¿Cuáles son las consecuencias de un despido disciplinario?

Las consecuencias de un despido disciplinario dependen de si es impugnado o no y del resultado de dicha impugnación:

  • Antes de la impugnación:
    • El trabajador no tiene derecho a indemnización, pero sí al finiquito (por conceptos pendientes como pagas extra, vacaciones no disfrutadas, etc.).
    • Puede acceder a la prestación por desempleo si cumple los requisitos.
  • Tras la impugnación judicial:
    • Si el despido se declara procedente, se ratifica la extinción del contrato sin indemnización ni salarios de tramitación.
    • Si se declara improcedente, la empresa puede:
      • Readmitir al trabajador con pago de los salarios de tramitación.
      • O indemnizarlo con 33 días por año trabajado (45 días para el tiempo previo al 12 de febrero de 2012), prorrateándose por meses los periodos inferiores a un año y con un tope de 24 mensualidades (42 mensualidades en el tiempo anterior al 12 de febrero de 2012).
    • Si no elige, se impone la readmisión.
    • Si el trabajador es representante legal o delegado sindical, él decide entre readmisión o indemnización, y siempre cobra salarios de tramitación.
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