Artículo 639 del Código Civil

Artículo 639. Presidencia del Consejo

El juez de menores preside el consejo que se forma para supervigilar al tutor o, en su caso, a los padres. El juez de paz lo preside cuando se forma para incapaces mayores de edad.

El juez ejecuta los acuerdos del consejo.

art 639 cc

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