Excepción procesal

La excepción procesal es la definición de la herramienta con la cual cuenta una persona que ha sido demandada para resistirse a la acción que ha impuesto el demandante. Se trata de un mecanismo de defensa que se le concede al demandado para solicitar al juez que evalúe una petición en específico y detenga el curso normal del procedimiento.

Excepción procesal

El objetivo de la excepción procesal es impedir que la demanda siga su curso.

¿En qué consiste la excepción procesal?

El objetivo de la excepción procesal es impedir que la demanda siga su curso y que el juez evalúe de forma minuciosa el asunto por el cual se está demandado a la persona que hace uso de esta herramienta.

Así, cuando el demandado hace uso de la excepción procesal, consigue detener el curso del procedimiento judicial mediante la solicitud al juez de que sea él quien analice todos los detalles del caso y decida sobre el mismo.

En este sentido, el demandado puede utilizar varios argumentos para solicitar la excepción procesal. Puede alegar, por ejemplo, que no se han cumplido los presupuestos procesales, indispensables para que un procedimiento judicial garantice los derechos más fundamentales.

En otras palabras, en la demanda existen defectos, de los cuales algunos son subsanables y otros son insubsanables, por lo que el juez debe plantearse la desestimación y por lo tanto evitar pronunciar la resolución con el objetivo de evitar los efectos de la cosa juzgada.

Según lo detallado en la Ley de Enjuiciamiento Civil, el demandado puede utilizar la contestación a la demanda y también alegar cuáles son los motivos por los que se opone a la misma.

De igual manera, plantea excepciones que considera que existen para evitar que el juez valore el fondo del asunto y genera una sentencia sobre el mismo. Junto a ello, el propio juez también podría ser el encargado de presentar el oficio de excepciones.

De acuerdo a lo anterior, en la contestación de la demanda se podrán plantear tanto los motivos por los cuales el demandado se opone al fondo del asunto, como también todas las excepciones contempladas para evitar que el juez valore el fondo y sea quien dicte sentencia. También, como se comentó anteriormente, podría ser el propio juez quien presentase el oficio de las excepciones.

Opciones posibles ante la excepción procesal

Por otro lado, con respecto a las excepciones, estas se resuelven principalmente en el juicio oral y también al comienzo de la vista previa. En cualquiera de estos dos casos, el juez expondrá todas las excepciones que han sido planteadas por el demandado y, de igual forma, pedirá al demandante que haga las alegaciones correspondientes, lo que permitirá que el demandado responda ante dichas alegaciones.

Después de haber escuchado a las dos partes involucradas, el juez tomará una decisión de entre dos opciones posibles, las cuales se detallan a continuación:

  1. Desestimar la excepción: una de las posibles opciones es desestimar la excepción que bloqueaba el proceso de la demanda. Por lo que, en este caso, la demanda continuará su curso ordinario.
  2. Estimar la excepción: el otro caso posible es estimar la excepción y bajo este precepto se pueden dar dos posibles escenarios. El primero es que el juez ponga fin a todo el proceso y el segundo es que implique la nulidad por requerir modificaciones al planteamiento de la demanda.

Principales tipos de excepciones procesales

Las excepciones procesales pueden ser de dos tipos: subsanables o insubsanables. De ahí que exista o no la posibilidad de que la parte interesada pueda realizar alguna acción que resuelva el error o los errores iniciales y así tener la posibilidad de continuar con el proceso normal.

Por otro lado, entre las excepciones insubsanables, es posible incluir alegatos o motivos como la competencia del juzgado o la falta de jurisdicción. De igual forma, también se puede plantear como motivo algunos defectos específicos en la presentación de la demanda como, por ejemplo, que la parte demandante carezca de toda capacidad para demandar. En cualquiera de los casos anteriores, el juzgado podrá dictar el archivo de actuación.

Además de los aspectos anteriores, entre las excepciones insubsanables, también se pueden presentar otros argumentos, como la ausencia de un poder procesal que capacita a la otra parte para interponer la demanda en nombre de otros.

Así mismo, es importante destacar que cuando se acepta una excepción insubsanable, se otorga un plazo a la parte actora para enmendar dichos errores; sin embargo, si dichos errores no son subsanados en el tiempo establecido, simplemente se archivan todas las actuaciones.

Cuando las actuaciones son archivadas, el demandante tiene la oportunidad de volver a iniciar un procedimiento legal, siempre y cuando haya arreglado el error o los errores que dieron como resultado la excepción insubsanable del caso anterior.

A continuación, se detallan cuáles son las excepciones procesales que plantea la ley de Enjuiciamiento Civil:

La excepción procesal en la LEC

  • La falta de capacidad o de representación de los litigantes.
  • Cuando la demanda versa bajo una cosa que ya ha sido juzgada y por tal razón no se puede volver a juzgar.
  • Cuando hay otra causa abierta que afecta a las mismas partes o a la misma cuestión y todavía, ese caso, no tiene resolución.
  • Por la inadecuación de todo el procedimiento, lo que significa que cuando por cuantía o materia se inicia un correspondiente proceso que debería continuar por otra rama o cauce.
  • Cuando es necesario que concurran más personas, tanto como demandante como demandado durante todo el proceso.
  • Cuando existen demandas legales en la forma de proponer la demanda, así como también por falta de claridad reconvención o incluso la precisión en la determinación de las partes.

De acuerdo a lo anterior, la Ley de Enjuiciamiento Civil, se establece cuál es la forma a seguir para concurrir varias de las excepciones:

  1. Cosa juzgada.
  2. Defecto legal en la demanda interpuesta.
  3. Inadecuación del procedimiento por motivos de cuantía.
  4. Falta de representación o capacidad.
  5. Inadecuación del procedimiento por motivos de materia.
  6. Cualquier defecto legal presente en la demanda.

Conclusión

En definitiva, la excepción legal hace referencia a la herramienta con la cual cuenta un demandado para resistirse a la acción que ha interpuesto el demandante, para lo cual debe argumentar cuáles son los motivos para adherirse a este tipo de recurso.

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