Cesión de derechos de imagen

La cesión de derechos de imagen es la autorización que una persona otorga a otra persona o entidad para hacer uso de su propia imagen.

El derecho a controlar el uso de su imagen está protegido por la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen.

Según esta ley, la imagen de una persona no puede ser utilizada sin su consentimiento, salvo que exista un interés general o se trate de personas que ejerzan funciones públicas.

¿Buscas abogado especialista en derecho mercantil?

Te ayudamos a encontrar abogado mercantilista de confianza en tu zona. Tenemos una amplia red de abogados colaboradores en toda España.

Buscar abogado mercantil

Escoge en qué zona de España quieres buscar abogado:

Consultar abogado

¿Cómo se realiza formalmente la cesión de derechos de imagen?

La cesión de derechos de imagen se realiza mediante un contrato o acuerdo entre la persona que posee los derechos de imagen, el cedente, y la persona o entidad a la cual se transfieren esos derechos, el cesionario.

Se cumplen las siguientes etapas:

Acuerdo y condiciones

Las partes implicadas llegan a un acuerdo sobre los términos de la cesión de los derechos de imagen. Este acuerdo incluye todas las condiciones acordadas para el uso de los derechos de imagen cedidos.

Redacción del contrato

A partir de este acuerdo se redacta el contrato. Es un documento escrito que debe ser claro y preciso. Se especificarán detalladamente los derechos que se están cediendo, así como las limitaciones o restricciones.

Se deben mencionar en el contrato el artículo 18 de la Constitución española y las Leyes Orgánicas 1/1982 y 1/1996, que regulan la cesión de derechos de imagen y la propiedad intelectual.

El contrato es una pieza clave en la cesión de derechos de imagen porque, ante cualquier inconformidad de una de las partes, se acudirá a este documento y lo que en él esté establecido será determinante de las decisiones.

Consentimiento expreso

La persona que cede los derechos de imagen debe otorgar su consentimiento expreso para esta cesión. La ley establece que el cedente tiene que estar bien informado y consciente del alcance de la cesión, así como de las posibles implicaciones legales y financieras.

Firma del contrato

Una vez que las partes están informadas y el contrato redactado, debe firmarse para formalizar la cesión. Es conveniente que se realice en presencia de testigos o ante un notario público, para respaldar la seguridad jurídica del acuerdo.

Registro

Hay personas y entidades que inscriben el contrato de cesión de derechos de imagen en el Registro de la Propiedad Intelectual. No es una acción obligatoria, pero puede ser útil en caso de disputas futuras. 

Condiciones que se deben acordar especialmente en la cesión de derechos de imagen

El derecho a la propia imagen implica que cada persona tiene el derecho exclusivo a decidir sobre la utilización de su imagen y a controlar quién puede hacer uso de ella y en qué circunstancias.

En la práctica, esas circunstancias del uso de la imagen deben ser especificadas en el acuerdo de cesión de derechos. Esto implica que la cesión puede estar condicionada a través de diferentes requisitos estipulados en el contrato.

¿Qué debe definirse en el contrato de cesión de derechos de imagen?

  • Datos de identificación de las partes que suscriben el documento. Deben constar nombres y apellidos, documentos, domicilios, teléfonos, tanto del cedente como del cesionario.
  • Objeto de la cesión. Se debe especificar de manera precisa qué derechos de imagen se están cediendo. Esto puede incluir el derecho a utilizar la imagen en fotografías, vídeos, publicaciones, promociones, campañas publicitarias, redes sociales, webs.
  • Duración. Se establece el período de tiempo durante el cual los derechos de imagen están cedidos. Puede ser un tiempo determinado, por ejemplo, 1 año, 2 años, o indefinido. Si se ha definido la duración de la cesión, pasado ese tiempo la cesión de imagen se considera revocada.
  • Ámbito territorial. Esta condición se refiere al ámbito geográfico en el que quien recibe los derechos de imagen podrá usarla. Se puede elegir un uso a nivel local, nacional, internacional o cualquier otra determinación específica.
  • Exclusividad o no. Es importante especificar si la cesión de derechos de imagen se realiza con carácter exclusivo o no. En caso de ser exclusiva, significa que el cedente no podrá ceder los mismos derechos de imagen a otras personas o entidades durante el período acordado.
  • Compensación. Si se pacta una compensación económica, debe constar en el contrato. Puede ser una cantidad fija, un porcentaje de los beneficios obtenidos por el uso, por ejemplo.
  • Responsabilidad y garantía. En el contrato se deben incluir las obligaciones, responsabilidades y garantías de ambas partes.
  • Confidencialidad y privacidad. También se pueden agregar cláusulas que atiendan a la confidencialidad y privacidad, que garanticen la protección de información sensible o privada.
  • Resolución de controversias. Los contratos suelen incluir mecanismos para resolver controversias en caso de que surjan, como la mediación o el arbitraje.

Las condiciones específicas de los contratos pueden variar en función de los intereses y circunstancias particulares de cada acuerdo.

La cesión de derecho de imagen de menores

La legislación española presta especial atención a la protección de datos personales de los menores que incide en la cesión de derechos de imagen. La edad de los menores es condición que define el tipo de contrato y quien toma las decisiones.

  1. Mayores de 14 años: se consideran facultados para tomar sus decisiones con respecto a la cesión de los derechos de su imagen. Para que se reconozca esta condición, los jóvenes tienen que ser considerados capaces.
  2. Menores de 14 años: el contrato debe ser firmado por los padres o tutores legales.
  3. En el caso de menores legalmente emancipados, la ley considera que tienen capacidad para firmar contratos de cesión de derechos de imagen y de tomar decisiones legales por sí mismos.

¿Qué pasa cuando alguien usa la imagen de una persona sin que hayan sido cedidos los derechos?

La persona afectada por el uso de su imagen sin su consentimiento tiene derecho a solicitar que su imagen sea retirada de circulación. Además, puede reclamar una indemnización.

Para esta solicitud, se dispone de un plazo de 4 años. Es un procedimiento que se realiza en el ámbito judicial.

Un abogado especializado en derechos de imagen podrá proporcionar asesoramiento legal específico que garantice la protección de derechos e intereses de su cliente.

¿Buscas abogado especialista en derecho mercantil?

Te ayudamos a encontrar abogado mercantilista de confianza en tu zona. Tenemos una amplia red de abogados colaboradores en toda España.

Buscar abogado mercantil

Escoge en qué zona de España quieres buscar abogado:

Consultar abogado