y la cuantía económica.
- Competencia en cuanto a la materia. Cada juzgado puede tratar los casos que correspondan a la especialización que se le ha asignado. Por ejemplo, existen juzgados especializados en derecho penal, en derecho civil, en derecho laboral, entre otros.
- Competencia en cuanto a la territorialidad. La competencia en territorialidad está definida por la zona geográfica. Por ejemplo, los juzgados de primera instancia tienen competencia en determinada provincia o territorio, mientras que la competencia de los juzgados de lo penal abarca una localidad o partido.
- Competencia en cuanto a la cuantía. Se establece de acuerdo a la cuantía económica que supone el caso en proceso judicial. Por ejemplo, hay juzgados de primera instancia que tienen competencia para conocer asuntos cuya cuantía no supere los 2000 euros, y otros para asuntos que superen esa cuantía.
La falta de competencia significa que un juzgado no está autorizado legalmente a tratar y decidir sobre un asunto específico. Por lo tanto, el demandado u otras personas que sean parte legítima del proceso, puede acudir a la declinación para denunciar esta irregularidad.
Procedimiento por el que se trata una declinatoria
A partir de la demanda, el proceso continúa con acciones en el juzgado. Los pasos a través de los cuales se concreta una declinatoria son los siguientes:
Presentación de la declinatoria
La parte interesada presenta un escrito en el juzgado en el que se está tramitando el proceso solicitando la declinatoria. En el escrito, debe incluir las razones por las que considera que ese juzgado no pertenece a la jurisdicción pertinente o no es competente en el asunto.
Admisión o inadmisión de la declinatoria
Una vez interpuesta la declinatoria, el juzgado analizará si cumple con los requisitos formales. Si los cumple, será admitida y se comunicará a la otra parte para que presente sus alegatos si lo considera oportuno.
En esta instancia, los litigantes que defienden la jurisdicción y la competencia del juzgado o tribunal en el que se ha presentado la declaratoria, disponen de 5 días para impugnar. Explicarán sus razones.
Si el juzgado entiende que la declinatoria es inadmisible, deberá dictar una resolución fundamentando su postura.
Realización de la vista
Admitida la declinatoria, el juzgado convocará a las partes a una vista para debatir la cuestión de jurisdicción o de competencia. En esta fase, cada parte podrá presentar las pruebas y alegatos que sostengan su opinión.
Resolución
El juez dictará una resolución en la que se establecerá si es o no competente para procesar el asunto. Si se reconoce incompetente, remitirá el asunto al juzgado que sí sea competente. Si se declara competente, el asunto continuará en ese juzgado.
¿Cuándo se debe interponer la declinatoria?
La ley establece plazos para interponer la declinatoria.
En el ámbito civil
El artículo 64 de la Ley de Enjuiciamiento Civil dispone que la declinatoria se propondrá dentro de los 10 primeros días del plazo para contestar la demanda. El tribunal puede considerar que el asunto corresponde al tribunal de otro Estado, a otro orden jurisdiccional o que no tiene competencia objetiva.
En el ámbito penal
La Ley de Enjuiciamiento Criminal establece que la declinatoria debe proponerse en la fase de instrucción en el juicio ordinario. La fase de instrucción es la etapa en la que el juez recopila toda la información necesaria para decidir la apertura del juicio.
El tribunal puede confirmar su competencia para continuar con la causa y considerar que la declinatoria no está justificada. La otra posibilidad es que considere procedente la reclamación y reconozca que no está autorizado para procesar.
¿Se suspende el proceso principal cuando se interpuso una declinatoria?
La interposición de una declinatoria suspende todo el procedimiento. Hay que tener en cuenta que, si bien el proceso está suspendido, el tribunal ante el que se interpuso la declinatoria puede continuar con ciertas actuaciones que se consideran impostergables.
Algunas de estas acciones que el juez o el tribunal pueden realizar mientras se resuelve la declinatoria son:
- Actuaciones de aseguramiento de pruebas. Las actuaciones que garantizan la recopilación y preservación de pruebas en un proceso son improrrogables. Tienen como objetivo evitar la destrucción, ocultación o alteración de pruebas relevantes para el proceso. En caso de interposición de declinatoria, la parte litigante puede solicitar que se aseguren estas pruebas, aun cuando el proceso esté suspendido.
- Medidas cautelares. Cuando la suspensión o dilación de medidas cautelares pudieran provocar perjuicios para quien las solicita, la propuesta de declinatoria no evitará que se impongan o mantengan.
Conclusión
La interposición de una declinatoria hace complejo un proceso judicial. Tanto para el que la interpone como para el que se siente perjudicado por ella, el acompañamiento de un abogado especialista le garantizará las mejores opciones y decisiones. El profesional podrá seguir el proceso para garantizar una defensa efectiva de los intereses de su cliente en el proceso judicial.
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