Juicio de alimentos

El juicio de alimentos es el procedimiento que se lleva a cabo ante un Juez facultado por el Estado para resolver las cuestiones respectivas a pensión alimenticia.
Ideas clave
  • El juicio de alimentos es de tipo sumario.
  • Comienza con la demanda presentada por el acreedor o, en ciertos casos, su tutor.
  • La demanda se presenta ante un juzgado en materia familiar.
  • Dentro del juicio hay dos tipos de pensiones: provisional y definitiva.
  • Existen dos parámetros básicos para señalar el monto de pensión de alimentos: la capacidad económica del deudor y las necesidades del acreedor.
  • Una vez dictada la sentencia, se deben comenzar a realizar los pagos, de lo contrario, el deudor será inscrito en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias.

¿Qué es el juicio de pensión alimenticia?

El juicio de alimentos o juicio de pensión de alimentos es una serie de actos que conforman el procedimiento judicial mediante el cual se resuelve la procedencia, cantidad y demás detalles respecto al otorgamiento de alimentos por parte del deudor a su acreedor (o acreedores). Una característica importante de este juicio es que es sumario.

¿Qué significa que sea sumario?

Esto significa que por sus características, debe ser más breve y conciso que un juicio regular, al tratarse del aseguramiento de bienes de primera necesidad para garantizar la subsistencia de la persona incapaz de proporcionárselos por cuenta propia.

Tramitación del juicio de alimentos

El juicio de alimentos comienza con la presentación de un escrito de demanda de alimentos. Este documento será presentado ante el tribunal familiar correspondiente al domicilio del acreedor.

Requisitos que debe contener la demanda de alimentos:

  1. La autoridad jurisdiccional ante la que se promueve.
  2. Nombre del acreedor y, de ser el caso, de quien promueve en su representación, domicilio dentro del territorio del juzgado, número telefónico y correo electrónico para oír y recibir notificaciones.
  3. Nombre de la parte demandada, y su domicilio.
  4. Señalamiento de que se reclama la pensión alimenticia.
  5. Narración clara y concisa de los hechos que dan lugar a lo que se está reclamando;
  6. Los fundamentos de derecho;
  7. El ofrecimiento de pruebas, haciendo la relación de cada una con el hecho que se pretende probar. En este apartado es importante exhibir de la manera más precisa posible cuál es la capacidad económica del deudor, así como las necesidades y modo de vida del acreedor. Esto puede ser a través de tickets, facturas, cuentas de banco, recibos de pagos básicos, recetas médicas, etcétera.
  8. Firma de la parte actora o de quien en su nombre promueve.

Una vez recibido el escrito de demanda, el juez determinará si se admite, y fijará una pensión alimenticia provisional, que se refiere a una medida de protección para que el pago de alimentos se otorgue de inmediato y así asegurar los alimentos entre tanto se tramita el juicio.

Después de seguido el trámite con las notificaciones, contestación de demanda y diversas audiencias en las que el juez escuche a las partes y se haga llegar de todos los medios de convicción dependiendo del caso, dictará la sentencia.

¿Cómo se fija el monto de pensión de alimentos?

La parte esencial de esta sentencia consiste en la fijación de cantidad de pensión que será otorgada.

Esta cantidad se calcula atendiendo a:

  • La capacidad económica del deudor: si percibe un sueldo fijo, de cuánto es, con qué periodicidad lo recibe; si es un comisionista; si tiene ingresos por negocios de cuenta propia.
  • Las necesidades y modo de vida del acreedor: si es menor de edad, si se trata de un adulto en edad avanzada, de una persona con alguna discapacidad, de cónyuge que por alguna razón encuentre impedimento para proporcionarse sustento. Si además, la persona tiene alguna enfermedad y requiere tratamiento y/o pertenece a algún grupo vulnerable.

Ambas situaciones serán evaluadas por el juez para determinar el porcentaje correspondiente, así como otros detalles sobre de qué manera será entregada esta cantidad, es decir, si se realizarán descuentos vía nómina, si se depositará, o se entregará en efectivo, así como a quién deberán de enterarse estas cantidades.

¿Qué hacer si el deudor no está cumpliendo con su obligación?

En caso de incumplimiento, se deberá informar al juez, quien verificará la situación y si efectivamente encuentra un incumplimiento total o parcial de la obligación, ordenará que se inscriba al deudor en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, además de exigirle que exhiba los pagos para ponerse al corriente con la obligación, e incluso, podrá dar vista al Ministerio Público por la comisión del delito de abandono de personas.

¿Qué es el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias?

Un padrón de consulta en el que se inscribe a los deudores que no están cumpliendo su obligación. Este registro puede ser revisado por instituciones bancarias, crediticias o cualquier persona en general. Para ser sacado de esta lista, el deudor deberá demostrar que está al corriente con las obligaciones que dejó de cumplir, y el juez de lo familiar se encargará de solicitar que se elimine el nombre del deudor.

Conclusión

El juicio de pensión de alimentos es la vía judicial por la cual se obtiene el aseguramiento del pago de alimentos para la persona que lo requiere. Aunque es más recomendable conciliar estos aspectos a través de la mediación, este juicio es la solución cuando no es posible llegar a un acuerdo. 

Es importante considerar que el escrito mediante el cual se demanda, sea completo y se presente en el órgano jurisdiccional correspondiente, para así lograr que el juez pueda tener acceso a toda la información del caso y pueda determinar la cantidad justa de pensión que habrá de otorgarse.

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    Categorías: Derecho Civil