Modelo 111

El modelo 111 es aquel que deben presentar ante la Agencia Tributaria todas las personas y entidades que tengan que retener o ingresar a cuenta. La retención se practica sobre las cantidades dinerarias, mientras que los ingresos a cuenta constituyen la retención de los pagos en especie.

Modelo 111

Una empresa tiene que declarar, mediante el modelo 111, las retenciones e ingresos a cuenta del IRPF ejercidas a los trabajadores o profesionales.

¿En qué consiste el modelo 111?

Los pagadores de rentas deben realizar una retención en las nóminas de sus trabajadores o en las facturas de sus proveedores. Esta retención se declara trimestralmente en el modelo 111.

La única excepción es que dicho pagador de rentas sea una persona física. Por ejemplo, no tienen que practicar retenciones quienes contraten personal de limpieza en el hogar o quienes paguen el alquiler a un arrendador de bienes, ya que los particulares no están obligados a practicar retenciones en ningún caso.

Se estará obligado a presentar el modelo 111 a causa de:

¿Cuándo se presenta?

El modelo 111 puede presentarse de forma telemática en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, o bien, los autónomos también tienen la posibilidad de hacerlo en sus oficinas presenciales o ante entidades colaboradoras.

El plazo de presentación es trimestral:

  • Primer trimestre (enero, febrero, marzo): del 1 al 20 de abril.
  • Segundo trimestre (abril, mayo, junio): del 1 al 20 de julio.
  • Tercer trimestre (julio, agosto, septiembre): del 1 al 20 de octubre.
  • Cuarto trimestre (octubre, noviembre, diciembre): del 1 al 20 de enero.

Existen, sin embargo, obligados tributarios que tienen la obligación mensual de presentar este modelo. Es el supuesto de las grandes empresas o de las Administraciones Públicas cuyo presupuesto sea de más de seis millones de euros al año. Estos contribuyentes deben presentar una declaración de forma mensual, en los días 1 a 20 de cada mes.

¿Cómo se cumplimenta el modelo?

Lo primero que se cumplimenta en el modelo 111 es el nombre, el apellido y el NIF del declarante. A continuación, se indica el devengo, que está formado por el año del ejercicio y el período trimestral al que se refiere. Las retenciones practicadas se declaran en los apartados de liquidación.

Si tras rellenar la liquidación el ingreso es positivo, lo cual se puede comprobar en la casilla 30, se paga a Hacienda el importe correspondiente. Si es negativo, Hacienda no tiene que devolver ninguna cantidad, pero tampoco hay que abonar nada.

Por último, en el caso de que se esté realizando la corrección de una declaración anterior, se marcará la casilla de complementaria. Una vez que se haya rellenado el modelo, se firma haciéndose constar el lugar y la fecha de la firma.